Casi cuatro de cada diez empresas tienen empleados cuyo principal trabajo es controlar el correo saliente de sus compañeros, según datos de una investigación sobre seguridad en los EE.UU. Más de un tercio de la empresas encuestadas contratan personal para realizar únicamente esa función de control. A través de un Twit de Edans.
#18:
Os habéis hecho la siguiente pregunta alguna vez ¿Es legítimo en España aportar como prueba en un juicio por lo laboral el correo de la empresa? Según los juristas es perfectamente legítimo, así que cuidado con lo que escribís a vuestros compañeros.
Del portal http://derecho.com: «Diversas leyes protegen el derecho a la intimidad de las personas en nuestro Estado : en un rango superior la Constitución Española de 1.978, y en rango inferior, otros cuerpos legales: el Código Penal ( art.197), el Estatuto de los Trabajadores ( arts. 18 y 20) y la Ley de Protección de Datos.
[...]
El derecho a la intimidad implica , según admite la doctrina y en el ámbito que nos ocupa, el derecho a la intimidad domiciliaria y a la libertad y confidencialidad de las comunicaciones privadas. Si entendemos, como debe ser, que en el uso del correo electrónico el trabajador está utilizando el tiempo, la estructura, el espacio físico, la conexión telefónica, el ordenador y el sistema informático propiedad de otro, es decir, de la empresa, podemos concluir que en el seno de la empresa el e-mail no es un medio privado de comunicación : es un elemento que la empresa pone a disposición del empleado, pero es, obviamente, propiedad de aquélla. Por ello, entendemos , también, y en la línea de la tesis expuesta que el control y vigilancia por parte de los empresarios del correo electrónico de los trabajadores, no es gravemente vulneradora del derecho fundamental del artículo 18 de la Constitución, en su apartado 3º, máxime cuando garantiza …” la confidencialidad de las comunicaciones privadas.”
Ampararse en el derecho a la intimidad y su vulnerabilidad no puede hacerse ilimitadamente, de otra forma también estaríamos consintiendo actos delictivos amparados en la invulnerabilidad de tal derecho fundamental: transmitir secretos de la empresa, introducir virus en el sistema informático, e incluso copiar un programa sin licencia, sin el consentimiento de la propia empresa que, en última instancia, sería la responsable de tal ilícito.
Si consideramos, pues, que el e-mail no es un medio privado de comunicación en el seno de la empresa, concluiremos también que así como el empresario está legitimado para ejercer el control sobre las taquillas de los trabajadores, lo está también para vigilar el contenido de los correos electrónicos enviados desde la misma con elementos que son patrimonio empresarial puestos a disposición de los empleados; eso sí con las limitaciones legales que impone el propio Estatuto de los Trabajadores para que en el ejercicio de esta potestad no pueda vulnerarse el derecho fundamental a la intimidad de las personas, por lo que es necesario comunicarlo a los representantes de los trabajadores.»
#8:
El imeil del curro es para cosas del curro. Para lo demás, hotmail, gmail o incluso tu propio dominio. Jugársela por enviar chorradas con la cuenta de tu empresa es de necios.
Casi cuatro de cada diez empresas tienen empleados cuyo principal trabajo es controlar el correo saliente de sus compañeros, según datos de una investigación sobre seguridad en los EE.UU. Más de un tercio de la empresas encuestadas contratan personal para realizar únicamente esa función de control. Via un twit de Edans
Creo que es interesante y no debe perderse por que esté mal meneada
El imeil del curro es para cosas del curro. Para lo demás, hotmail, gmail o incluso tu propio dominio. Jugársela por enviar chorradas con la cuenta de tu empresa es de necios.
Os habéis hecho la siguiente pregunta alguna vez ¿Es legítimo en España aportar como prueba en un juicio por lo laboral el correo de la empresa? Según los juristas es perfectamente legítimo, así que cuidado con lo que escribís a vuestros compañeros.
Del portal http://derecho.com: «Diversas leyes protegen el derecho a la intimidad de las personas en nuestro Estado : en un rango superior la Constitución Española de 1.978, y en rango inferior, otros cuerpos legales: el Código Penal ( art.197), el Estatuto de los Trabajadores ( arts. 18 y 20) y la Ley de Protección de Datos.
[...]
El derecho a la intimidad implica , según admite la doctrina y en el ámbito que nos ocupa, el derecho a la intimidad domiciliaria y a la libertad y confidencialidad de las comunicaciones privadas. Si entendemos, como debe ser, que en el uso del correo electrónico el trabajador está utilizando el tiempo, la estructura, el espacio físico, la conexión telefónica, el ordenador y el sistema informático propiedad de otro, es decir, de la empresa, podemos concluir que en el seno de la empresa el e-mail no es un medio privado de comunicación : es un elemento que la empresa pone a disposición del empleado, pero es, obviamente, propiedad de aquélla. Por ello, entendemos , también, y en la línea de la tesis expuesta que el control y vigilancia por parte de los empresarios del correo electrónico de los trabajadores, no es gravemente vulneradora del derecho fundamental del artículo 18 de la Constitución, en su apartado 3º, máxime cuando garantiza …” la confidencialidad de las comunicaciones privadas.”
Ampararse en el derecho a la intimidad y su vulnerabilidad no puede hacerse ilimitadamente, de otra forma también estaríamos consintiendo actos delictivos amparados en la invulnerabilidad de tal derecho fundamental: transmitir secretos de la empresa, introducir virus en el sistema informático, e incluso copiar un programa sin licencia, sin el consentimiento de la propia empresa que, en última instancia, sería la responsable de tal ilícito.
Si consideramos, pues, que el e-mail no es un medio privado de comunicación en el seno de la empresa, concluiremos también que así como el empresario está legitimado para ejercer el control sobre las taquillas de los trabajadores, lo está también para vigilar el contenido de los correos electrónicos enviados desde la misma con elementos que son patrimonio empresarial puestos a disposición de los empleados; eso sí con las limitaciones legales que impone el propio Estatuto de los Trabajadores para que en el ejercicio de esta potestad no pueda vulnerarse el derecho fundamental a la intimidad de las personas, por lo que es necesario comunicarlo a los representantes de los trabajadores.»
#18 El razonamiento parece correcto. En la empresa estás para trabajar, y si usas sus medios tecnológicos para fines personales y/o de ocio no lo estás haciendo. El que no quiera que le despidan por defraudar a la empresa que no lo haga, en caso contrario que apechugue con las posibles consecuencias.
Para todo lo demás: dejar las conversaciones privadas para el domicilio personal.
La verdad es que la postura de CCOO y UGT en todos los casos que he visto de este tipo es penosa... defendiendo a gente despedida de "manera improcedente", según ellos claro, que se dedicaban a ver porno en horas de trabajo remuneradas.
#18#19 Pues no, en España no está permitido espiar el correo de los trabajadores y un despido por esa causa es improcedente. Los juristas no parecen haber tenido en cuenta la sentencia reciente del Supremo para esas reflexiones. Lo que sí se admite son medidas preventivas del uso incorrecto de las herramientas de trabajo electrónicas por parte de las empresas (filtros, etc) pero de carácter tecnológico, no una persona que lea vuestro email.
el Supremo establece que las empresas no pueden fisgar en los ordenadores de sus trabajadores para ver qué hacen éstos en su jornada laboral y, en consecuencia, ratifica otras sentencias judiciales que habían calificado de despido improcedente aquéllos producidos como consecuencia de inspecciones laborales.
La intromisión en el correo electrónico de un empleado o en las páginas de Internet consultadas se considera una vulneración de sus derechos fundamentales, en línea con la doctrina constitucional sobre privacidad.
#20 Entonces es la ley la que está mal. Si una empresa quiere "desperdiciar" recursos vigilando lo que mando en horas de trabajo, ok, que lo hagan, yo nunca les daré motivos que indiquen que no soy un profesional. Así por lo menos se reduce el paro.
De todas maneras, no me negarás que los empleados que se dedican hasta a ver porno en sus horas de trabajo no son unos... gandules, o poco productivos, o poco profesionales, como quieras llamarlos. Vergüenza me daría ser de un sindicato y tener que defender a esa escoria.
#22 No lo niego, creo que una cosa es echar un vistazo al correo y al periódico y otra jugar al buscaminas, hacerse la alineación del hattrick y ponerse luego a ver porno. Y de ahí a poner a fulanos a leer mails... Bloquea todo en internet y tendrás al capullo de turno tirándose media hora al teléfono para hablar con la churri o el colega de turno. Bloquea los teléfonos y se harán pajas en el baño o desaparecerá misteriosamente cuando lo necesites, el vagueo existía antes de internet y de todo eso. Creo que esas cosas se ven en la productividad del trabajador, en lo que es capaz de sacar adelante, en si cumple plazos y objetivos, etc.
Espiar a un trabajador su correo personal, que por qué no puede recibir un correo puntual de su familia o lo que sea, me parece que está fuera de lugar. Y lo que he comentado es que es ilegal. Lo que sí me consta que tienen algunas empresas son filtros que cuando detectan en un mail palabras obscenas, por poner un ejemplo, salta un aviso, y si saltan muchos te dan un toque a ver qué pasa, pero sin poder leer el contenido. Otros tienen el messenger y toda clase de sistema parecido bloqueado, lo que no es mala idea, pero en empresas grandes en que uno colabora con otro que está en la otra esquina del país es más barato que el teléfono.
#25 Este debate me recuerda un poco al del liberalismo económico. ¿El liberalismo económico sin ningún tipo de barreras es adecuado? Ese sistema está basado en la confianza, y efectivamente, el tipo de relación empleado-empresa debería sustentarse en esa misma virtud. Pero resulta que ambos sistemas fallan en el mismo pilar donde deberían sustentarse, no sé si me entiendes
Casi cuatro de cada diez empresas tienen empleados cuyo principal trabajo es controlar el correo saliente de sus compañeros, según datos de una investigación sobre seguridad en los EE.UU. Más de un tercio de la empresas encuestadas contratan personal para realizar únicamente esa función de control. Via un twit de Edans
Creo que es interesante y no debe perderse por que esté mal meneada
#4 Gracias. #5#6#7 y demás. NO la he traducido porque ni nivel de inglés no es demasiado bueno, y no quería hacer una traducción mala y/o ambigua que incitara a error. Y me niego a usar el traductor de google para estas cosas. Respeto el voto erroneo que me ha cascado #2. La próxima vez lo pediré via fisgona o nótame.
Aún me acuerdo de un ex-vicepresidente, de una ex-empresa americana en la que trabajé, y con quien sigo manteniendo una excelente relación, me dijo una vez por teléfono:
Cuidado con lo que me escribes al email. Estoy convencido que me lo espían.
estas cosas pasan, vaya si pasan. #17 y cuando no se espia en plan "futurista" se espia a la vieja usanza, hace un par de trabajos (es una medida temporal aproximada de 4 años ) mi jefe me propuso ser sus ojos y oidos cuando él no estuviese, y yo llevaba 2 semanas en la empresa (micro empresa todo sea dicho) , obviamente le dije que no. poco tiempo despues me di cuenta de que a lo que yo habia dicho NO mi compañero habia dicho SI.
Entonces señores! no se olviden de controlar lo que envian por medio de sus mensajes. Trabajo en sistemas y en alguna ocasion he tenido la oprtunidad de realizar este trabajo. Lo mas interesante era que trabajaba en un colegio parroquial. Encontre paginas visitadas que hubieran podido generar 2 cosas: despido inmediato y excomunion
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El imeil del curro es para cosas del curro. Para lo demás, hotmail, gmail o incluso tu propio dominio. Jugársela por enviar chorradas con la cuenta de tu empresa es de necios.
Os habéis hecho la siguiente pregunta alguna vez ¿Es legítimo en España aportar como prueba en un juicio por lo laboral el correo de la empresa? Según los juristas es perfectamente legítimo, así que cuidado con lo que escribís a vuestros compañeros.
Del portal http://derecho.com: «Diversas leyes protegen el derecho a la intimidad de las personas en nuestro Estado : en un rango superior la Constitución Española de 1.978, y en rango inferior, otros cuerpos legales: el Código Penal ( art.197), el Estatuto de los Trabajadores ( arts. 18 y 20) y la Ley de Protección de Datos.
[...]
El derecho a la intimidad implica , según admite la doctrina y en el ámbito que nos ocupa, el derecho a la intimidad domiciliaria y a la libertad y confidencialidad de las comunicaciones privadas. Si entendemos, como debe ser, que en el uso del correo electrónico el trabajador está utilizando el tiempo, la estructura, el espacio físico, la conexión telefónica, el ordenador y el sistema informático propiedad de otro, es decir, de la empresa, podemos concluir que en el seno de la empresa el e-mail no es un medio privado de comunicación : es un elemento que la empresa pone a disposición del empleado, pero es, obviamente, propiedad de aquélla. Por ello, entendemos , también, y en la línea de la tesis expuesta que el control y vigilancia por parte de los empresarios del correo electrónico de los trabajadores, no es gravemente vulneradora del derecho fundamental del artículo 18 de la Constitución, en su apartado 3º, máxime cuando garantiza …” la confidencialidad de las comunicaciones privadas.”
Ampararse en el derecho a la intimidad y su vulnerabilidad no puede hacerse ilimitadamente, de otra forma también estaríamos consintiendo actos delictivos amparados en la invulnerabilidad de tal derecho fundamental: transmitir secretos de la empresa, introducir virus en el sistema informático, e incluso copiar un programa sin licencia, sin el consentimiento de la propia empresa que, en última instancia, sería la responsable de tal ilícito.
Si consideramos, pues, que el e-mail no es un medio privado de comunicación en el seno de la empresa, concluiremos también que así como el empresario está legitimado para ejercer el control sobre las taquillas de los trabajadores, lo está también para vigilar el contenido de los correos electrónicos enviados desde la misma con elementos que son patrimonio empresarial puestos a disposición de los empleados; eso sí con las limitaciones legales que impone el propio Estatuto de los Trabajadores para que en el ejercicio de esta potestad no pueda vulnerarse el derecho fundamental a la intimidad de las personas, por lo que es necesario comunicarlo a los representantes de los trabajadores.»
#18 El razonamiento parece correcto. En la empresa estás para trabajar, y si usas sus medios tecnológicos para fines personales y/o de ocio no lo estás haciendo. El que no quiera que le despidan por defraudar a la empresa que no lo haga, en caso contrario que apechugue con las posibles consecuencias.
Para todo lo demás: dejar las conversaciones privadas para el domicilio personal.
La verdad es que la postura de CCOO y UGT en todos los casos que he visto de este tipo es penosa... defendiendo a gente despedida de "manera improcedente", según ellos claro, que se dedicaban a ver porno en horas de trabajo remuneradas.
#18 #19 Pues no, en España no está permitido espiar el correo de los trabajadores y un despido por esa causa es improcedente. Los juristas no parecen haber tenido en cuenta la sentencia reciente del Supremo para esas reflexiones. Lo que sí se admite son medidas preventivas del uso incorrecto de las herramientas de trabajo electrónicas por parte de las empresas (filtros, etc) pero de carácter tecnológico, no una persona que lea vuestro email.
El supremo sentencia que las empresas no pueden fisgar en los ordenadores de los trabajadores
El supremo sentencia que las empresas no pueden fi...
expansion.comEl Supremo impide espiar el e-mail de los empleados
El Supremo impide espiar el e-mail de los empleado...
expansion.comel Supremo establece que las empresas no pueden fisgar en los ordenadores de sus trabajadores para ver qué hacen éstos en su jornada laboral y, en consecuencia, ratifica otras sentencias judiciales que habían calificado de despido improcedente aquéllos producidos como consecuencia de inspecciones laborales.
La intromisión en el correo electrónico de un empleado o en las páginas de Internet consultadas se considera una vulneración de sus derechos fundamentales, en línea con la doctrina constitucional sobre privacidad.
#20 Entonces es la ley la que está mal. Si una empresa quiere "desperdiciar" recursos vigilando lo que mando en horas de trabajo, ok, que lo hagan, yo nunca les daré motivos que indiquen que no soy un profesional. Así por lo menos se reduce el paro.
De todas maneras, no me negarás que los empleados que se dedican hasta a ver porno en sus horas de trabajo no son unos... gandules, o poco productivos, o poco profesionales, como quieras llamarlos. Vergüenza me daría ser de un sindicato y tener que defender a esa escoria.
#22 No lo niego, creo que una cosa es echar un vistazo al correo y al periódico y otra jugar al buscaminas, hacerse la alineación del hattrick y ponerse luego a ver porno. Y de ahí a poner a fulanos a leer mails... Bloquea todo en internet y tendrás al capullo de turno tirándose media hora al teléfono para hablar con la churri o el colega de turno. Bloquea los teléfonos y se harán pajas en el baño o desaparecerá misteriosamente cuando lo necesites, el vagueo existía antes de internet y de todo eso. Creo que esas cosas se ven en la productividad del trabajador, en lo que es capaz de sacar adelante, en si cumple plazos y objetivos, etc.
Espiar a un trabajador su correo personal, que por qué no puede recibir un correo puntual de su familia o lo que sea, me parece que está fuera de lugar. Y lo que he comentado es que es ilegal. Lo que sí me consta que tienen algunas empresas son filtros que cuando detectan en un mail palabras obscenas, por poner un ejemplo, salta un aviso, y si saltan muchos te dan un toque a ver qué pasa, pero sin poder leer el contenido. Otros tienen el messenger y toda clase de sistema parecido bloqueado, lo que no es mala idea, pero en empresas grandes en que uno colabora con otro que está en la otra esquina del país es más barato que el teléfono.
#25 Este debate me recuerda un poco al del liberalismo económico. ¿El liberalismo económico sin ningún tipo de barreras es adecuado? Ese sistema está basado en la confianza, y efectivamente, el tipo de relación empleado-empresa debería sustentarse en esa misma virtud. Pero resulta que ambos sistemas fallan en el mismo pilar donde deberían sustentarse, no sé si me entiendes
Traducción de la entradilla:
Casi cuatro de cada diez empresas tienen empleados cuyo principal trabajo es controlar el correo saliente de sus compañeros, según datos de una investigación sobre seguridad en los EE.UU. Más de un tercio de la empresas encuestadas contratan personal para realizar únicamente esa función de control. Via un twit de Edans
Creo que es interesante y no debe perderse por que esté mal meneada
#4 La cosa es que eso que acabas de hacer lo debe hacer el autor del envío.
#6 te me adelantastes
#4 Gracias. #5 #6 #7 y demás. NO la he traducido porque ni nivel de inglés no es demasiado bueno, y no quería hacer una traducción mala y/o ambigua que incitara a error. Y me niego a usar el traductor de google para estas cosas. Respeto el voto erroneo que me ha cascado #2. La próxima vez lo pediré via fisgona o nótame.
#13 para empezar no te he metido negativo te la he votado positivo y segundo te paso una url para traducir textos http://translate.google.com/translate_t?hl=es#
#14 El traductor de google y cualquier otro producto automático es desastroso. Es mejor no usarlo.
Si la noticia es interesante ya habrá alguien que lo traduzca.
#14 cierto, no has sido tu el del negativo, sorry. Y respecto al traductor de google "Y me niego a usar el traductor de google para estas cosas."
#6 Solo pretendia que todo el mundo supiera de que iba.
La entradilla en español, "please"
espero 5 minutos más y le meto errónea...
Mientras no se dediquen a revisar los registros que dejo en el proxy
#10 Mientras no calculen el tiempo que paso en meneame a lo largo del dia
Aún me acuerdo de un ex-vicepresidente, de una ex-empresa americana en la que trabajé, y con quien sigo manteniendo una excelente relación, me dijo una vez por teléfono:
Cuidado con lo que me escribes al email. Estoy convencido que me lo espían.
estas cosas pasan, vaya si pasan.
#17 y cuando no se espia en plan "futurista" se espia a la vieja usanza, hace un par de trabajos (es una medida temporal aproximada de 4 años ) mi jefe me propuso ser sus ojos y oidos cuando él no estuviese, y yo llevaba 2 semanas en la empresa (micro empresa todo sea dicho) , obviamente le dije que no. poco tiempo despues me di cuenta de que a lo que yo habia dicho NO mi compañero habia dicho SI.
por cierto... esto lo saben.... digo yo.... lo han confensado las empresas .... porque saben que de todas formas las espían ... ¿no?
Wrong story.
Please translate it into Spanish.
Supongo que será el e-mail de la empresa por que el personal es una burrada.
joe... Si eso es verdad...
PGP hasta en el curro
Entonces señores! no se olviden de controlar lo que envian por medio de sus mensajes. Trabajo en sistemas y en alguna ocasion he tenido la oprtunidad de realizar este trabajo. Lo mas interesante era que trabajaba en un colegio parroquial. Encontre paginas visitadas que hubieran podido generar 2 cosas: despido inmediato y excomunion
Más de un tercio de la empresas encuestadas contratan personal para realizar únicamente esa función de control.
Acojonante. ¿Contratarán a otros para mirarles la pantalla por encima del hombro? ¿Y para oler el asiento a ver quien se ha tirado el pedo, también?
Un nuevo absurdo episodio de "la forma de hacer que la gente trabaje, es putearles y controlarles". No se enteran.