Hace 6 años | Por Quinqui a valenciaplaza.com
Publicado hace 6 años por Quinqui a valenciaplaza.com

La mal llamada 'economía colaborativa' ha pasado a formar parte de la actividad económica de España y las viviendas turísticas se han convertido en un quebradero de cabeza para las administraciones por no saber encajar los movimientos que generan.

Comentarios

frankiegth

#2. Claro, todo lo que entre por todo lo que salga... y todos contentos... ¿Cuotas de autónomos e IVA aparte?

Pagar impuestos es bueno, que te atraquen constantemente no lo es tanto. Creo que #4 apunta en la dirección correcta, van de nuevo a por los curritos que con sudores hipotecarios adquirieron una segunda vivienda de la que seguro ya pagan sus correspondientes impuetos religiosamente.

a

#7 #11 #4 et al:

"El desarrollo cotidiano a jornada completa de la actividad identificará sin duda a un trabajador autónomo, mientras que ejecutar la actividad por una única vez la descartará", señala.

Nada nuevo bajo el sol. Si es tu actividad principal económica (y superas el IPREM), pagas autónomos como los demás. Si no lo superas, basta con que te des de alta en el censo de profesionales y ya puedes emitir facturas sin pagar cuota.

frankiegth

#68. Te estás tirando piedras a tu propio tejado. Si por algún lado puede reavivarse el debate sobre un cambio de legislación en profundidad sobre los autónomos no conviene el : '...ayer tu no por mi, hoy yo no por ti...'. Las cuotas y obligaciones actuales de los trabajadores autónomos son inaceptables se miren como se miren. Quién se da de alta es porque las cuentas le cuadran desde el primer día, no todos encuentran su gallina de los huevos de oro tan facilmente.
Así es como nos llevan paralizando socialmente desde hace décadas.
(CC #7)

m

#71 ¿Sabes lo pasa? Que los que nunca han protestado y de repente protestan por este tema, en realidad no tienen el más mínimo interés en que se reforme la legislación de autonomos. Es más, prefieren que no se haga: a fin de cuentas, alguien tiene que pagar impuestos. A ver si de repente se van a quedar sin prestaciones porque al vecino ese que le puteaban tanto ahora le putean menos.

Lo que quieren es que las cosas sigan como están pero se haga una excepción en el caso donde ellos están. Marca España.

D

#68 ¿un atraco? Dime que pais da tanto (sanidad y pensiones) por la cuota de autónomo.

J

#89 España no, desde luego, que dejó de financiar la sanidad con la seguridad social hace 35 años, una de sus múltiples quiebras.

La sanidad se financia vía impuestos.

unaqueviene

#7 Si eres un currito con sudores no necesitas especular con segundas viviendas para que los curritos que sudan más que tú tengan aún más sudores derivados de la especulación.
Con ese dinero pégate unas vacaciones en Bali con toda la familia y si disfruta, pero si eliges especular, te jodes y pagas.

frankiegth

#102. Comprar una segunda vivienda con posibilidad de alquilarla, repito, una segunda vivienda (no un parque de viviendas), es una inversión personal o familiar muy respetable.

Especular es otra cosa. Especular es comprar y vender retroalimentando el mercado hasta reventar las burbujas.
(CC #7)

S

#15 Lo dicho en otro de mis comentarios en este hilo, que es lo que dice la ley y lo que dice el titular... si realizas un trabajo de forma habitual tienes que darte como autonomo te guste o no (autonomo o que la labor la realice una sociedad). Y repito nuevamente eso no implica ni exime el pago de impuestos... los impuestos debes pagarlos seas autonomo (por que el trabajo es habitual) o no.

o

#15 Me parece muy bien ahora dile tu a alguien que obtiene 600€ por alquilar su casa dos fines de semana al mes(de media en todo el año) que tiene que pagar 3600€ de autónomo y aparte los impuestos del alquiler, y luego nos llevamos las manos a la cabeza de que este pais tenga tanto trabajo en b, estoy deacuerdo en que se regule pero hay que saber lo que se hace porque como he dicho esto solo perjudica a quien tiene 1 ó 2 casas y beneficia a las empresas.

Y si el tema del autónomo es para mirarselo pero no os preocupeis que naranjito estaba en ello o eso dijo.

Seyker

#27 te respondo con el titular de la noticia "Los dueños de casas de Airbnb deben cotizar como autónomos si la gestionan de forma habitual"

o

#41 Habitual no es un termino cientifico y no da ninguna exactitud es una vaguedad y no debería usarse para temas legales.

Seyker

#60 curiosamente vivienda es un término muy específico que no debería usarse para temas turísticos.

o

#62 alojamiento turístico no es vivienda y por eso digo en un comentario anterior que deberían sacar licencias y así obligar a declarar en el reta pero no es lo mismo tener 1 piso turístico que 10, igual me equivoco en el enfoque y el error es que el autónomo tiene una base muy alta de cotización inicial (300€) y debería de ser como en otros países del entorno en función de los beneficios de la actividad

Seyker

#64 Si en lo de autónomos (como afectado) estoy de acuerdo contigo. Pero no en el uso de viviendas como "alojamientos turísticos". A nivel de espacio es menos eficiente que hoteles, hostales, albergues, apartahoteles y a nivel de ciudadanía, convierte algo esencial y básico como la vivienda en un local comercial.

o

#65 Lo de la vivienda da para debate pero si nos ponemos en ese nivel, tampoco se debería permitir a nadie tener en propiedad más de un piso o comprar pisos para expecular y ete aquí que hay muchas viviendas vacias solamente porque no hay necesidad de alquilar y solo se espera a una venta rápida con mucho beneficio, o se compran viviendas en el mismo bloque para construir uno nuevo expulsando a los vecinos.

Entiendo que el alquiler turístico sea dañino pero no es el problema como puedes ver ya que funciona mal porque el resto que lo rodea no esta bien planteado.

PD: Lo de autónomo en este pais es épico como pagador durante 4 años lo sufri y hace que negocios complementarios no puedan despegar

D

#41 Ahora vete a preguntar al chupatintas de hacienda que es para el "habitual"

a

#27 "El desarrollo cotidiano a jornada completa de la actividad identificará sin duda a un trabajador autónomo, mientras que ejecutar la actividad por una única vez la descartará", señala.

Como todo quisqui. Dos fines de semana al mes no es un trabajo a jornada completa.

Thelion

#27 Esto va por los que tienen tres pisos en Airbnb, en el centro de Barcelona por ejemplo, llenos full time excepto cuando limpian y cambian las sábanas, cobrando en negro negrísimo un pastizal y riéndose de todo dios. Faena les da, no hacen otra cosa que controlar los garitos, pero impuestos no pagan. Y encima igual cobran el paro u otras ayudas porque ... como no trabajan...
Y si: ese perfil existe. Sin ir más lejos conozco una chica que limpia cuatro pisos de un tío solamente, ilegales , tiene que hacer toda esa faena sin saber a qué piso la mandará y cobra en negro una mierda (800 al mes por plena disponibilidad, y ya te digo yo que siempre están llenos). Ya le hemos dicho que denuncie pero la pobre no encuentra otra cosa.

o

#84 En ese caso la situación ilegal la teneis todos, unos más que otros, el que más el que se beneficia de ayudas teniendo una actividad laboral no declarada y trabajadores sin dar de alta. Ella por estar trabajando sin dar de alta(https://www.legalitas.com/actualidad/consecuencias-legales-de-trabajar-en-negro) lo que si se demuestra que es consciente le quitará de poder pedir ayudas eso sin entrar en el problema que es trabajar sin asegurar(y ya lo de la miseria es peor todavia), vosotros podeis denunciar a ese personaje también eh:

http://www.empleo.gob.es/buzonfraude/

El problema no es cuando tienes 4 pisos que valen más de 1 millón de euros, el problema es cuando tienes un piso(o dos) de poco valor y aparte trabajas porque de ello no vives, haciendo puede considerarlo habitual, te vas a reir pero a un abuelete le quitaron la pensión por "trabajar" en su huerta, menos mal que con abogados y demás le devolvieron la pensión pero porque el juez que le toco se dio cuenta de la locura, por eso digo que lo mejor para las leyes es que sean claras y concisas y que no existan 400 cuando se puede solucionar con 1 ó 2 y no dar lugar a interpretaciones ni dudas.

D

#27 #90 El gobierno sabe perfectamente que para cargarse algo solo tiene que poner leyes ambiguas que creen incertidumbre. Vease el impuesto al sol.

e

#82 #77 ¿Y los que alquilamos algo de la forma que he puesto en #79? Como mi mujer y yo estamos en separación de bienes tuve que constituirme en comunidad de bienes para poder alquilar un garaje que pertenece a ambos al 50%. Lo único que hacemos es pagar el iva cada 3 meses y declararlo en nuestras rentas.

elzahr

#92 Desconocía lo que era una comunidad de bienes. Pero así por encima no deja de ser una sociedad, por lo que tiene una forma de tributar propia. Y no declara sociedades sino que va directamente al IRPF de los socios.
No es el caso que se comenta en el artículo, donde se habla de personas que se dedican activamente al alquiler (turístico principalmente).

e

#97 Bueno, yo no "me dedico" a alquilar, simplemente alquilo una plaza de garaje. Y supongo que la mayoría de los que alquilan en airbnb lo tienen como una segunda fuente de ingresos. Lo de la comunidad de bienes lo tuvimos que hacer porque el garaje es de ambos, y estamos en separación de bienes. En gananciales es aún más fácil.

i

#2 Si yo tengo mi trabajo asalariado y aparte alquilo un piso para sacar un extra ya estoy cotizando y los ingresos del alquiler hay que declararlos como cualquier otro.

Dene

#2 no es lo mismo pagar impuestos que cotizar como actividad profesional
Los ingresos por alquiler de viviendas se incluyen en la base del IRPF. Es muy distinto de tener que pagar una cuota de autonomos a la seguridad social. Quien ya tenga un trabajo (y cotiza por el) si vuelve a cotizar como autonomo, estará pagando seguridad social doble cuando no va a recibir "pensión doble".... Mezclar cotizaciones a seguros sociales e impuestos es mezclar churras con merinas... o peras con manzanas.

D

#10 Hombre, ¿qué esperabas?

No picaresca, no party.

D

#22 No picaresca, no party.
Mola la frase. Te la pillo con permiso!

f

#1 no es solo eso..
siempre hay que hacerse autónomo cuando si se hay animo de lucro... osease cuando se renta unas ganancias mínimas y la forma

según la ley esas ganancias están por 9.080 euros al año. Sin embargo, hay que tener cuidado cuando es la actividad principal y, por tanto, es habitual, aunque no llegue al citado límite anual. Depende mucho de la interpretación que dé la Inspección de Trabajo a cada caso particular, en función de los siguientes criterios, habitualidad, actividad principal o complementaria.

osease que si vas a alquilar unas habitaciones solo unos meses incluso un año y no supera esa cantidad al año .. pues no es necesario darse de alta, pero si es asiduo este alquiler de habitaciones y se prolonga durante varios años, es completamente necesario darse de alta por que en una inspección puedes caer con todo. en toco caso lo mejor es consultar con un abogado. ya que hay ejemplo como un pequeño kiosco donde no nunca llega a esa cantidad y no se considera como actividad de ingreso principal de esa familia.

A

#46 A mi lo que no me convence es lo de pretender que la gente se haga autónomo.
Y más teniendo en cuenta que el autónomo si no recuerdo mal tiene que pagar una cuantía fija al mes (o al menos un mínimo fijo) que no me parece muy lógico para un tema alquileres.
Yo creo que es más lógico que se page vía impuestos, aunque sea creando una categoría especial para este tipo de alquiles y que se pague según lo que se gane, ya sea una habitación 3 días al año que 2 pisos prácticamente a tiempo completo. Según se ingresé que se pague los impuestos correspondientes, y si esa actividad le ha llevado al arrendador 5 minutos a la semana u 8 horas al día será cosa de él mientras liquide sus impuestos.

ninyobolsa

#6 Cotizan como lo que sea pero estos ingresos ya los declaraban, puesto que es la inmobialiria la que pone los pisos en alquiler

ninyobolsa

#9 Si eres asalariado y tienes un negocio no hace falta pagar el autonomo y tu vivienda en alquiler va al IRPF. Leete el enlace que me has mandado

S

#12 Error, te lo dice un asalariado y autonomo. Oficialmente tienes que ser autonomo siempre y cuando haya una recurrencia que demuestre que sea una actividad habitual.

Existe la "leyenda urbana" de que si no llegas al SMI anual no tienes que darte de alta como autonomo si estas por cuenta ajena, pero la ley no dice eso, la ley dice lo de si es "habitual" con lo que te puedes encontrar que facturas estando dado de alta en hacienda 300 euros al mes todos los meses y los señores de la SS vengan a darte por el culo...

ninyobolsa

#18 Por supuesto que tienes que darte de alta en actividades economicas pagar el IVA etc, pero no pagar mensualmente al autonomo, tu ya pagas tu cotización a la SS en tu trabajo, lo dice tu enlace

S

#25 Y tienes que darte de alta en autonomos si tu trabajo es habitual, te guste o no es asi.

La unica diferencia es que la cuota que pagas de autonomos puede ser ligeramente menor.

ninyobolsa

#28 Tienes razón me callo, antes no era así con cotizar una sola vez a la SS bastaba

S

#31 Ojala fuese asi ahora ... y ya ni entro en el tema del coste de la cuota de autonomo societario...

Remo_

#31 error, nunca ha sido así. El régimen de autónomos es independiente al régimen general y cotizar en el general nunca ha eximido de la cotización en autónomos. Si hay derecho a devolución parcial de las cotizaciones en autónomos si se superaban determinados umbrales de cotización en el general, pero nunca ha bastado con cotizar en el general para no tener que cotizar en autónomo

e

#18 Más o menos. Se debe uno dar como autónomo esté o no por cuenta ajena si se realiza una actividad económica de forma habitual, personal y directa, y por "habitual" y en ausencia de más datos, se considera cuando los ingresos superan el SMI.
Es decir no es una leyenda urbana pero tampoco es un criterio inamovible. Si trabajas a tiempo completo aunque te comas los mocos, la actividad es habitual y cotiza. Si te surge un mes esporádico un trabajo de 500€ y nada más, entonces no es necesaria el alta en la SS (aunque ellos barrerán para su casa y no te lo contarán).

S

#26 Desde mi punto de vista lo considero "leyenda urbana" ya que si no esta escrito en la ley tal cual, es completamente subjetivo y depende de como se levante el que te haga la inspeccion ... que yo si he estado asi ... pero no voy a arriesgarme a decirles a terceros que lo hagan que no pasa nada y es 100% seguro.

e

#32 No no no, es que no es mi punto de vista.
La ley dice exactamente lo que te he escrito de "habitual, personal y directa" y existe jurisprudencia al respecto.
Basta que busques un poco y lo compruebes.

S

#35 Si y la jurisprucendia en España se la pueden pasar por el arco del triunfo cuando quieran... si tu quieres decirle a un tercero que es 100% seguro, hazlo yo no lo voy a hacer bastantes veces me ha jodido la seguridad social con gilipolleces sobre las que habia jurisprudencia y me ha tocado pagar, tener nominas embargadas y demas mierdas...

e

#42 No te mosquees. Y te recuerdo que no he dicho en ningún momento que sea 100% seguro. He dicho que en ausencia de más datos se presume que no se cumplen los criterios para cotizar en la SS. Cada caso es particular y con más datos en la mano como la dedicación temporal que te he puesto de ejemplo, esa valoración por defecto no es aplicable.
Lo que te he dicho a ti como tercero y a quien lo quiera leer es precisamente que estudie, ley en mano, su situación, que no le de ejemplo lo que te haya pasado a ti ni lo que le haya pasado a otro a quien le haya ido bien, y me reafirmo en mi postura.

S

#54 No me mosqueo jeje, perdon si he dado esa sensación, al contrario me mola poder tener estas conversaciones con alguien.

Y en lo ultimo que dices, estoy completamente de acuerdo contigo, que miren todo, que estudien y que tomen una decisión.

Welling

#32 por lo que me han dicho te multarán casi fijo pero cuando recurras por la via judicial, el Supremo te la quitaría por los casos que ya han sentado precedente

Remo_

#45 si claro y recurrir al supremo no tiene costes. Normalmente sale más caro el collar que el perro y terminas antes pagando que no recurriendo si te han pillado varios meses y no años completos

Welling

#57 No he dicho que fuera barato, ni que no pierdas mucho tiempo, solo queria anotar que te acabarían dando la razón, pero eso sí, si te puedes permitir meterte en un procedimiento así por no pagar la dichosa cuota de autónomos.

Thelion

#12 Cuando no es destinada a vivienda habitual creo que si.

ninyobolsa

#20 Muy bien solo digo que se va contra el eslabon más debil y minoritario

Ovlak

#23 Más débil, puede. Pero de minoritario nada. Al menos de momento.

a

#23 No. Va contra los que están especulando con la vivienda sin pagar impuestos por ello.

"El desarrollo cotidiano a jornada completa de la actividad identificará sin duda a un trabajador autónomo, mientras que ejecutar la actividad por una única vez la descartará", señala.

chemari

#20 Que no hombre, que son familias humildes y trabajadoras que se sacan un dinerillo extra sin hacer daño a nadie. Si hasta el propio nombre lo dice: colaborativa. No pueden ser malas personas!

P

#20 Pagar impuestos no significa que tengas que cotizar. Al final si estás trabajando por cuenta ajena, estás pagando la cotización dos veces, cuando no debería ser necesario. Se debería simplemente declarar los ingresos y ya está.

chorche77

#4 No cotizan como autónomos porque son sociedades. En el caso de una sociedad limitada pequeña, como una inmobiliaria por ejemplo, es obligatorio que haya al menos un administrador dado de alta como autónomo. Así que sí, también cotizan como autónomos.

Un cosa es alquilar tu casa de la playa cuando no la usas, y otra es realizar con un inmbuele una actividad comercial "de forma habitual"

upok

#19 estás seguro de ello obtener lo acabas de inventar? Que yo sepa los contratos normales de alquiler no pueden ser de un día.

Dene

#29 no invento nada. un contrato de alquiler de vivienda puede ser por el plazo que pacten las partes.
otra cosa es que luego, para otras cosas se den periodos de años o meses (p. ej. debe abonarse un mes como fianza, el inquilino puede estar hasta 3 años,, etc)
Yo he tenido un inquilino que me duró exactamente 2 días (y el tipo iba para 3 años)..... no te digo mas. Firmamos la rescisión del contrato, le cobré 2 semanas (en vez del mes completo que podría haberle cobrado legalmente, pero en 2 semanas yo tenía el piso alquilado otra vez y nunca he cobrado 2 veces por lo mismo)...

A lo que voy es que el alquiler, sea "vacacional","estacional", "estable" o como lo llamen, lo regula la ley de arrendamientos, que me he leido 300 veces. Ahi no dice nada de vacaciones ni gaitas. Y los ayuntamientos que se meten a regular esto acabaran perdiendo porque no pueden prohibir (te pongo el ejemplo de Donostia) que el dueño del primer piso pueda alquilar su piso y el del segundo piso, no pueda.

m

#19 Es muy interesante lo que planteas. No sé si estoy de acuerdo contigo, pero me has hecho pensar

chemari

#19 En airbnb hay muchos pisos que se alquilan cada dos o tres días, como si fuera una habitación de hotel. Eso es habitualidad, y de hecho requiere que haya una persona constantemente limpiando y entregando llaves.

Dene

#52 si yo alquilo mi piso por 1 año, me viene un inquilino, se larga al de 3 días, lo vuelvo a alquilar por 1 año, me viene otro, se va en 1 semana... que diferencia hay entre esto y lo que hacen con airbnb y similares? ninguna.
de hecho, en muchas ciudades turisticas se lleva haciendo esto del alquiler por semanas desde hace muchiiiisimos años. El problema no es "el conceto" (que diría manquiña) sino que ahora, hay sistemas para agilizarlo y ha ido a más. Pero esto lleva así años. Y claro, los empresarios hoteleros se quejan poruqe pierden cacho. En todo lo que oigo quejarse, los únicos que tienen razon son vecinos quejandose del ruido y molestias en algunos casos (para eso esta la policia) y en general, en todo el que quiere alquilar y ve como suben los precios (pero bueno, si vamos a olvidarnos del sistema capitalista, oferta y demanda... pues vale, viva el comunismo).

chemari

#59 La principal diferencia es la dedicación que requiere del dueño del piso. No es lo mismo firmar un contrato y olvidarte durante un año, que dedicarte a enseñar el piso, limpiarlo, entregar llaves, hacer checkout. La segunda diferencia, que no viene al caso, es el dinero que ingresas alquilando por semanas, que puede ser el doble o triple que haciendolo anualmente.

Y bueno el caso que propones es ciencia ficción. Ademas, al hacer el contrato anual, no puedes irte a la semana, vamos puedes, pero sigues pagando o pierdes la fianza. Si tienes un piso y se te van todos a la semana, perdiendo su fianza. Pues mira que suerte tienes, que cobras un mes o dos de alquiler por semana.

"en general, en todo el que quiere alquilar y ve como suben los precios"

a

#19 Es fácil: alquilar un piso por un año no te supone un trabajo diario, alquilarlo para estancias cortas, sí. Tienes que ir, limpiar, prepararlo todo, recibir al nuevo huésped... Te pareces muchísimo más a un hostal que a un arrendador.

D

#74 Además de que al alquilarla para uso turístico siempre pones muebles a disposición de tus huéspedes (que a veces pasa al alquilar) pero también pones otras cosas como toallas, papel higiénico, sábanas, y según el caso vajilla y otros electrodomésticos.

No dudo de que podamos reflexionar sobre hasta que punto es similar a un alquiler cualquiera, como hace #19, pero al final es necesario establecer criterios para diferenciar abusos. Por ejemplo, no creo que tenga que pagarse los mismos impuestos por tu vivienda habitual que por un piso turístico o que tenga que tener las mismas ventajas fiscales.

D

Lógico.
Entiendo que si te dedicas a ello va por autónomos y si es puntual "DEBERÍA" tributar como IRPF (aunque ahora casi todo el mundo lo hace en negro).

Lo más fácil sería unificar un tipo sencillito entre IVA, IRPF*, autónomos y pollas en vinagre (yo que se 21-3%) . Hay que ponerlo fácil para
-que la gente tribute fácil
-que los inspectores puedan revisar fácil también e ir a por lo que se hace en negro (a todas las escalas)
-no desincentivar la actividad, porque hacemos leyes tan jodidas que al final en lugar de alquilar tendrás que buscarte una gestoria y al final no hacer nada porque te va a costar más caro que otra cosa

ninyobolsa

#5 Claro que lógico, por eso digo que está ley va contra los que no son empresarios ni son trabajadores. Ergo para los que tienen la vivienda como único ngreso

D

#5 Si lo alquilas por Airbnb no puedes cobrar en negro, es cuestión de tiempo que te cacen. Hacienda tiene toda la info de Airbnb sobre propietarios y ha pedido / está pidiendo cuentas por los impuestos no pagados por los dueños de los pisos. Además los pagos son por transferencia así que está todo bien registrado.

Ovlak

#5 A ver como haces para combinar impuestos y cotizaciones con sujetos grabados distintos:
-IRPF: ese ya sería el "impuesto" combinado del que hablas.
-Cuota SS: el "autónomo" no es un impuesto, es una cotización para un seguro (IT, pensiones, accidentes laborales, etc.)
-IVA: es un impuesto al consumo, no a la actividad del autónomo. Lo paga el consumidor, el autónomo recauda. Pero tendemos a creer que grava al autónomo porque hay autónomos que se lo fuman al no declararlo. O hay otros que sacan ventajas competitivas permitiendo a clientes pagar a 60 o 90 días y se quejan de que el Estado les obliga a pagar en el momento de emitir factura y no de cobrarla.

D

#40 "O hay otros que sacan ventajas competitivas permitiendo a clientes pagar a 60 o 90 días y se quejan de que el Estado les obliga a pagar en el momento de emitir factura y no de cobrarla." o al cliente no le da la gana de pagarte y tienes que adelantar un IVA e IRPF no cobrados. O a un cliente le da la gana de pagarte en 60 días aunque le hayas dicho que en 30, y tienes igualmente que adelantar IVA e IRPF. Ya no hablemos de si hay impago, y primero tienes que demostrar el impago para ya si eso que hacienda te devuelva tu IVA no cobrado pero si adelantado. Por eso para facturas grandes mejor hacerlas cuando esté cobrado, aunque eso también genera inseguridad jurídica (no puedes llevar a juicio a alguien con una factura impagada que todavía no has expedido o que lo has hecho lejos de la fecha de ejecución del trabajo).

D

#5 sería laclave, que tributar tus obligaciones fiscales fuera tan sencillo que no necesitaras un asesor que te lleve las cuentas. Pero esa utopía es imposible en España, si eres pobre a cotizar y si eres rico a robar. Y si te equivocas cotizando, te meterán una ostia que te tumbarán.

iveldie

El banco nos ha estado cobrando una hipoteca suelo durante años lo que nos has llevado casi a la ruina ya que pagabamos 300 euros más de lo que toca. Este año decidimos alquilar nuestra casa, que está en Menorca, durante el agosto para poder hacer frente a los pagos de la hipoteca. Nos tuvimos que ir a vivir a casa de mis padres y tuvimos que dormir en el garaje. Nos pasamos semanas acondicionando la casa y vaciando armarios. Tuvimos que comprar dos camas y hacer algunos arreglos por lo que al final no ganamos nada. La idea era poderlo hacer unos cuantos años y no podremos hacerlo porque están saliendo leyes que favorecen los alquileres a gran escala. Hay familias que hacemos esto para sobrevivir, es nuestra casa, nos hemos sacrificado mucho por ella y me parece absurdo no poderle sacar un beneficio durante una temporada.

chemari

#37 No me das ninguna pena. Los alquileres tipo airbnb son los que están cargándose las islas. Disfrazalo de supervivencia, pero si jugamos a eso, hay gente que roba o vende droga para sobrevivir, no me parece una excusa.

Aun así, si solo alquilas en agosto, no hay habitualidad, por lo que no tendrías que hacerte autónomo.

iveldie

#55 Eso es totalmente falso. En mi pueblo apenas hay turismo y eso hace que los pequeños negocios tengan que cerrar. Para las poblaciones de interior los clientes de airbnb suponen unos ingresos para el pueblo ya que esa gente suele gastar en comercios de cercanía. Yo lo que haría es promocionar este tipo de alquileres para dar vida al pueblo porque esto esta muerto hasta en agosto. Y te lo dice uno que tiene una tienda en el mismo pueblo. Nadie disfraza nada de supervivencia, es mi casa y tendrá que poder tener derecho a hacer lo que quiera con ella. En otros paises no existe ese problema, la alquilas, pagas tus impuestos y ya está-

D

#37 Lo siento pero a mi no me da pena ninguna. Mientras la mayoría nos intentamos ganar la vida legalmente, otros buscan hacerlo tirando de picaresca (sí, sacarse dinerito en negro alquilando es picaresca) y cuando les cortan el grifo a patalear, ¿no?

iveldie

#63 ¿quién te dice que no paguemos impuestos? La idea era alquilarla unos cuantos años solamente en agosto y luego ponerlo en la declaración, evidentemente. DE esta manera te obligan a hacerlo en negro por cuenta propia.

Thelion

#37 Puedes alquilarlo a alguna familia que viva todo el año. Seguro que encuentras pues en las islas faltan viviendas de alquiler normales, y también podrás subsistir.

iveldie

#86 Es que nosotros vivimos en esa casa todo el año, es nuestra casa y tuvimos que vivir en una cochera un mes para poder alquilarla por airbnb

D

#37 No me gusta mucho comentar sobre casos particulares, porque si no es tu caso pues habrá otro que le de una vuelta más a dicho planteamiento. Personalmente creo que una cosa no justifica la otra, al final si vemos la sociedad como un todo siempre hay personas que entran en ese tipo de abusos para sacar un dinerito extra, y eso en el conjunto de la sociedad trae consecuencias. Y quizás no sea tu caso, pero esas consecuencias pueden favorecer situaciones como la tuya o generar precariedad en otras familias.

A lo mejor la próxima vez te cruzas con una familia que está también alojado en esas condiciones porque los alquileres que hay tienen precios para turistas.

a

#78 Mientras no superes el IPREM, sólo tienes que pagar el IVA y el IRPF, como cualquiera. Así que los que ganan poco, no tienen que pagar cuota de autónomos. Y los que empiezan y tardarán en tener beneficios tienen todas la ventajas de ser autónomo (opacidad económica relativamente fuerte ante el Estado) y una cuota reducida durante los dos primeros años, muy —pero que muy— inferior a lo que paga cualquier asalariado.

Nereu

Pues sí. Aunque quizá los impuestos a los autónomos también deberían ser más bajos.
Y el pago de un gasto extra a la comunidad de vecinos tampoco estaría mal.

a

#8 No sé si es de las mas altas de Europa, pero sí que un asalariado paga más impuestos que un autónomo.

#8 #17 A mi lo que me parecería justo es que tributasen —los trabajadores autónomos sin empleados a su cargo— en el régimen general, como cualquier asalariado. Claro que para que eso fuese justo, el control sobre el dinero debería ser tan exhaustivo como el de un asalariado: no vas a mover un euro sin declarar. A los asalariados se les quita directamente. A los autónomos se les deja escoger cuánto cotizan, cuánto declaran, dan por hecho que habrá fraude y por eso puede parecer desproporcionado —y lo es, en ciertos casos puntuales.

Pero echa las cuentas de lo que un asalariado tiene que generar para ganar 15.000€ netos al año (15.000+ IRPF + SS + FOGASA + Plusvalía + ...) y lo que tiene que generar un autónomo.

Nereu

#73 Sé poco sobre impuestos, pero me refería a que el gasto tributario mínimo a de ser más bajo. Teniendo en cuenta los que solo tienen 1 piso o habitación alquilado en AirBnB, y también los que se dedican a crear un nuevo negocio, teniendo en cuenta los que ganan poco (freelancers) y los que tardarán en tener beneficios (emprendimiento de algo nuevo).
Luego ya ir subiendo los impuestos según beneficios.

ChukNorris

#73 No sé si es de las mas altas de Europa, pero sí que un asalariado paga más impuestos que un autónomo.

Pues depende .. para casos como este puedes dedicarle unas 15 horas al mes, un asalariado pagara según las horas que tenga de contrato y un autónomo le tocará pagar la cotización íntegra.

a

#85 Jornada completa son 40h semanales. El asalariado cobra ya con los impuestos descontados en base a su nómina, es decir, no ve un duro que no le corresponda (y en ocasiones, no ve duros que le corresponden hasta pasado un año), el autónomo dice lo que ganó y elige cuánto pagar.

ChukNorris

#99 El autónomo paga los 300€ por estar dado de alta al mes aunque trabaje 4 o 5 horas semanales.

S

Ser autonomo != pagar impuestos

Cualquier rendimiento que tengas, debes pagar impuestos por el (por simplificarlo mucho).

Vamos que si alquilas una casa en AirBnb, 20 casas o una habitacion, estes o no dado de alta en autonomos, el dinero que ganes debes declararlo, ya sea por estimacion directa o como quietas/toque.

elzahr

#13 Pagarán, si lo declaran, IRPF, pero no seguridad social.
El darse de alta de autónomos les obliga a cotizar a la SS. Los ingresos siempre pasarán por el IRPF, dando igual el origen de los mismos.

S

#53 No siempre, por ejemplo una sociedad puede pagarte por reparto de dividendos y tributan de forma distinta,

elzahr

#77 Evidentemente, el IRPF aplica sólo a las personas físicas (como indica su nombre) y la SS sólo a trabajadores.
Las personas puramente jurídicas van por otro lado.

Y si te refieres a los dividendos, van al IRPF.

S

#82 Nada ya he visto que en 2015 cambio, me referia a que no todos los diviendos van por irpf (los 1500 primeros estaban exentos hace años)

SalsaDeTomate

#53 Pero la SS no es un impuesto, es una cotización como tú mismo dices.

elzahr

#95 Es una cotización pero no deja de ser un impuesto como cualquier otro.

D

Yo he estado en Airbnbs que eran efectivamente hoteles rurales, que te pedían el dni al llegar y que pagaban impuestos y he estado en otros que eran casas de particulares que las alquilaban sin ningún control.

Ma prece perfecta la medida, espero que no se demoren en pedir datos a Airbnb y cotejarlos con los de hacienda.

M

¿Se puede hacer denuncia anónima? Es que conozco un caso de la típica especuladora con mil pisos. ¿Donde se hace? ¿Y cuanto tardan en pillarla?

chemari

#38 El ayuntamiento de Barcelona puso un buzón para hacer denuncias, mira a ver si tu ayuntamiento tiene algo parecido.

Neowizard

Me parece justo. También me parecería justo rebajar la cuota de autónomo ya que es de las más altas de Europa.

s

En casos como el del uso de la vivienda en plataformas tipo Airbnb no lo veo mal, quizás a partir de la segunda vivienda ya que entonces si que necesita una plena dedicación. Otra cosa es la persona que alquila temporalmente una vivienda o alquila un piso a un mismo inquilino todo el año.

r

Pero no era que si ingresabas más de 8000 € ( o algo así) debías facturar?

M

Nuevo epigrafe en registro de Actividad Economica: AirBNB promoter.

M

Para saltarse lo de la cuota de autonomo (actividad habitual), bastaria que airBnb te pagase una sola vez al año.

d

El asunto es que España es un país gobernado a base de chapuzas y parches mal cosidos, lo que permite mantenerse a los de siempre que no tienen límite en cuanto a ganar exprimiendo.

De esta forma, no se regula el pago de autónomos por tramos, lo que evitaría esas desproporciones y que medidas así suenen tan irracionales.
Igual que lo de actividad "no habitual" y así se queda, sin que nadie sepa exactamente que significa. ¿Siginifica que si todo los meses hago una actividad que ingresa 700€ es no habitual? ¿Es lo mismo que si hago dos actividades por las que me pagan 4500? ¿Y si hago 5 actividades por 2000?. Resulta que está abierto a la "interpretación", es decir si eres de los jodibles, te joderán. Si eres de los de "ingeniería fiscal" a seguir forrándote.
¡Que magnifica forma de legislar y regular para lo que interesa!

D

Libre mercado

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