El juzgado madrileño que investiga a Ángel Hernández por ayudar a morir a su esposa, María José Carrasco, enferma terminal, ha dictado auto de apertura de juicio oral, que se celebrará en 2021 en un juzgado de lo Penal especializado en violencia machista, en una fecha aún por concretar.
#14:
#4 Puede que moralmente no sea culpable, pero penalmente sí lo es. Espero que su inteligencia sea mayor que su orgullo. Y si no es así, mejor que tenga un buen abogado. Por casos como el suyo se ha regulado la eutanasia, no tiene ninguna necesidad de convertirse en un mártir.
#8:
Pues es el resultado de aplicar fielmente su ideología, según las sagradas escrituras del feminismo hegemónico es la explicación única y universal: "Tras la violencia de género siempre hay una relación desigual de poder y control del hombre sobre la mujer. No busques otras causas ajenas que intenten explicar o justificar la agresión o el crimen".
#2:
Para estos casos está la figura del indulto. Lo que no se puede hacer es no juzgar unos hechos constitutivos de delito, pero una vez dictada sentencia debería ser indultado.
#45:
#42 Las leyes penales son retroactivas si favorecen al reo.
#15:
#13 Nunca se va a legalizar que alguien en su casa y por su cuenta decida aplicar (y aplique) la eutanasia. Con la nueva ley lo que ha hecho este hombre seguirá siendo delito.
#4:
#2 Ayer mismo salió en una entrevista que le hicieron en "El Intermedio" diciendo que no aceptaría el indulto porque opina que no es culpable. Solo concibe la absolución.
#19:
#6 Está bien juzgado por violencia de género. El problema es que la ley de violencia de género es injusta.
A los jueces les corresponde aplicar la ley, no redactarlas.
#20:
#4 Estoy de acuerdo con este señor y todo mi apoyo. Aceptar el indulto conlleva aceptar la culpabilidad por una ley que considera injusta.
Es diferente un indulto que una revisión de condena con acción de nulidad, que es técnicamente decir "fui condenado pero yo no soy culpable". El indulto es "fui condenado y, por discreción del Presidente del Gobierno, ya no piso la cárcel"
Es igual que aquellos que fueron condenados por tribunales franquistas y piden ahora tras décadas la nulidad de la sentencia (un acto símbolico). No piden un indulto símbolico. Piden la nulidad de una sentencia firme.
En cualquier caso, estoy seguro que la sentencia será la menor que pueda poner un juez pero evidentemente este señor quiere dar ejemplo.
#43:
#27 A ver, vamos a ver. Lo que él hizo NO se considera eutanasia, ni con la antigua ley porque no existía esa figura legal, ni con la nueva porque no cumple las condiciones para serlo. En ningún momento se ha despenalizado el hecho de matar a alguien para evitarle un sufrimiento innecesario, que fue lo que él hizo, sino el hacerlo bajo unas determinadas condiciones y cumpliendo unos requisitos que, por motivos obvios, no se dieron en su caso. No se puede beneficiar de la retroactividad de las leyes favorables al reo, porque su conducta sigue estando penada. Si no lo estuviera ni siquiera le abrirían ya un proceso penal.
Con la ley en la mano, cometió un homicidio, le juzgarán como tal y le aplicarán la pena que establezca la ley por el homicidio. Si el juez no le condena siendo un caso evidente de homicidio estaría prevaricando.
#4 Puede que moralmente no sea culpable, pero penalmente sí lo es. Espero que su inteligencia sea mayor que su orgullo. Y si no es así, mejor que tenga un buen abogado. Por casos como el suyo se ha regulado la eutanasia, no tiene ninguna necesidad de convertirse en un mártir.
#25 Al despenalizarse tienes que adaptar el supuesto delita a la nueva situación y es posible que su pena, como mínimo, se vea rebajada porque se despenaliza la eutanasia como tal, es algo complejo pero me apuesto que no es lo mismo juzgarlo con la nueva situación y la pena será distinta, si es que la hay
Y sí, cuando cambias una ley si es para despenalizar algo (es decir para beneficiar al penado o juzgado) se convierte en retroactiva
#27 Lo que entiendo que se refiere #25 es que la ley no sólo despenaliza la eutanasia, sino que la regula. No la puede aplicar cualquiera, hay unos requisitos, etc.
No es como si estuviera penado el consumo de drogas, consumes y te enjuician, luego despenalizan el consumo. Ahí sí equivaldría tal cual el acto despenalizado y el acto ex delictivo.
No sé si aun así se podrá tener en cuenta, aunque no sirva para exonerarlo, pero sí para una rebaja de la pena (hizo lo que hizo porque no tenía forma legal y regulada de hacerlo, cosa que ahora sí habría podido hacer).
Pero vaya, con todas las pruebas del deseo de la persona de poner fin a su vida, y siendo además una situación muy especial e irreversible (no era producto simplemente de una depresión que pueda ser tratable, sino por una enfermedad incapacitante e irreversible), todo lo que no sea absolución no tendría mucho sentido en ningún caso.
#34 La nueva ley establece lo que es considerado legalmente una eutanasia (condiciones, requisitos...) Para la ley, cualquier muerte causada fuera de eso no sería una eutanasia, sería un delito.
Mucho me temo que a este hombre le caerá una condena. Es lo que le toca con la ley en la mano. Porque ésta no recoge la absolución, ni se considera atenuante, el matar a alguien porque te lo ha suplicado.
#35 No, no lo es, se le acusa de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, de homicidio NONES y lo trae la propia noticia
#42 Sí, si es para beneficio del penado o juzgado, sí (si fuera al revés, no)
Y como he dicho antes está acusado de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, 6 meses de cárcel le piden, vamos que ni va a entrar ya con la ley anterior
#27 A ver, vamos a ver. Lo que él hizo NO se considera eutanasia, ni con la antigua ley porque no existía esa figura legal, ni con la nueva porque no cumple las condiciones para serlo. En ningún momento se ha despenalizado el hecho de matar a alguien para evitarle un sufrimiento innecesario, que fue lo que él hizo, sino el hacerlo bajo unas determinadas condiciones y cumpliendo unos requisitos que, por motivos obvios, no se dieron en su caso. No se puede beneficiar de la retroactividad de las leyes favorables al reo, porque su conducta sigue estando penada. Si no lo estuviera ni siquiera le abrirían ya un proceso penal.
Con la ley en la mano, cometió un homicidio, le juzgarán como tal y le aplicarán la pena que establezca la ley por el homicidio. Si el juez no le condena siendo un caso evidente de homicidio estaría prevaricando.
#43 No me has entendido, yo no hablo de que actualmente siga penada, no obstante puede servir de eximente o de atenuante porque puede ser algo a lo que tuvo que recurrir por no existir la actual ley, ya te digo que su defensa tirará por ahí, aunque claro, es lo que he comentado antes, es complejo y eso de que sea homicidio no lo tengo tan claro tampoco, ni con la actual ley ni con la anterior, de mano la fiscalía pide 6 meses de prisión, como comprenderás esa pena no se asigna siquiera ni por homicidio imprudente que son 2 años, leete la noticia por favor porque es claro, no es por homicidio, se le acusa de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, lo de homicidio te lo estás inventando
#47 Es cierto que el tipo penal es por cooperación al suicidio, mea culpa. Sustituye eso donde puse homicidio que el resto de mi comentario sigue siendo válido.
#14 Penalmente depende. Si una persona como Ramón Sampedro, con una enfermedad irreversible y sin posibilidad de cambios, pide morir como él lo pidió y el delito es dejarle un vaso con una pajita con el veneno para que él solo se lo tome, al final es la persona misma la que se quita la vida, es un suicidio. Tú solo le estás ayudando porque materialmente a esa persona le es imposible prepararse el veneno, pero al final, quien toma ese líquido es la persona que quiere la eutanasia. Supongo que con Ángel sería una historia parecida, no que cogiera a su mujer y la estrangulara para que dejara de respirar.
Pues es el resultado de aplicar fielmente su ideología, según las sagradas escrituras del feminismo hegemónico es la explicación única y universal: "Tras la violencia de género siempre hay una relación desigual de poder y control del hombre sobre la mujer. No busques otras causas ajenas que intenten explicar o justificar la agresión o el crimen".
Para estos casos está la figura del indulto. Lo que no se puede hacer es no juzgar unos hechos constitutivos de delito, pero una vez dictada sentencia debería ser indultado.
#2 Ayer mismo salió en una entrevista que le hicieron en "El Intermedio" diciendo que no aceptaría el indulto porque opina que no es culpable. Solo concibe la absolución.
#4 Estoy de acuerdo con este señor y todo mi apoyo. Aceptar el indulto conlleva aceptar la culpabilidad por una ley que considera injusta.
Es diferente un indulto que una revisión de condena con acción de nulidad, que es técnicamente decir "fui condenado pero yo no soy culpable". El indulto es "fui condenado y, por discreción del Presidente del Gobierno, ya no piso la cárcel"
Es igual que aquellos que fueron condenados por tribunales franquistas y piden ahora tras décadas la nulidad de la sentencia (un acto símbolico). No piden un indulto símbolico. Piden la nulidad de una sentencia firme.
En cualquier caso, estoy seguro que la sentencia será la menor que pueda poner un juez pero evidentemente este señor quiere dar ejemplo.
#20#46#30#38 Vamos a ver, por favor, leeros la noticia, se le acusa de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco y la fiscalía le pide 6 meses de cárcel, vamos que ni entra en el talego con la legislación anterior, ya no vamos a hablar que le sirve de eximente o atenuante el cambio a la nueva ley ya que tuvo que recurrir a ello por no existir una ley que aplica ahora y sí, las leyes si benefician al reo son RETROACTIVAS.
Vamos que de mano ni necesita indulto alguno y segundo que es muy probable que ni sea siquiera penado dadas las circunstancias
#59 No descartes tan rápido que no nos hayamos leido la noticia, que por otra parte no aporta apenas información sobre la futura ley ( que no presente ya que aún no está en vigor)
Una cosa es entrar en la cárcel y otra muy diferente es ser condenado que es de lo que se hablaba.
La ley no le puede servir de atenuante ni eximente si no modifica el código penal.
y lo mas importante.
La única modificación que hace la futura ley del código penal, se encuentra en su disposición adicional que es la que despenaliza la conducta concreta y que reza textualmente
Se modifica el apartado 4 del artículo 143 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del
Código Penal, que tendrá la siguiente redacción:
«4. No será punible la conducta del médico o médica que con actos necesarios y directos
causare o cooperare a la muerte de una persona, cuando esta sufra una enfermedad grave e
incurable o enfermedad grave, crónica e invalidante, en los términos establecidos en la normativa
sanitaria.»
Fuente: https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/B/BOCG-14-B-46-1.PDF
Asumo que este señor no es médico ( por no hablar de que no cumple los restantes requisitos que la ley impone)
Así que este señor en ningún caso se puede ver beneficiado por esta reforma legal, no siendo que la cámara alta la modifique sustancialmente.
#4 es culpable porque la ley no le amparaba por mucha moral que tuviera y debería aceptar el indulto pensando que abrió camino y que gracias a gente como el una mayoría ha aprobado lo que tenemos hoy, los héroes normalmente no llevan capa
#4 Total para lo que le caería igualmente ni entraría a la cárcel, se le acusa de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, la fiscalía le pide 6 meses de cárcel. Vamos que ni entra al talego y menos con la situación actual que se lo aplicará como atenuante (sí cuando las leyes cambian y son para beneficio de los juzgados o penados es retroactiva)
#2 La figura del indulto debe desaparecer. Es una intromisión del poder ejecutivo en el judicial y por eso se acaba indultando a los amigos: corruptos, torturadores y demás.
Para estos casos se debe modificar la ley y aplicar la nueva de manera retroactiva.
#24 El problema es que en este caso con la ley actual este hombre sigue siendo culpable de homicidio porque no cumple las condiciones de la eutanasia.
Las nuevas leyes se aplican siempre con carácter retroactivo si benefician al reo. Los indultos sirven, precisamente, para casos como éste en los que la aplicación de la Justicia da un resultado que, por las circunstancias particulares, se considera manifiestamente injusto. El problema es cuando de desvirtúan y se abusa de ellos.
#31El problema es que en este caso con la ley actual este hombre sigue siendo culpable de homicidio porque no cumple las condiciones de la eutanasia.
Entonces habría que cambiar la ley de nuevo si se considera que un acto como este no puede ser delictivo.
Las nuevas leyes se aplican siempre con carácter retroactivo si benefician al reo.
Por eso pueden hacer la función del indulto sin subvertir el Estado de derecho.
Los indultos sirven, precisamente, para casos como éste en los que la aplicación de la Justicia da un resultado que, por las circunstancias particulares, se considera manifiestamente injusto.
¿Y cómo puede ser que haya un caso que acaba en condena manifiestamente injusta y la ley sea correcta? Los indultos no deben servir para corregir casos como éste, sino que casos como éste deben servir para corregir la ley.
El problema es cuando de desvirtúan y se abusa de ellos.
El indulto es una intromisión del poder ejecutivo en el judicial. El abuso es su razón de ser. ¿Cómo puede uno basar un Estado de derecho en la separación de poderes y luego incluir una figura como el indulto? Es carente de toda lógica.
#31 Por favor a ver si os leeis la noticia, está acusado de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, que son 6 meses de cárcel, no de homicidio
Sin radicalismos provida a toda costa. A pesar de que la vida de quien sea no sea una "vida" propiamente dicha sino un suplicio, la eutanasia no deja de ser un debate muy complejo, con muchos puntos de vista, teniendo todos que ser considerados. He aquí un ejemplo claro:
¿Se puede considerar a este hombre un asesino por ayudar a su mujer a librarse de una situación "poco afortunada", por decirlo de una forma suave? El pobre estuvo ayudándola hasta sus últimos momentos, incluso arriesgándose a ser encarcelado por ayudarla en su última voluntad; nunca mejor dicho. Sería una injusticia que la nueva ley ha solucionado.
Por otro lado, ¿se puede considerar a este hombre como una persona que hizo una buena acción, a pesar de que su "ayuda" también le sirvió a él para librarse de seguir teniendo que ayudar a su mujer en todo? No dudo que amase a su mujer y le ayudase en todo hasta el infinito, pero recuerdo que hay que considerar todas las posibilidades, porque ¿quién dice que su mujer no fue inducida a pedir la eutanasia como forma de librarse de su padecimiento (y de camino librar al marido)? Sé que suena duro, pero extrapolando, igualmente es una carga de la que se libra el estado, quitándose a alguien al que mantener...
No estoy en contra de la eutanasia, sí en contra de la eutanasia como salida fácil. Porque corremos el peligro de que la vida sea infravalorada al punto de que quien no sea "útil" comience a ser prescindible y/o eliminable. Aunque entiendo el porqué, en el fondo no comprendo los aplausos que ayer proliferaban entre la izquierda; pues se acepte o no, cuando una persona se siente tan incapacitada que decide pedir su eliminación, es una derrota de toda la sociedad que no ha sabido prestarle el suficiente apoyo.
Hay mas matices a considerar, pero creo que estos son los más importantes. En cuanto a la ley, mientras siempre se vele por una voluntad segura de la persona a la que se da muerte, incluso entiendo que se acepte tal suicidio bajo el amparo de la ley. Pero entonces surge una pregunta, ¿por qué no se acepta el derecho al suicidio del resto de personas? Porque si mañana yo quisiera suicidarme y errase en el intento, seguro que al día siguiente se me pondría un tratamiento en lugar de tratar de darme los medios correctos para un suicidio bien ejecutado... ¿Cuál es la diferencia entonces?
#9 Cuando alguien pide eutanasia no es una derrota de la sociedad por no apoyarle.
Es una derrota ante la enfermedad, la biología, como mucho una derrota médica
Yo no quiero que me cuiden, yo quiero no tener dolores y curarme. Si esto no es posible, no quiero alargar mi sufrimiento
La pena que pide el fiscal es de 6 meses, inferior a 2 años. A criterio del juez queda si entra en prisión o no en caso de ser culpable.
La Ley hay que aplicarla, y si es la LIVG, pues la LIVG. Y recordar que si hubiera sido la mujer quien hubiera asistido al marido, no habría consideración alguna de VdG.
Los atenuantes están indicados en el Código Penal, no es un criterio subjetivo del juez. En este caso, lo más razonable es que el juez, después de condenarle a lo que marque la ley, recomiende su indulto.
#48 Te doy la razón. Pero es que el sistema judicial tal y como lo tenemos montado en España no es demasiado independiente del poder legislativo. Y ahí es donde está la base del problema.
El hecho de que haya jueces "progresistas" y jueves "conservadores" es una aberración. Los pongo entre comillas porque es un modo de llamar a los jueces que designa uno u otro partido político.
#16 Depende de cómo haya sido redactada la condena.
Sólo sería atenuante si la nueva ley despenaliza partes delictivas expresamente mencionadas en dicha condena.
Si tu no te presentaste a hacer la mili y quedó reflejado que era una simple deserción no te podían aplicar la despenalización por objeción de conciencia.
Obviamente este no va a ser el caso porque es difícil que se modifique el proyecto de ley (El paso del Senado es un mero trámite por la mayoría existente) y la defensa va a jugar con el texto.
#61 Los objetores de conciencia no iban a la cárcel,los que iban eran los que no objetaban conciencia y eran simples rebeldes, y esos también se libraron
#82 Estás hablando de un tio que se hizo objetor en 1960?¿ sabes cuando se eliminó elm servicio militar obligatorio? en 2001, 41 años más tarde, un poquito de por favor eh? cuando dejó de ser obligatorio a todos los insumisos se les eximió de pagar su condena
Si no me equivoco si el código penal o la ley cambian para este caso que si se produjese tras el cambio de la ley y ya no fuese culpable nadie por ayudar a morir a alguien de eutonasia me da que quedaría libre de culpa, es como si te detienen por traficar por marihuana, y de repente se legaliza la marihuana, el traficante creo que quedaría libre, si no me quivoco ya pasó en el pasado con los que no querían hacer la mili cuando la hicieron no obligatoria se libraron de sus penas de carcel
#13 Nunca se va a legalizar que alguien en su casa y por su cuenta decida aplicar (y aplique) la eutanasia. Con la nueva ley lo que ha hecho este hombre seguirá siendo delito.
Puede estar tranquilo, porque aunque acabara en condena, sería indulto inmediato. Lo triste es que haya gente que después de que le obligaran a hacer algo tan trágico, todavía quieran castigarle.
Como ha de ser. Y una vez entre en vigor la despenalización del suicidio asistido, se archivarán los autos del procedimiento, en virtud de la retroactividad penal en situaciones favorables.
#3 ¿Y también va a cumplir retroactivamente los requisitos? Porque lo poco que he leído, conseguir que te autoricen la eutanasia va a ser complicado de cojones.
Por cierto, no. No es "como ha de ser". Manda cojones que estén juzgando por violencia de género a este SEÑOR con mayúsculas.
#6 Está bien juzgado por violencia de género. El problema es que la ley de violencia de género es injusta.
A los jueces les corresponde aplicar la ley, no redactarlas.
#19 Es como cuando los jueces franquistas juzgaban por "auxilio a la rebelión" o "conspiración para la rebelión" a los que lucharon durante la guerra civil a favor del bando republicano, que era el legal en ese momento. Como si Tejero hubiera conseguido vencer con el golpe de Estado, que era rebelión, y juzgase por rebelión a los que intentaron frenarle por su rebelión.
¿Estaba bien juzgado un republicano por eso, incluso extendiéndolo a aquellos que tuvieron cargos en la República antes incluso del levantamiento militar? Sí, porque la Ley de Responsabilidades Políticas incluía con brocha gorda toda esa responsabilidad penal con esos tipos penales. Lo absurdo era la ley, no que un juez la aplicase según su contenido.
#19 si estamos aquí es en gran medida por los jueces, en particular por los del constitucional que ratificaron esta barbaridad porque les faltaron huevos para dar la cara. Porque su imagen pública de jueces modernos y feministas era más importante que la justicia. No les quitemos la responsabilidad que tienen.
Sin esos jueces este caso sería distinto porque este señor podría demostrar que no la mató por ser mujer.
#3#6#7#23 Efectivamente, ha sido un penoso error mío. La proposición de ley del grupo parlamentario socialista solo despenaliza el suicidio asisitido cuando es realizado por sanitarios siguiendo el procedimiento administrativo regulado, nunca en el ámbito familiar.
En mi descargo diré que una de las proposiciones de ley anteriores si despenalizaba esta conducta cuando se llevaba a cabo por familiares, pero eso no hace mi comentario menos desafortunado.
#6 Le están juzgando por violencia de género, porque tenemos unas leyes que son una chapuza. Una ley apoyada por los mismos que defienden a este señor.
Comentarios
#4 Puede que moralmente no sea culpable, pero penalmente sí lo es. Espero que su inteligencia sea mayor que su orgullo. Y si no es así, mejor que tenga un buen abogado. Por casos como el suyo se ha regulado la eutanasia, no tiene ninguna necesidad de convertirse en un mártir.
#14 Para casos como este existen los indultos
#1 #2 #4 #18 Este tío es un activista sindical, por eso los medios afines le protegen, si fueran de derecha estarían pidiendo su cabeza.
#18 no creo que sea un caso para indulto, otra cosa es que la ley sea de vergüenza
#14 Realmente al cambiar la legislación como mínimo le sirve de atenuante ya que se despenaliza la eutanasia como tal
#21 Con la ley actual lo que él hizo sigue siendo un delito. ¿O va a cumplir los requisitos para la eutanasia con carácter retroactivo?
Por cierto, mi comentario #17 era para ti, pero no se marcó.
#25 Al despenalizarse tienes que adaptar el supuesto delita a la nueva situación y es posible que su pena, como mínimo, se vea rebajada porque se despenaliza la eutanasia como tal, es algo complejo pero me apuesto que no es lo mismo juzgarlo con la nueva situación y la pena será distinta, si es que la hay
Y sí, cuando cambias una ley si es para despenalizar algo (es decir para beneficiar al penado o juzgado) se convierte en retroactiva
#27 Lo que entiendo que se refiere #25 es que la ley no sólo despenaliza la eutanasia, sino que la regula. No la puede aplicar cualquiera, hay unos requisitos, etc.
No es como si estuviera penado el consumo de drogas, consumes y te enjuician, luego despenalizan el consumo. Ahí sí equivaldría tal cual el acto despenalizado y el acto ex delictivo.
No sé si aun así se podrá tener en cuenta, aunque no sirva para exonerarlo, pero sí para una rebaja de la pena (hizo lo que hizo porque no tenía forma legal y regulada de hacerlo, cosa que ahora sí habría podido hacer).
Pero vaya, con todas las pruebas del deseo de la persona de poner fin a su vida, y siendo además una situación muy especial e irreversible (no era producto simplemente de una depresión que pueda ser tratable, sino por una enfermedad incapacitante e irreversible), todo lo que no sea absolución no tendría mucho sentido en ningún caso.
#34 La nueva ley establece lo que es considerado legalmente una eutanasia (condiciones, requisitos...) Para la ley, cualquier muerte causada fuera de eso no sería una eutanasia, sería un delito.
Mucho me temo que a este hombre le caerá una condena. Es lo que le toca con la ley en la mano. Porque ésta no recoge la absolución, ni se considera atenuante, el matar a alguien porque te lo ha suplicado.
#68 Go to #57
#27 Pero es que incluso con la nueva ley lo que hizo es homicidio
#35 No, no lo es, se le acusa de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, de homicidio NONES y lo trae la propia noticia
#49 ¿El parentesco no suele ser un agravante?
#69 lee la noticia, lo dice claramente, en este caso es atenuante
#27 Se supone que las leyes no pueden tener carácter retroactivo.
#42 Las leyes penales son retroactivas si favorecen al reo.
#45 #50 Nunca te acostarás sin saber algo nuevo, gracias.
#42 Sí, si es para beneficio del penado o juzgado, sí (si fuera al revés, no)
Y como he dicho antes está acusado de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, 6 meses de cárcel le piden, vamos que ni va a entrar ya con la ley anterior
#27 A ver, vamos a ver. Lo que él hizo NO se considera eutanasia, ni con la antigua ley porque no existía esa figura legal, ni con la nueva porque no cumple las condiciones para serlo. En ningún momento se ha despenalizado el hecho de matar a alguien para evitarle un sufrimiento innecesario, que fue lo que él hizo, sino el hacerlo bajo unas determinadas condiciones y cumpliendo unos requisitos que, por motivos obvios, no se dieron en su caso. No se puede beneficiar de la retroactividad de las leyes favorables al reo, porque su conducta sigue estando penada. Si no lo estuviera ni siquiera le abrirían ya un proceso penal.
Con la ley en la mano, cometió un homicidio, le juzgarán como tal y le aplicarán la pena que establezca la ley por el homicidio. Si el juez no le condena siendo un caso evidente de homicidio estaría prevaricando.
#43 No me has entendido, yo no hablo de que actualmente siga penada, no obstante puede servir de eximente o de atenuante porque puede ser algo a lo que tuvo que recurrir por no existir la actual ley, ya te digo que su defensa tirará por ahí, aunque claro, es lo que he comentado antes, es complejo y eso de que sea homicidio no lo tengo tan claro tampoco, ni con la actual ley ni con la anterior, de mano la fiscalía pide 6 meses de prisión, como comprenderás esa pena no se asigna siquiera ni por homicidio imprudente que son 2 años, leete la noticia por favor porque es claro, no es por homicidio, se le acusa de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, lo de homicidio te lo estás inventando
#47 Es cierto que el tipo penal es por cooperación al suicidio, mea culpa. Sustituye eso donde puse homicidio que el resto de mi comentario sigue siendo válido.
#25 de hecho es el único caso en el que una ley se puede aplicar con efecto retroactivo
#28 Así es.
#14 tenemos leyes medievales, igual lo queman en la hoguera con todas las de la ley cumpliendo con un estado de derecho con un derecho deforme
#62 Pues tú pensarás que tenemos leyes medievales, pero en realidad nuestro Derecho es muy garantista si lo comparamos con la Edad Media.
#62 No. Bobadas.
#14 Si la ley de eutanasia sale adelante se podrá acoger a ella. La retroactividad de las leyes si aplica cuando es a favor del acusado.
#14 es terrorífica una justicia que puede condenar a un hombre que no es moralmente culpable
#14 Penalmente depende. Si una persona como Ramón Sampedro, con una enfermedad irreversible y sin posibilidad de cambios, pide morir como él lo pidió y el delito es dejarle un vaso con una pajita con el veneno para que él solo se lo tome, al final es la persona misma la que se quita la vida, es un suicidio. Tú solo le estás ayudando porque materialmente a esa persona le es imposible prepararse el veneno, pero al final, quien toma ese líquido es la persona que quiere la eutanasia. Supongo que con Ángel sería una historia parecida, no que cogiera a su mujer y la estrangulara para que dejara de respirar.
#74 Por eso le acusan de asistencia al suicidio y no de homicidio. Ayudar a alguien a suicidarse es un delito en España.
Pues es el resultado de aplicar fielmente su ideología, según las sagradas escrituras del feminismo hegemónico es la explicación única y universal: "Tras la violencia de género siempre hay una relación desigual de poder y control del hombre sobre la mujer. No busques otras causas ajenas que intenten explicar o justificar la agresión o el crimen".
#8 Efectivamente, este señor es la viva imagen del patriarcado tras cometer feminicidio.
#8 Si es manifestación de otras causas entonces no es violencia de género.
Ni leerte el artículo 1 de la ley...
Para estos casos está la figura del indulto. Lo que no se puede hacer es no juzgar unos hechos constitutivos de delito, pero una vez dictada sentencia debería ser indultado.
#2 Ayer mismo salió en una entrevista que le hicieron en "El Intermedio" diciendo que no aceptaría el indulto porque opina que no es culpable. Solo concibe la absolución.
#4 Estoy de acuerdo con este señor y todo mi apoyo. Aceptar el indulto conlleva aceptar la culpabilidad por una ley que considera injusta.
Es diferente un indulto que una revisión de condena con acción de nulidad, que es técnicamente decir "fui condenado pero yo no soy culpable". El indulto es "fui condenado y, por discreción del Presidente del Gobierno, ya no piso la cárcel"
Es igual que aquellos que fueron condenados por tribunales franquistas y piden ahora tras décadas la nulidad de la sentencia (un acto símbolico). No piden un indulto símbolico. Piden la nulidad de una sentencia firme.
En cualquier caso, estoy seguro que la sentencia será la menor que pueda poner un juez pero evidentemente este señor quiere dar ejemplo.
#20 Si no aceptas la culpabilidad por una ley que consideras injusta, tienes que cumplir la pena.
#20 #46 #30 #38 Vamos a ver, por favor, leeros la noticia, se le acusa de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco y la fiscalía le pide 6 meses de cárcel, vamos que ni entra en el talego con la legislación anterior, ya no vamos a hablar que le sirve de eximente o atenuante el cambio a la nueva ley ya que tuvo que recurrir a ello por no existir una ley que aplica ahora y sí, las leyes si benefician al reo son RETROACTIVAS.
Vamos que de mano ni necesita indulto alguno y segundo que es muy probable que ni sea siquiera penado dadas las circunstancias
#59 No descartes tan rápido que no nos hayamos leido la noticia, que por otra parte no aporta apenas información sobre la futura ley ( que no presente ya que aún no está en vigor)
Una cosa es entrar en la cárcel y otra muy diferente es ser condenado que es de lo que se hablaba.
La ley no le puede servir de atenuante ni eximente si no modifica el código penal.
y lo mas importante.
La única modificación que hace la futura ley del código penal, se encuentra en su disposición adicional que es la que despenaliza la conducta concreta y que reza textualmente
Se modifica el apartado 4 del artículo 143 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del
Código Penal, que tendrá la siguiente redacción:
«4. No será punible la conducta del médico o médica que con actos necesarios y directos
causare o cooperare a la muerte de una persona, cuando esta sufra una enfermedad grave e
incurable o enfermedad grave, crónica e invalidante, en los términos establecidos en la normativa
sanitaria.»
Fuente:
https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/B/BOCG-14-B-46-1.PDF
Asumo que este señor no es médico ( por no hablar de que no cumple los restantes requisitos que la ley impone)
Así que este señor en ningún caso se puede ver beneficiado por esta reforma legal, no siendo que la cámara alta la modifique sustancialmente.
#4 es carne de indulto ideológico y lo sabe
#4 es culpable porque la ley no le amparaba por mucha moral que tuviera y debería aceptar el indulto pensando que abrió camino y que gracias a gente como el una mayoría ha aprobado lo que tenemos hoy, los héroes normalmente no llevan capa
#4 Total para lo que le caería igualmente ni entraría a la cárcel, se le acusa de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, la fiscalía le pide 6 meses de cárcel. Vamos que ni entra al talego y menos con la situación actual que se lo aplicará como atenuante (sí cuando las leyes cambian y son para beneficio de los juzgados o penados es retroactiva)
#2 Tu lo ha dicho muy bien. de hecho el indulto lo propone el juez al dictar la sentencia..
#2 La figura del indulto debe desaparecer. Es una intromisión del poder ejecutivo en el judicial y por eso se acaba indultando a los amigos: corruptos, torturadores y demás.
Para estos casos se debe modificar la ley y aplicar la nueva de manera retroactiva.
#24 es imposible legislar sobre todas las situaciones posibles del universo. El indulto es una figura necesaria que podría prestarse a abusos.
#29 El indulto es una figura pensada para el abuso.
#24 El problema es que en este caso con la ley actual este hombre sigue siendo culpable de homicidio porque no cumple las condiciones de la eutanasia.
Las nuevas leyes se aplican siempre con carácter retroactivo si benefician al reo. Los indultos sirven, precisamente, para casos como éste en los que la aplicación de la Justicia da un resultado que, por las circunstancias particulares, se considera manifiestamente injusto. El problema es cuando de desvirtúan y se abusa de ellos.
#31 El problema es que en este caso con la ley actual este hombre sigue siendo culpable de homicidio porque no cumple las condiciones de la eutanasia.
Entonces habría que cambiar la ley de nuevo si se considera que un acto como este no puede ser delictivo.
Las nuevas leyes se aplican siempre con carácter retroactivo si benefician al reo.
Por eso pueden hacer la función del indulto sin subvertir el Estado de derecho.
Los indultos sirven, precisamente, para casos como éste en los que la aplicación de la Justicia da un resultado que, por las circunstancias particulares, se considera manifiestamente injusto.
¿Y cómo puede ser que haya un caso que acaba en condena manifiestamente injusta y la ley sea correcta? Los indultos no deben servir para corregir casos como éste, sino que casos como éste deben servir para corregir la ley.
El problema es cuando de desvirtúan y se abusa de ellos.
El indulto es una intromisión del poder ejecutivo en el judicial. El abuso es su razón de ser. ¿Cómo puede uno basar un Estado de derecho en la separación de poderes y luego incluir una figura como el indulto? Es carente de toda lógica.
#31 Por favor a ver si os leeis la noticia, está acusado de un delito de cooperación al suicidio con las atenuantes de confesión y parentesco, que son 6 meses de cárcel, no de homicidio
cc #39
#2 este juicio va a ser el que muestres las verguenzas de dicha ley
#2 El dijo ayer qué no pedirá indulto pues no hizo nada mal,... y tiene razón.
Sin radicalismos provida a toda costa. A pesar de que la vida de quien sea no sea una "vida" propiamente dicha sino un suplicio, la eutanasia no deja de ser un debate muy complejo, con muchos puntos de vista, teniendo todos que ser considerados. He aquí un ejemplo claro:
¿Se puede considerar a este hombre un asesino por ayudar a su mujer a librarse de una situación "poco afortunada", por decirlo de una forma suave? El pobre estuvo ayudándola hasta sus últimos momentos, incluso arriesgándose a ser encarcelado por ayudarla en su última voluntad; nunca mejor dicho. Sería una injusticia que la nueva ley ha solucionado.
Por otro lado, ¿se puede considerar a este hombre como una persona que hizo una buena acción, a pesar de que su "ayuda" también le sirvió a él para librarse de seguir teniendo que ayudar a su mujer en todo? No dudo que amase a su mujer y le ayudase en todo hasta el infinito, pero recuerdo que hay que considerar todas las posibilidades, porque ¿quién dice que su mujer no fue inducida a pedir la eutanasia como forma de librarse de su padecimiento (y de camino librar al marido)? Sé que suena duro, pero extrapolando, igualmente es una carga de la que se libra el estado, quitándose a alguien al que mantener...
No estoy en contra de la eutanasia, sí en contra de la eutanasia como salida fácil. Porque corremos el peligro de que la vida sea infravalorada al punto de que quien no sea "útil" comience a ser prescindible y/o eliminable. Aunque entiendo el porqué, en el fondo no comprendo los aplausos que ayer proliferaban entre la izquierda; pues se acepte o no, cuando una persona se siente tan incapacitada que decide pedir su eliminación, es una derrota de toda la sociedad que no ha sabido prestarle el suficiente apoyo.
Hay mas matices a considerar, pero creo que estos son los más importantes. En cuanto a la ley, mientras siempre se vele por una voluntad segura de la persona a la que se da muerte, incluso entiendo que se acepte tal suicidio bajo el amparo de la ley. Pero entonces surge una pregunta, ¿por qué no se acepta el derecho al suicidio del resto de personas? Porque si mañana yo quisiera suicidarme y errase en el intento, seguro que al día siguiente se me pondría un tratamiento en lugar de tratar de darme los medios correctos para un suicidio bien ejecutado... ¿Cuál es la diferencia entonces?
#9 Cuando alguien pide eutanasia no es una derrota de la sociedad por no apoyarle.
Es una derrota ante la enfermedad, la biología, como mucho una derrota médica
Yo no quiero que me cuiden, yo quiero no tener dolores y curarme. Si esto no es posible, no quiero alargar mi sufrimiento
La pena que pide el fiscal es de 6 meses, inferior a 2 años. A criterio del juez queda si entra en prisión o no en caso de ser culpable.
La Ley hay que aplicarla, y si es la LIVG, pues la LIVG. Y recordar que si hubiera sido la mujer quien hubiera asistido al marido, no habría consideración alguna de VdG.
#44 Repitan conmigo:
La ley es igual para todos.
#51 ¡Disidente!
#11 Los indultos generales (del ejecutivo) sí, las amnistías (del legislativo) no.
Los atenuantes están indicados en el Código Penal, no es un criterio subjetivo del juez. En este caso, lo más razonable es que el juez, después de condenarle a lo que marque la ley, recomiende su indulto.
No me parece ser de recibo.
Recomendable ver: No conoces a Jack.
https://www.filmaffinity.com/es/film845296.html
#37 Efectivamente, lo absurdo es la ley no el juez. El juez no puede hacer otra cosa que juzgar en base a la ley.
#48 Te doy la razón. Pero es que el sistema judicial tal y como lo tenemos montado en España no es demasiado independiente del poder legislativo. Y ahí es donde está la base del problema.
El hecho de que haya jueces "progresistas" y jueves "conservadores" es una aberración. Los pongo entre comillas porque es un modo de llamar a los jueces que designa uno u otro partido político.
#85
Te has perdido en el ejemplo.
#16 Depende de cómo haya sido redactada la condena.
Sólo sería atenuante si la nueva ley despenaliza partes delictivas expresamente mencionadas en dicha condena.
Si tu no te presentaste a hacer la mili y quedó reflejado que era una simple deserción no te podían aplicar la despenalización por objeción de conciencia.
Obviamente este no va a ser el caso porque es difícil que se modifique el proyecto de ley (El paso del Senado es un mero trámite por la mayoría existente) y la defensa va a jugar con el texto.
#61 Los objetores de conciencia no iban a la cárcel,los que iban eran los que no objetaban conciencia y eran simples rebeldes, y esos también se libraron
#81 Díselo a Pepe Beunza y los testigos de Jehová que iniciaron todo eso.
Pero no nos liemos en el ejemplo, ya me he explicado por dónde va la cosa.
#82 Estás hablando de un tio que se hizo objetor en 1960?¿ sabes cuando se eliminó elm servicio militar obligatorio? en 2001, 41 años más tarde, un poquito de por favor eh? cuando dejó de ser obligatorio a todos los insumisos se les eximió de pagar su condena
Si no me equivoco si el código penal o la ley cambian para este caso que si se produjese tras el cambio de la ley y ya no fuese culpable nadie por ayudar a morir a alguien de eutonasia me da que quedaría libre de culpa, es como si te detienen por traficar por marihuana, y de repente se legaliza la marihuana, el traficante creo que quedaría libre, si no me quivoco ya pasó en el pasado con los que no querían hacer la mili cuando la hicieron no obligatoria se libraron de sus penas de carcel
#13 Nunca se va a legalizar que alguien en su casa y por su cuenta decida aplicar (y aplique) la eutanasia. Con la nueva ley lo que ha hecho este hombre seguirá siendo delito.
#15 Pero será un atenuante como mínimo
#15 pero es que seguramente con la nueva ley éste hombre no habría hecho lo que hizo, porque ya habría alternativas
#77 Seguro, pero eso no vale para pedir la aplicación retroactiva de la nueva ley.
Puede estar tranquilo, porque aunque acabara en condena, sería indulto inmediato. Lo triste es que haya gente que después de que le obligaran a hacer algo tan trágico, todavía quieran castigarle.
Como ha de ser. Y una vez entre en vigor la despenalización del suicidio asistido, se archivarán los autos del procedimiento, en virtud de la retroactividad penal en situaciones favorables.
#3 ¿Y también va a cumplir retroactivamente los requisitos? Porque lo poco que he leído, conseguir que te autoricen la eutanasia va a ser complicado de cojones.
Por cierto, no. No es "como ha de ser". Manda cojones que estén juzgando por violencia de género a este SEÑOR con mayúsculas.
#6 Está bien juzgado por violencia de género. El problema es que la ley de violencia de género es injusta.
A los jueces les corresponde aplicar la ley, no redactarlas.
#19 Es como cuando los jueces franquistas juzgaban por "auxilio a la rebelión" o "conspiración para la rebelión" a los que lucharon durante la guerra civil a favor del bando republicano, que era el legal en ese momento. Como si Tejero hubiera conseguido vencer con el golpe de Estado, que era rebelión, y juzgase por rebelión a los que intentaron frenarle por su rebelión.
¿Estaba bien juzgado un republicano por eso, incluso extendiéndolo a aquellos que tuvieron cargos en la República antes incluso del levantamiento militar? Sí, porque la Ley de Responsabilidades Políticas incluía con brocha gorda toda esa responsabilidad penal con esos tipos penales. Lo absurdo era la ley, no que un juez la aplicase según su contenido.
cc #6
#19 si estamos aquí es en gran medida por los jueces, en particular por los del constitucional que ratificaron esta barbaridad porque les faltaron huevos para dar la cara. Porque su imagen pública de jueces modernos y feministas era más importante que la justicia. No les quitemos la responsabilidad que tienen.
Sin esos jueces este caso sería distinto porque este señor podría demostrar que no la mató por ser mujer.
#3 #6 #7 #23 Efectivamente, ha sido un penoso error mío. La proposición de ley del grupo parlamentario socialista solo despenaliza el suicidio asisitido cuando es realizado por sanitarios siguiendo el procedimiento administrativo regulado, nunca en el ámbito familiar.
En mi descargo diré que una de las proposiciones de ley anteriores si despenalizaba esta conducta cuando se llevaba a cabo por familiares, pero eso no hace mi comentario menos desafortunado.
#6 Le están juzgando por violencia de género, porque tenemos unas leyes que son una chapuza. Una ley apoyada por los mismos que defienden a este señor.
#3 No, porque sigue siendo ilegal lo que él ha hecho. La ley tendría que haber incluido una amnistía para casos como el suyo.
#7 sin quitar razón a lo que dices, cosa con la que estoy de acuerdo, los indultos generales están prohibidos por la Constitución.
#7 la amnistía se creó para los torturadores franquistas, no para estos casos. Que hay que decirlo todo...
#3 No. Hay que juzgarle con las leyes en vigor cuando cometió el delito, incluso con la nueva ley sería un delito lo que hizo.
¿pero va por violencia de género o al ser una campaña propagandística la encauzan de otra forma?
Tanto hijo de puta ladrón suelto y con la cabeza bien alta por efecto de la ley y está situación no hace más que evidenciar la farsa de la justicia.