El TSJ del País Vasco confirma la improcedencia del despido de una auxiliar administrativa sustituida por un proceso de robotización en mayo 2023. La entidad financiera no probó la reducción real de costes, la menor carga de trabajo ni la reorganización que justificarían el despido objetivo. El art. 52 c) ET exige acreditar el impacto técnico concreto; alegar “eficiencia” o “ahorro” sin datos no basta. Tampoco se acreditó cuántos empleados realizaban tareas similares ni la imposibilidad de recolocar a la trabajadora.
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Y eso es lo que no quieren.
Cosa de los jefes chapuceros y de no tener responsabilidad, a un currito normal lo echarían por cometer estos errores.
www.wolterskluwer.com/es-es/expert-insights/despido-nulo
Y para conseguir que tu despido sea nulo tienes que denunciar y que un juez declare lo declare como tal, lo que puede tardar meses, y hasta ese momento estás… » ver todo el comentario
despidos-laborales.com/como-reclamo-ante-una-violacion-de-derechos-fun
En cualquier caso, decir que pueden echarte por el motivo que quieran es como decir que te pueden asesinar. No, no pueden, otra cosa es que lo hagan y luego haya un procedimiento judicial al respecto aunque tú ya estás jodido.
Y no es lo mismo que lo del asesinato, un asesinato es ilegal siempre, no hace falta un juicio para saberlo, el despido es legal salvo que se demuestre lo contrario y basta con que no denuncies para que se considere legal aunque no lo sea.
Un asesinato es un asesinato cuando en un juicio se prueba que es un asesinato, hasta entonces es una muerte, que puede ser legal o ilegal. Lo mismo que en un despido. Si te encuentran desplomado en tu despacho puede haber sido por un infarto por patologías previas o porque la empresa te ha envenenado. Hasta que haya pruebas, lo único que hay es que te has muerto.
Un asesinato es ilegal siempre, si se sospecha que ha habido asesinato se va a investigar y va a haber juicio (de oficio, el perjudicado no tiene que denunciar, cosa que sí tiene que hacer en el caso del despido), lo único que puede convertir en legal un "asesinato" es demostrar que no ha habido tal asesinato sino otra cosa que no era un asesinato.
Con el despido ocurre al revés: es legal salvo que se demuestre lo contrario y, para empezar, tiene que ser el interesado el que denuncie, sino denuncia es legal y punto.
Limitarse a existir no es hacer uso de tus derechos. Por ejemplo, el derecho a ser negro no existe, no puedes "hacer uso de tu derecho a ser negro", como quien hace uso del derecho a tener vacaciones. Simplemente lo eres.
Y estás poniendo al mismo nivel la protección de los derechos fundamentales y la protección frente a pedir vacaciones. Y es diferente: para el primer caso existe una modalidad específica de procedimiento judicial especialmente garantista y rápida, mientras que para el segundo caso no existe.
"Y no, limitarse a existir no es hacer uso de tus derechos. Por ejemplo, el derecho a ser negro no existe. "
El derecho a a ser negro no existe porque no hace falta,. A no ser discriminado por ser negro (entre otras muchas cosas) sí que existe: artículo 14 de la Constitución Española.
Y si aquí va a ser gordo, la purga entre los que en EEUU se creen clase media va a ser de dimensiones bíblicas.
Es muy lucrativo, además al perro no había que sacarlo a la calle hacer sus necesidades
elpais.com/ccaa/2019/08/07/madrid/1565204837_897664.html