#37 Sí se le permite
Lo que se le dice a las empresas es que si quieren comerciar con USA no pueden hacerlo con Cuba
Y de hecho Cuba y EEUU comercian productos fuera de los límites del embargo
#42 Si pero seguramente las otras le tocará pagar y la de sus abuelos a saber cómo las alquila. Tengo yo un conocido que lleva así una década "alquilando" el bar familiar.
#61 No tengo ahora las tablas. Pero hay que tener en cuenta que nuestra ley de expropiación y el reglamento que lo desarrolla son del 54 y del 56 respectivamente, si mal no recuerdo. Y aunque adaptadas a un régimen democrático, es una anomalía que el procedimiento "excepcional", el de urgencia, sea el que se emplee en el 99'99% de los casos.
#20 Pues tío, si tu estas alquilando una casa y te llegan y le expropian la casa al dueño, tu tienes que buscar otra y pagar la mudanza... lo mínimo sería que te pagaran la mudanza mas compensación por las molestias de buscar otro sitio.
#2 Mas que colapse el estado es que hay personas que van a morir innecesariamente por esta carestía. Es un crimen indiscriminado contra toda una población civil
#45 Apuesto a que como eran sus abuelo, la estaban cobrando un alquiler simbolico de 1€ mensual.
Por eso la indemnizan por lo que queda de contrato que es de 6,5€.
Asi que tenia un la nave "regalada" y ahora tiene que buscarse otra, que como bien dice "no seria lo mismo porque no es de mis abuelos".
#4 Si, yo he votado sensacionalista, no son 6eur, son 37500. Que ademas no es toda la propiedad, solo un trozo. Lo que habría que ver es si con ese dinero da para construir otra nave en otro area de la propiedad.
#20 Eso es lo que dice la ley de expropiaccion, cualquier derecho real, si alquien tubiera una servidumbre de paso por ejemplo y se perdiera tambien, si se tirara una casa para hacer una carretera y alquien esta alquilado, tambien hay que indemnizarlo evidentemente
#28 Eso es ridículo porque no son el hecho causante. Podría darse la ilógica situación que se vieran obligados a pagar más ellos a ella por cese de actividad que lo que le han valorado la parcela.
#20 Si ella tiene un contrato vigente de arrendamiento tiene unos derechos porque hasta que no termine el contrato el propietario no podría echarla. Si la administración quiere echarla tendrá que indemnizarla también para compensarle por ese derecho que pierde.
Lo que se le dice a las empresas es que si quieren comerciar con USA no pueden hacerlo con Cuba
Y de hecho Cuba y EEUU comercian productos fuera de los límites del embargo