Hace 1 año | Por sesky a lavozdegalicia.es
Publicado hace 1 año por sesky a lavozdegalicia.es

El tribunal, en aplicación de la L.O. 10/22 fijó la pena de prisión en siete años, puesto que «é de aplicación a nova lei porque rebaixa a pena mínima coa que se castiga o delito cometido e, polo tanto, é máis favorable ao reo. Consecuentemente, como solicitan tanto o Ministerio Fiscal como a defensa, procede revisar a pena de prisión imposta, fixándoa en sete anos», exponen desde la sala.

Comentarios

ingenierodepalillos

Entiendo que se revise, no que sebaje, el juez puede decir que no: Si en la ley del 'solo sí es sí' se recoge una pena de cuatro a doce años para las agresiones con penetración (violación), los socialistas quieren añadir que en el caso de que esta violación incluya violencia e intimidación, esta horquilla de penas sea de seis a 12 años, como en 2010.

Ahora me dirán que se impone la más baja: no, lo decide el juez, de ahí que sean 7 años y no 4.

Ergo otro artículo sensacionalista. Puesto que aunque no vamos a valorar si el juez está haciendo justicia ó instrumentalizando la ley políticanente, ha sido el juez y no la ley quién ha tomado la decisión.

D

#1 que insinúas? Que los jueces tienen ideología política y que se la tocan pa' mear?

AnalisisGamer

#1 Entiendo que se trata de subjetividad en la gran parte de los casos y en ninguno de ellos defiendo actitudes como esta o rangos de pena tan amplios. Pero, lamentablemente la ley reside en la opinión de jueces y tribunales y en temas tan subjetivos como son el nivel de la violencia han de darse casos como éstos.

D

#1 No es así. El juez debe dictar nueva sentencia en base a los agravantes que aparecen en la sentencia anterior.

No ha juzgado el caso, por lo que no puede añadir agravantes nuevos para justificar no darle la condena mínima.

#7 Según eso deberían haberla bajado a cuatro años, como ya vaticiné en el anterior comentario, pero han sido siete, ni cuatro, ni doce, ni la mínima, ni la anterior.

#6 Los agravantes aumentan, en todo caso debería ser: no puede añadir atenuantes ni quitar agravantes, lo cual sigue sin significar que le haya aplicado la mínima. Sobre todo porque la podía haber dejao en 12 años, tiempo que sí contempla la nueva ley.

D

#8 Para aplicar una pena superior a la mínima el tribunal debe justificarlo. Sin conocer la primera sentencia, es muy osado decir que el juez prevarica. Hasta las asociaciones de jueces progresistas dicen que los tribunales aplican bien la Ley.

ingenierodepalillos

#9 Es muy osado insinuar que he acusado al juez de prevaricar, simplemente me he quejado de la noticia desmantelando su argumento, porque cuatro es la mínima y han sido siete:
"Ergo otro artículo sensacionalista. Aunque no vamos a valorar si el juez está haciendo justicia ó instrumentalizando la ley políticamente, ha sido el juez y no la ley quién ha tomado la decisión."

El_empecinado

#1 El juez tiene que argumentar tanto si rebaja como si no, no puede decir simplemente sí o no. Y fíjate que incluso el ministerio fiscal está de acuerdo. En este caso parece, porque el artículo no lo especifica, que le condenaron a la pena mínima, si la nueva mínima ha bajado, le rebajan la condena. Es así de fácil.

"El tribunal, en aplicación de la L.O. 10/22 fijó la pena de prisión en siete años, puesto que «é de aplicación a nova lei porque rebaixa a pena mínima coa que se castiga o delito cometido e, polo tanto, é máis favorable ao reo. Consecuentemente, como solicitan tanto o Ministerio Fiscal como a defensa, procede revisar a pena de prisión imposta, fixándoa en sete anos», exponen desde la sala."

WarDog77

#7 ¿Y no te parece escandaloso que en un delito tan evidente se le condenase a "la pena mínima"?

WarDog77

#1 La verdad es que está mierda cada vez tiene menos sentido.

Yo siempre he sostenido que salvo que en el texto de la condena ponga literalmente que se le condena a "la pena mínima" no ha lugar a revisión a la baja puesto que la pena en años que le han puesto está dentro de las que permite la nueva redacción y porque además esa nueva cantidad mínima de años más baja es para hechos menos graves que antes no entraban en ese tipo penal.

ehizabai

Que puta envidia que en Galicia se redacten sentencias en gallego.

Escafurciao

¿Pero, por la ley del si es si o por la de bienestar animal?

Cehona

#4 ¡Animal!!