Hace 14 años | Por --119912-- a elpais.com
Publicado hace 14 años por --119912-- a elpais.com

Las demandas contra el canon, las defensas de Pablo Soto, creador del programa Manolito P2P, Sharemula y del bar LaDinamo, que terminó en la primera sentencia mundial favorable al copyleft, entre otras, han pasado por sus manos. Javier de la Cueva es abogado, especializado en Internet y propiedad intelectual. Todo empezó cuando las gestoras de derechos y los fabricantes de aparatos electrónicos pactaron gravar con un canon "el papel del siglo XXI": los soportes de almacenamiento digital, como los CD.

Comentarios

SiCk

#10 ¿Pero que difunde? Lo que difunde tampoco es delito por lo que ha dicho #1 #2 y #4. Están entrando en un terreno muy escabroso, ambiguo y que depende mucho de tener un conocimiento concreto del funcionamiento técnico del P2P, HTTP, leyes, etc, buscándose escusas muy estúpidas por mantener sus beneficios tan altos como siempre.

C

Quiero dar mi punto de vista, aún a riesgo de malinterpretarse. Lo de la "Comisión" no creo que sea justo ni debería llevarse a cabo. Pero, comentarios como #1 y #4 me parecen un poco... querer "autoengañarse" o autojustificarse. No lo digo con ánimo de ofender, pero seamos coherentes, precisamente, un enlace "es una manera de obtener algo", bien sea un archivo de música, una película, una foto, otra página, etc... Lo pongamos como lo pongamos, cuando se publica un enlace "esté donde esté" el recurso, lo estamos compartiendo, y difundiendo, el que cuelga el enlace no lo difunde en sentido literal (él no lo tiene en su propio servidor), pero pone a disposición de los demás la forma de obtener dicho recurso.

O

#40 Tú lo has dicho. Es la manera de obtener.

Ains, para que todo el mundo lo entienda.

¿Es delito señalar con el dedo un libro fotocopiado?

Cuando eso sea delito en España, apaga y vamonos.

cyberdemon

#41 Pues ve haciendo las maletas

C

#41, si te entiendo perfectamente, pero con "señalar con el dedo no puedes coger el libro" ni aunque estuviera en formato digital, pero, con un enlace sí que puedes obtener la película o lo que sea, con tan solo "clicar" en él. Yo lo veo una forma de difundir el recurso. Es más, lo ilustro de una forma muy simple: ¿qué significa URL? Uniform Resource Locator, cuando le ponemos la URL en el browser, lo que está haciendo es conectarse al servidor y copiarse el contenido HTML, o lo que venga en el enlace.
Lo único que digo es que la analogía con el MundoReal no me parece apropiada como una defensa de nuestros derechos, la verdad.

O

#49 "con un enlace sí que puedes obtener la película o lo que sea".

Que si, que si... pero el que te da el enlace no te da la película. Te la da con el que te conectas con el eMule y la recibe quién se conecta.

Esta noticia o meneo no habla de si es legal o no bajarse cosas (que lo es siempre que no comercies con él). El meneo se refiere a los enlaces.

Única y exclusivamente a los enlaces.

¿Los autores son también propietarios de todo lo que apunte a sus obras? ¿Los periódicos tienen que pagar un canon por publicar la cartelera, donde cada uno puede ir con su cámara a grabar una peli? ¿O cerrarán estos diarios?

Más y más paradojas estúpidas por una ley estúpida.

Os juro que esta ley parece hecha por los Hermanos Marx.

C

Vale, #54, no voy a repetirme más, pero el hilo es muy fino en: "el que te da el enlace no te da la película". Sí, técnicamente hablando es cierto, no te la sirve esa persona por sus propios medios (en la mayoría de los casos) pero de forma indirecta la está haciendo pública, es decir, el "yo la pongo en tal sitio, se lo digo a todo el mundo y el que la quiera que la coja" no sabría decirte en qué punto se convierte en legal/ilegal. Como digo, lo veo rozando el límite.

Falc

#55, pues los jueces lo dicen claramente.
- Las webs de enlaces con publicidad no incurren en delito alguno porque no almacenan la obra ni la comunican públicamente.
- Las personas que ponen a disposición esa obra y obtienen un lucro directo de ella, sí incurren en un delito.

C

#56, exacto. Afortunadamente, los jueces no tienen la misma duda que tengo yo, al menos por ahora. Pero no puedo evitar pensar eso al intentar plantear las cosas de una forma más imparcial.

D

#1: Bueno, si has transferido 30 megas de un fichero avi si que has pasado "trozos" de video con copyright

light

#1 o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio

Tanto si tiene sentido lo que estás distribuyendo, como si no, no deja de ser parte de un todo.

Si distribuyes esa parte a alguien que tiene todo el fichero menos ese trozo, estás distribuyendo una parte de la obra a alguien que sí tiene todos los medios necesarios, para decodificar esa parte de la obra.

Falc

#52, lo que la Ley de Propiedad Intelectual entiende por "comunicación pública":
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/reals/Lpi.html#a020

D

#1 ¿Enviar un libro por correo página a página tampoco sería infringir los derechos de autor?
Básicamente es lo mismo.

Mira que estoy a favor de las descargas, descargo como el que más o quizá más, pero veo DE LUJO que no se permita a alguien VIVIR del trabajo de otros.

c

#59 Pues hay tela de gente que son muy millonarios en euros, a costa del trabajo de otros.

Los políticos (y son muchos)viven como reyes a costa de nuestros impuestos.
Lo artistas ganan por dos horas de trabajo encima de un escenario lo que ganamos los trabajadores en dos años. Y aún así fijate la que lían porque no tienen bastante y dicen que "se mueren de hambre" (sic), con nuestras descargas.
De los futbolistas para qué hablar; de los actores pa qué te cuento; de los banqueros mejor ni hablamos; de los ejecutivos que vamos a decir; de tanto político corrupto que ha robado miles de millones, y que no devuelven ni a tiros, pa qué contarte... ¡Y tantos tantísimos que están llenando sus cuentas de billetes, mientras nosotros nos conformamos con los mil euritos al mes. Eso el que es un "suertudo".
Toda esta gente que menciono anteriormente, no sabe contar, como nosotros de euro en euro, cuenta a partir de cientos de miles.

¿A costá de quién ganan tantísimo? A costa nuestra. Porque el dinero sale de nuestros bolsillos, de nuestros impuestos, de lo que pagamos por el ocio, y hasta casi por respirar nos hacen pagar ya...
Y encima los artistas y sus defensores, salen indignados a la calle, diciendo que nosotros somos los ladrones, porque nos sentamos delante del pc a descargar una peli, porque estamos hartos de vomitar por la mierda que nos ponen en la tele.

¡Ya está bien de tanta presión! ¡Que nos quiten el pie del cuello que ya estamos un poco hartos!

D

#60 Y en cualquier noticia que trate al respecto, me quejaré. Una cosa no quita la otra.

Ann

#1 "Voy más lejos. Almacenas contenidos, pero realmente no intercambias completamente dichos contenidos con nadie, salvo que te conectaras directamente y le pasaras completo ese archivo digital, sólo intercambias unos pocos cientos de bytes, sin sentido por sí sólos, por tanto realmente nunca has transmitido completo dicho contenido a nadie. "
----------------------
RES:
y yo, voy y digo: Voy más lejos. Almacenas balas, pero realmente no disparas completamente dichas balas a nadie, salvo que apretaras el gatillo y dispararas tú mismo, sólo almacenas polvora y plomo, sin sentido por sí sólos, por tanto realmente nunca has disparado a nadie.

O sea: acabas de aprobar la posesion de armas. ¿Por que es ilegal poseer armas en España?. Es un absurdo?????.

D

Hombre, difundir si que difunde.

Difundir (de la RAE): Propagar o divulgar conocimientos, noticias, actitudes, costumbres, modas, etc.

Me parece que claramente un enlace 'divulga conocimiento', en concreto de donde se puede bajar algo.

Ojo, que no estoy a favor de prohibir esto, pero las cosas son como son. Una web con enlaces claramente si que difunde.

O

#11 Lo has clavado. He ahí el quid de la cuestión. No se difunde la obra. Lo que difundes es DONDE está la obra.

Es también metainformación. Mola decir "metainformación", te hace sentir más listo y cool. Además son de esas palabras en las que no tienes muchas oportunidades en la vida de decirla lol

tchaikovsky

#10 Eso venía yo a decir.
#11 Son ganas de tocar las pelotas, ese tipo de argumentos intentan justificar cosas imposibles.

No estoy defendiendo nada con este comentario, sólo valoro el tuyo.

Falc

#62, tú lo llamas "argumento que intenta justificar cosas imposibles", la LPI lo llama "Artículo 20. Comunicación pública". Para más información puedes echarle un vistazo al comentario #50.

Eso sí, no sé hasta qué punto explicar lo que dice la ley es "tener ganas de tocar las pelotas", pero te aseguro que esa nunca ha sido mi intención, vaya.

D

#10: Difunde el que está mandando el archivo a otro, esto es, un usuario de P2P a otro, o la web de rapidshare al usuario, pero un enlace no está propagando ningún contenido con Copyright.

Para que me entiendas, si quieres mandar una carta a X dirección de correos, y yo te digo mi dirección, quienes difunden la carta son el cartero y tú, no yo por darte X dirección.

deepster

#14 Estoy seguro de que piensas que no se cerraría google, no por motivos legales, sino por su tamaño. Es decir que insinúas que se aplicaría la ley en función de la importancia/tamaño/poder económico de la empresa en cuestión.

Si no es así, aclaraló.

#10 es como si tú le dices a alguien dónde está una biblioteca, no difundes la obra pero sí su localización.

H

#24 ¿Hola?

Si pillan a un narcotraficante con una lista con los nombres y números de teléfono de sus clientes cuenta como prueba en el juicio.

Pero, obviamente, no acusan de narcotráfico a la compañía que imprime los listines telefónicos donde aparecen esos mismos nombres y teléfonos (entre otros muchos)

PD: obviamente no estoy comparando el P2P con el narcotráfico. Y es muy triste que tenga que andar haciendo esta aclaración, pero siempre sale alguno...

D

#29: Si infringes una ley da igual el número de veces que lo hagas, o el porcentaje de veces que lo hagas con respecto al que no. ¿quieres que un enlace a un torrent de una obra con copyright sea legal o no? Pues atente a las consecuencias, como que google sea ilegal al enlazar a 9 millones de torrents (busca "filetype:torrent").

No vale luego decir: ¡no señor juez, si yo el 99.9% de las veces que hablo con la gente no la estrangulo!

Findeton

#29:
"¿Hola?
Si pillan a un narcotraficante con una lista con los nombres y números de teléfono de sus clientes cuenta como prueba en el juicio. "

Con la diferencia de que lo que están ilegalizando aquí es precisamente la lista de nombres y números de teléfono (es decir, los enlaces), y no la droja, amiguito mio. Tu argumento no se sostiene.

H

#33 ¿Sueles votar negativo a la gente con la que no estás de acuerdo? Curiosidad, y tal...

D

#29, A ver, mi pequeño padawan... ¿De donde has sacado que si encuentran una lista de números de telefonos a un narcotraticante, eso cuenta como prueba en un juicio?

Solamente para empezar, deberiamos distinguir el "nivel" del narcotraficante, porque si se dedica al menudeo, en España el consumo no está penado, por lo tanto sus "clientes" no cometen ningún delito. Si se dedica al tráfico a gran escala (proveer a otros narcos), que si cometerían un delito, entonces gracias a esa lista se podría iniciar o continuar una investigación, incluso escuchas telefónicas, pero jamás serían prueba de un delito.

Por no hablar del hecho que en españa, el intercambio de material protegido por derechos de autor, si este no tiene animo de lucro, es legal. Que a veces hace falta recordarlo.

deepster

#29 mira es un alivio porque acabas de dar con la solución. No se va a cerrar ninguna web, basta con incluir enlaces a cualquier cosa para que tu web pase a ser de propósito general. Así aunque incluyas enlaces a contenidos con derecho de autor como tienes otros, ya no eres solo una web con enlaces a contenidos.

Espero que entiendas lo absurdo de tu argumento.

D

Muy bueno.
El indice de un libro es un enlace al contenido, deberían estar prohibidos.

malacaton

#3 no des ideas, que al final acabarán poniendo una hoja del autor autorizando a la editorial a realizar ahí el índice, sellada (previo pago por parte del autor) por la SGAE para que tenga reconocimiento legal (y no se si además un sello notarial compulsando la firma del autor). Estos sacan ideas de debajo de las piedras... Por cierto, la frase que acabo de decir ¿tiene derechos de autor o es copyleft? Que no quiro meterme en lios a estas alturas...

D

#17: El anteproyecto permite cerrar google. De hecho con una simple búsqueda puedes encontrar 9 millones de torrents en google (basta con buscar en google "filetype:torrent").

z

#17 Aprende a leer.

D

Espero que a detectivelibrero le quede karma como para venir y animar un poco este hilo.

H

"Un enlace no vulnera la propiedad intelectual porque ni copia, ni distribuye, ni difunde"

Os propongo un experimento mental:

Ripead la misma película dos veces, cambiando algún parámetro para que el hash MD5 no sea el mismo.

Dejad ambas pelis compartidas en el mismo ordenador (misma conexión, etc).

Ahora enviad uno de los dos enlaces a las web típicas de ripeos en ed2k.

Esperad un par de semanas.

Comparad la cantidad de fuentes de una y de otra.

Y ahora me repetís eso de que no difunde.

deepster

#47 ¿por qué te empeñas en insistir en que un enlace difunde el contenido? cuando no hay ni una sola sentencia judicial que diga esto mismo (ni por vía penal ni por la civil).

¿Te pasas por el forro todas las sentencias judiciales al respecto?

O

#47 Bien, si difunde, pues prohibamos públicar el hash md5 de los archivos.

Sí eres informático, sabrás de la barbaridad que esto supone.

O prohibir los hash de archivos protegidos? Cuántos S.O. serían ilegales?

nuclear.fallout

¿No deberían cerrar también a las operadoras por proporcionar la posibilidad de acceso a contenido delictivo? ¿Y por trasportar bytes malignos?

¿No deberían cerrar Internet entero y volver a la Edad de Piedra?

L

Lo peor es que se siga llamando un derecho a lo que en realidad es un prohibición, la de que ls demás hagamos copias de un bien, y encima para uso propio. No es como robar limones, es como comprarlos y usar sus semillas para plantar un limonero o venderlas a otros. La llamada "propiedad intelelectual" lo que nos pone son lñimites al uso del bien adquirido.

termopila

Las web con enlace no envian ningun tipo de datos que inflinja derechos de autor, a no ser que tengan registrado el elink...

Falc

#17, lo que compartimos es que es absurda una disposición final que crea una situación así, donde será una comisión y no un juez el que decida este tipo de cosas.

Porque sería más absurdo aún que si alguien lleva a Google España ante la comisión, estos pasen del tema, pero con otra web que "vulnere la propiedad intelectual" de una forma similar, sí se actúe contra ella porque pueda suponerle interesante a la Comisión o al ministerio de Cultura.

Y bueno, lo de los egipcios y Marte es una hipótesis absurda por motivos históricos y tecnológicos, lo de Google España sería una situación que si podría suceder tal y como se pretende legislar.

Ann

LUCRO.

La cuestion definitiva es: LUCRO

Si hay lucro al usar obra protegida es robo, es pirateria.
Si se hace par auso propio, particular, sin distribucion o emision publica, sin n o tener que ser inocente del todo segun los casos, no es delito.

Si un bar usa musica para crear ambiente lo hace para generar lucro; crear clientela que pague copas. Si un local usa musica para crear ambiente deberia pagar a los autores su canon por usar sus obras.

El lucro derivado es la cuestion de fondo. El derecho de los autores es sagrado. Eso de qu eya ganan en los conciertos es una gilipollez suma. Es como decirle a la gente cuanto y donde deben ganar su sueldo. Socialismo estatalista.

p

Todo empezó cuando las gestoras de derechos y los fabricantes de aparatos electrónicos pactaron gravar con un canon "el papel del siglo XXI"

Por la misma regla deberían tener un canon, los folios por ejemplo, porque son el soporte físico donde se "pueden copiar los libros, articulos,...".

Si la sociedad de escritores ¿existe? se pone las pilas, nos van a gravar con un canon, hasta en los puños donde se escriben las "chuletas" para los exámenes.

michelinho80

Un enlace sólo te lleva al lugar donde está el contenido. Si esto es delito, también debe ser delito comentarle a alguien dónde está un puticlub... o llevarle hasta la puerta del mismo.

o

Seamos un poco serio con las comparaciones. Si tú en vez de comprarte un libro te lo descargas en formato PDF sin el consentimiento de una editorial estás consiguiendo material ilícito. Si quieres ese libro lo pagas, porque el que lo ha creado tiene su fuente de distribución y si no te gusta pagar porque su forma de distribución te parece obsoleta busca alternativas.

Muchos para grabar CDs utilizan el programa Nero ¿porqué no se buscan alternativas gratuitas por la web? El problema es que queremos programas de pago porque son mejores, pero no queremos pagar el trabajo que hay detrás. Si la filosofía de la empresa es «paga por usar mi producto» no sé quienes somos nosotros para saltárnosla. Busquemos alternativas cuya filosofía sea más afín a nuestra ideología.

H

#43 Si quieres hablar de legalidad y no de ética, no mezcles libros con software. Se les aplican diferentes legislaciones y las comparaciones te quedan peramanzaniles...

D

Estas discusiones son las que ponen al mismo nivel a la gente que defiende sus libertades, y a la gente que simplemente defienden el no tener que pagar nada por disfrutar de las obras de otros.

Seamos sinceros, si una página contuviera multiples enlaces a contenido pedófilo, más aún si fuera sobre nosotros mismos o sobre nuestros hijos, no lo dirían de la misma manera.

Falc

#45 te invito a adaptar el comentario #38

Quizá la diferencia está en que la grabación y distribución de pornografía infantil, además de algo absolutamente repugnante, es delito, mientras que el intercambio de contenidos sin ánimo de lucro no lo es.

Sería otro dislate comparar el intercambio de contenidos culturales con la grabación y distribución de pornografía infantil. Y esto ya me parece malintencionado. La pornografía infantil es delito, además de algo repugnante (repito), y en esas situaciones incluso se puede encontrar coacción, coerción, secuestro y crimen organizado.

Que #45 diga que "claro, si la web tuviese enlaces a contenido pedófilo seguro que no decíais lo mismo" da a entender que está haciendo una comparación entre pornografía infantil e intercambio de contenido (cultural) sin ánimo de lucro. Efectivamente, si fuese pornografía infantil no diríamos lo mismo.

Eso sí, estaría bien que aclarases algo. ¿Estás insinuando que todo aquel que defiende el intercambio de contenido sin ánimo de lucro está a favor de la despenalización de la pornografía infantil?

H

#46 "Efectivamente, si fuese pornografía infantil no diríamos lo mismo."

Pero es que lo que se discute aquí es si el enlace y el contenido son totalmente ajenos. No la legalidad o ilegalidad del contenido.

Si me dices que ves mal enlazar a una foto de pornografía infantil no hay nada más que rascar. Es obvio que consideras que un enlace no es algo que se pueda ignorar.

Falc

#48, cuando en estos casos se habla de difusión, se hace referencia a la difusión directa de una obra, a la comunicación pública de la misma, no a la difusión como "dar a conocer una obra" o "facilitar el acceso al lugar donde se está realizando esa comunicación".

Cuando se habla de difundir una noticia generalmente se hace referencia a comunicar públicamente su contenido. Por el hecho de poner un enlace tú no estás comunicando públicamente el contenido de una noticia sino que estás señalando a quien está haciendo esa comunicación pública.

Un enlace no reproduce la página enlazada ni hace que el contenido de la página enlazada quede automáticamente almacenado en la página que muestra el enlace. No supone una comunicación pública sino que indica dónde se hace esa comunicación pública.

Incluso el propio Código Penal habla de esto en el artículo 270.1:
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

Indicar donde hay una persona vendiendo o regalando discos copiados (de música) no supone que automáticamente se realice esa copia. Y al final un enlace solo facilita un acceso, por eso los jueces entienden que no hay vulneración de la propiedad intelectual.

o

Sé que me van a llover negativos, pero me da igual.

El hecho de argumentar que poner enlaces no es ilegal es un dislate. De la misma manera que cuando un ladrón a pesar de no intervenir directamente en un atraco, ayuda a que este se lleve a cabo es un cómplice y tiene responsabilidades penales, lo mismo debería pasar con las web que publican enlaces. Tal vez no llegaría a cerrarlas, pero sí les aplicaría sanciones económicas.

Findeton

#36: " De la misma manera que cuando un ladrón a pesar de no intervenir directamente en un atraco, ayuda a que este se lleve a cabo es un cómplice y tiene responsabilidades penales, lo mismo debería pasar con las web que publican enlaces. Tal vez no llegaría a cerrarlas, pero sí les aplicaría sanciones económicas. "

Eso que lo decida un juez, y no una comisión administrativa.

Falc

#36, quizá la diferencia está en que robar es delito, mientras que el intercambio de contenidos sin ánimo de lucro no lo es.

Lo que sería un dislate es seguir comparando a estas alturas el intercambio de contenidos con su robo o hurto.

D

P. ¿Podría suponer el cierre de Google y de otros medios?
R. Así es.

Errónea, claro. Porque no existe "chorrada".

D

#15, #16, o sea, que vosotros compartís que esto puede suponer el cierre de Google. Pues nada, así será.

Si alguien dice que los egipcios visitaron Marte, no es necesario añadir su argumentación para ver que delira; pues lo mismo con esto.

D

#14: Tu cita es incompleta malintencionadamente. La cita completa es:

P. ¿Podría suponer el cierre de Google y de otros medios?

R. Así es. El anteproyecto, de llegar a ley, permitiría el cierre de las páginas que enlazan a sitios de descargas. Pero ¿a cuántos clics de distancia? Facilita tanto las descargas la web de enlaces a archivos P2P como cualquier sitio que enlace a ésta. Como la referencia del anteproyecto es a la propiedad intelectual en general, la mera publicación de una foto o una cita sin permiso de su autor permite el cierre de una web.

D

#14 Bienvenido. Ahora este hilo tendrá decenas de comentarios en lugar de quedarse en menos de 20.

Ferraz

Un miembro de ETA que se dedica a recopilar información sobre paradero, hábitos y lugar de trabajo de un Guardia Civil no vulnera la libertad individual porque no mata, ni hace daño, ni nada.

El ciber-terrorismo y el terrorismo. Tan lejos, tan cerca.

D

#19: Supongo que haces referencia a las discográficas cuando se ponen a recopilar información del paradero, hábitos y lugar de trabajo de los internautas que usan el P2P... (de forma ilegal al invadir su privacidad).

Falc

#19, ¿estás acusando de ciber-terrorismo a aquel que tiene una web con enlaces a contenido o a aquel que tenga un blog donde enlace a webs tipo PirateBay?

D

#19: No, sólo lo intenta, porque no se ha dado cuenta de que lo que está haciendo es defender la privacidad, como en #22 explico lol

D

#19 Un miembro de ETA que se dedica a recopilar información sobre paradero, hábitos y lugar de trabajo de un Guardia Civil no vulnera la libertad individual porque no mata, ni hace daño, ni nada.

El ciber-terrorismo y el terrorismo. Tan lejos, tan cerca.

Háztelo mirar, de verdad.