#20Por qué el Estado no garantiza un precio regulado asumible y en caso de morosidad soluciones factibles en base a los ingresos?
Entiendo y aplaudo el preció máximo en zonas tensionadas (*) pero lo de ¿asumible? ¿Asumible por quien? ¿soluciones en base a los ingresos?... ¿Te parecería coherente que alguien alquile un atico con piscina en la moraleja por 300 euros al mes ya que solo cobra una pensión de 500? No ¿verdad? entonces ya vemos que lo de "en base a los ingresos" no tiene sentido.
El estado ha de poseer VPO y en ellas puede cobrar alquileres regulados en base a los ingresos, para eso es el estado, pero no puede decirle a un propietario que ceda su piso a un pobre "porque lo necesita"... a menos que nos carguemos la propiedad privada, claro.
Si vamos por ahí, empecemos por los latifundios y las grandes empresas, te aseguro que con expropiar esas cosas al estado le va a sobrar para construir VPOs... si es por donde quieres ir, tienes mi apoyo, pero que tengas claro lo que estás pidiendo.
No hay soluciones fáciles.
(*) aunque, como ya se demostró en Berlín, eso todavía gentrifica más los barrios tensionados, ya que entonces los propietarios solo alquilan a alguien que se lo puede permitir de sobra y, al ser "asequibles" gente con ingresos moderadamente altos que vivían fuera de la ciudad porque ésta estaba demasiado cara ahora, con la bajada de precios, pueden permitirse un piso en el centro y los propietarios les elegirán a ellos porque, aunque el precio del alquiler esté fijado, saben que para esta gente esa renta no les va a costar pagarla, lo que provoca que la gente que vivía allí y tenía lo justo para vivir con el precio del alquiler regulado sean expulsados cuando se les termina el contrato.
#20 le pedían 600 euros al mes y llevaba años pagándoles entre 100 o 200 euros al mes. Los 800 euros que pedían era un sobrecoste para ir rebajando la deuda de 15.000 que había contraído hasta el momento.
#38 Entonces para que existe un estatuto marco? Es como decir que para que pides una huelga general si hay convenios de empresa.
Pero vamos que a mi lo del convenio propio también me parece irreal. Que lo que yo me quejo es de que busqueis algún tipo de conspiración oculta, como si no hubiera motivos de los que quejarse
#88 Te lo acabo de diferenciar. Claro que hay gente que entra por bolsa. Pero luego muchos de ellos aprueban los exámenes aunque no obtengan plaza. Y tampoco dice nada de un maestro o profesor que, después de 10 años trabajando porque no han convocado oposiciones, no apruebe un examen. Ese examen no aporta nada que no haya aprendido en diez años y su evaluación no puede ser un examen, cuando se le dejó entrar sin examen.
#409 Nos están probando, a ver si no les tocamos mucho los privilegios, no adquiridos, sino heredados o últimamente robados directamente de los impuestos.
#87 En realidad los edificios residenciales los hacemos los arquitectos. Si no te importa el título, te contesto yo misma: en España, con la ley actual, un edificio como este debería tener:
-estructura con resistencia 120'
-extintores en cada planta
-ascensor de emergencia
-hidrantes exteriores (no se los m² del edificio, pero como mínimo un hidrante propio)
-columna seca
-sistema de detección y alarma.
Lo que no estaría obligado a tener, ni siquiera con la ley actual (CTE DB SI 2010), es un sistema de extinción automática. Solo es obligatorio con altura de evacuación > 80m.
Pero ojo, el edificio es de 1974 así que se habría construido conforme a la ley de entonces. El año pasado se le hizo reforma, y el ayuntamiento debería haber podido exigir que se pusiera en norma actual.
Edito: debería tener además dos escaleras de evacuación
#102 La cuestión está en la discordancia entre lo que dice y lo que hace. Tiene una palabra muy bonita y en demasía usada: hipocresía.
Por no hablar de que forma parte él mismo de una casta familiar poderosa, como toda la cúpula de Podemos, vaya, que todos son hijos de alguien conocido que ya ha tenido cargos de importancia en la Administración.
Ellos mismos son la demostración patente de aprovecharse al máximo de la inmovilidad del ascensor social. En el caso de Espinar además con perjuicio de terceros mucho más necesitados de vivienda que él.