Porque modificar la constitucion no es como modificar los estatutos de la comunidad de vecinos?
Aqui esta el quid de la cuestion. Modificar la constitucion, sobre todo, lo que es la parte dura, nunca se ha hecho, requiere tal cantidad de tramites y mayorias que si bien lo hacen posible, en la practica es totalmente improbable.
Artículo 167
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a… » ver todo el comentario
Ese video está generado con tanta IA, que es que el que lo ha generado no se ha parado ni a revisar aunque sea el titular.
Típico de lo que está pasando ya. Buscan tendencias y hacen generar vídeos. Y así lanzan 50 vídeos al día en varias cuentas a la espera de que algunos de ellos moneticen.
En ese video no encontraréis más que obviedades recopiladas de fuentes que han metido en una LLM, condensado para un video de más de 10 minutos que es lo que pide YouTube para monetizar, y poco más. Voz clonada y titular que no se han molestado ni en quitar las mayúsculas que generan las IA al crear titulares.
En Madrid no es la Televisión Pública más vista por algo.
Los alemanes, los pioneros, haciendo de mentores a Israel.
Es duplicada: www.meneame.net/story/cuando-enfermar-senal-alarma-hormigas-moribundas
Hay otros como el que tiene un ángel que le ayuda a aparcar, que no dice lo mismo. Que tenemos unos lapsus....
www.meneame.net/story/mujer-muere-tras-precipitarse-desde-decimo-piso-
Aqui esta el quid de la cuestion. Modificar la constitucion, sobre todo, lo que es la parte dura, nunca se ha hecho, requiere tal cantidad de tramites y mayorias que si bien lo hacen posible, en la practica es totalmente improbable.
Artículo 167
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a… » ver todo el comentario
Típico de lo que está pasando ya. Buscan tendencias y hacen generar vídeos. Y así lanzan 50 vídeos al día en varias cuentas a la espera de que algunos de ellos moneticen.
En ese video no encontraréis más que obviedades recopiladas de fuentes que han metido en una LLM, condensado para un video de más de 10 minutos que es lo que pide YouTube para monetizar, y poco más. Voz clonada y titular que no se han molestado ni en quitar las mayúsculas que generan las IA al crear titulares.
Como está cambiando todo!!
www.meneame.net/story/hacienda-eliminara-limite-3-000-euros-cobros-tar