#6 No tienen nada que hacer, la disposición final primera de la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia los tiene cubiertos:
Se modifica el apartado 4 y se añade un apartado 5 al artículo 143 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en los términos siguientes:
«4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de una persona que sufriera un padecimiento grave, crónico e imposibilitante o una enfermedad grave e incurable, con sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables, por la petición expresa, seria e inequívoca de esta, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los apartados 2 y 3.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no incurrirá en responsabilidad penal quien causare o cooperare activamente a la muerte de otra persona cumpliendo lo establecido en la ley orgánica reguladora de la eutanasia.»
#1 claro, no falta el cortito movido por la envidia. En cualquier país la negociación colectiva de los funcionarios va marcando luego los logros a los que aspiran el resto de trabajadores. Si alguien tiene jornada de 35 horas es más fácil exigirla en el resto de colectivos; si nadie la tiene es más difícil lograr. Para ello, ¿quién mejor que los funcionarios para pelear lo que nadie tiene? A ellos no se les puede despedir a la ligera como represalia o por ponerse en huelga. Así ya luego tú podrás beneficiarte.
Da la impresión de que estás en contra únicamente porque no te la dan a ti. Me gustaría saber si estás sindicado y has mantenido esta discusión en tu sindicato. Allí podrán explicarte muy amablemente lo que te acabo de exponer. Recuerda hacerlo cuando vuelvas por allí.
Estoy radicalmente en contra. Aquí o parimos todos o cagó la burra. No estoy en contra de las 35h si se aprueba para todos. Estoy cansado de estos beneficios que son solo para la trabajadores de la administración.
Pero el rollete de "como no me atrevo a gobernar y hacerlo para todos, lo hago para mí que no se queja nadie".
Si es bueno, es bueno para todos. Y si no lo es, pues no lo es para todos.
Se modifica el apartado 4 y se añade un apartado 5 al artículo 143 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en los términos siguientes:
«4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de una persona que sufriera un padecimiento grave, crónico e imposibilitante o una enfermedad grave e incurable, con sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables, por la petición expresa, seria e inequívoca de esta, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los apartados 2 y 3.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no incurrirá en responsabilidad penal quien causare o cooperare activamente a la muerte de otra persona cumpliendo lo establecido en la ley orgánica reguladora de la eutanasia.»
Da la impresión de que estás en contra únicamente porque no te la dan a ti. Me gustaría saber si estás sindicado y has mantenido esta discusión en tu sindicato. Allí podrán explicarte muy amablemente lo que te acabo de exponer. Recuerda hacerlo cuando vuelvas por allí.
Pero el rollete de "como no me atrevo a gobernar y hacerlo para todos, lo hago para mí que no se queja nadie".
Si es bueno, es bueno para todos. Y si no lo es, pues no lo es para todos.