Qué expresiones más bellas del rural (y que son conocidas en pueblos a 1 jornada en burro). Fuera, claro, están los que se ríen (y con razón). Recuerda a cuando el gañán visita la ciudad y casi le da un ictus: m.youtube.com/watch?v=sW5mIhEUNiw
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menéame
El de injurias, incluso, no tiene pena de privación de libertad, solo pecuniaria.
"Art. 206 del Código Penal:
Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.
Art. 208 del Código Penal:
Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses."
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444&tn=1&p=20260409#
#22
Desgraciadamente, conozco algo así de primera mano.
Varios medios estan publicando esta porqueria; el tema es que estos barcos no tienen ninguna relación con ningún puerto iraní, el bloqueo de los americanos solo afecta a barcos que vayan a o vengan de puertos iraníes.