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Italia endurece las penas contra la okupación de viviendas con hasta 7 años de cárcel

El Senado de Italia ha dado luz verde al Decreto de Seguridad con 109 votos a favor, 69 en contra y una abstención. Se trata de una norma que endurece las penas contra la okupación de viviendas y, en general, contra los delitos vinculados a la seguridad y el orden público. El recién aprobado Decreto de Seguridad introduce en el código penal un nuevo delito con penas de hasta siete años para quien, mediante violencia, amenazas o engaño, okupe una vivienda privada.

| etiquetas: vivienda , okupación
La presencia en la prensa de noticias sobre okupación (sic) crece de forma directamente proporcional a las dificultades de la clase trabajadora para acceder a una vivienda.

Para eso sirve la prensa, y para eso están las administraciones: para defender al fuerte frente al débil.
#3 excepto en mnm que son tumbadas sistemáticamente, son sus costumbres
#3 El miedo a la inquiokupación impacta en la cantidad de oferta de vivienda, eso afecta directamente a la clase trabajadora, especialmente a la que menos medios materiales tiene, porque es la primera que queda excluida del mercado al no poder competir con otros candidatos.
#12 Totalmente de acuerdo! Y el límite del precio de la vivienda todavía expulsa más a quien menos tiene, porque ante el aumento de la demanda por el precio limitado los pobres son los primeros en ser eliminados de la lista de candidatos.
#38 Medidas populistas que no funcionan para los que más jodido lo tienen, implantadas por políticos que cobran 4 o 5 veces el salario medio.
#12 Inquiocupación, nuevo alpiste en forma de concepto de las mass mierda para manipular y esparcir el miedo entre la población.

Si un ciudadano pierde su casa, lo más probable es que se la haya quitado un banco. Esa en la verdad verdadera.
#21 de acuerdo, lo reporto
#23 Por salud, en esta web creo que es necesario reportar todo insulto, aunque no los puedas ver porque lo tengas ignorado.
#26 gracias por el aviso, es la única forma de mejorar la convivencia en la web
#29 ¿A ti te gusta que te llamen Sucio ? Porque según #27 no ve donde está el insulto ...

cc @admin @Eirene
#32 Hostia, dime qué estás de coña, de verdad. xD

Que no eres capaz de darte cuenta que es un puto error del corrector del móvil xD xD


En serio, no pares de hacer el ridículo de esta forma xD xD

P.D.: Acabo de releer el mensaje y todavía me hace más gracia el ridículo que estás haciendo

Estoy así xD  media
#34 "Un error del corrector del móvil"
Ostras, esa sí que es buena xD xD xD

Claro, y los audios de Leire son porque "está escribiendo un libro" xD xD

Pero luego los retrasados, según tú, son los "de derechas".
De verdad que me estás alegrando la mañana, pero me alegra ver como reculas, ahora solo te falta dejar de insultar.
#22 Los negativos están precisamente, por eso, para negativizar bulos como el tuyo, queriendo manipular a los lectores con que las leyes en España e Italia son similares para el delito de okupación/morosidad incluso después de haberte puesto como está la ley en España.

Que vengas llorando porque te votan negativo es síntoma de tu mediocridad.
#24 Que sigas ladrando demostrando tu ignorancia y falta de comprensión lectora :-D
#13 Gracias por dejar claras tus intenciones de manipulación e intentar por tomar por idiota a las personas que te leen.
Si la gente que te rodea está acostumbrada que la trates como subnormal y le consigas hacer colar que hasta 4 años de cárcel son lo mismo que 7, pues vale, pero la gente normal no es tan retrasada como tú te crees.

Eso sí, que tengas que insultar a los que no se tragan tus mentiras, cuando precisamente no eres la farola que más ilumina del barrio, es oro.
Sigue, por favor xD
#18 Tu patético negativo de rabia por haber sido puesta en evidencia tu falta de comprensión lectora, es lo qu tiene tener unas bajas capacidades cognitivas e intelectuales tal y como demuestra la evidencia empirica, es puro manjar para mí.

Sigue ladrando y dejándote en evidencia :-D
4 okupas han votado negativo la noticia
#49 Si no tienes las propiedades a título particular y si a nombre de una empresa no puedes decir que es tu morada, creo que está claro. Yo no he hecho la ley, pero es la que es.
Lo que no puedes es soltar BULOS como que tú segunda residencia te la pueden okupar. Las empresas de alarmas están encantadas que exista gente tan crédula como tú.
#28 Decir "es mia" no la convierte en tu residencia.

Para ser tu residencia tienes que estar empadronado allí.

El articulo 202 es para evitar que puedas echar a alguien que si que reside legalmente contigo con la excusa de que "esta es mi casa"... lo cual también sería para discutirlo largamente.
#36 primero, que hay casos de okupas empadronados.

Segundo, no estar empadronado no quiere decir que no sea tu residencia. En el juzgado, importa mas la realidad material que lo que diga el papel. Si te has olvidado cambiar el empadronado pero es ahi donde vives de forma efectiva (y lo puedes demostrar), entonces la realidad esque habitas alla.

Tercero, que no es cierto que el empadronamiento sea un requisito.. El tribunal supremo ya ha dejado claro que el concepto de "domicilio" se refiere a cualquier morada, incluso una chabola que no existe "administrativamente" se considera domicilio si es donde vives efectivamente. Ya me diras tu como te empadronas en una chabola.
#41 hay casos de okupas empadronados.

Pues no entiendo nada, cuando me mude me pidieron una copia del documento de propiedad (o de la hipoteca) para poderme empadronar en mi domicilio, supongo que con los alquileres debes aportar algo así... no entiendo como pudo hacerlo un ocupa, a no ser que falsificara la documentación, claro, pero entonces en un juicio quedará claro que no está empadronado. :-S
#43 intuyo que falsifican documentacion. El contrato de alquiler no es mas que un word con una plantilla y dos firmas que nadie verifica.

Aunque no me sorprenderia que alguno se empadronase con el recibo de algun pedido online, o de la SIM del movil... A saber.
#46 «Aunque no me sorprenderia que alguno se empadronase con el recibo de algun pedido online, o de la SIM del movil... A saber».

¿Dónde te dejan empadronarte con algo así? o_o
#52 depende del municipio y del funcionario que te toque. Pero vamos que no me sorprenderia en absoluto.
#53 ¿Puedes nombrar un municipio en el que se admita eso?
Entran ganas de votar por la derecha extrema solo por estas cosas.
En España se legisla para darle más derechos al ocupa.
Ya copiaron la ley mordaza.
#37 en la web que te he puesto antes aclara que se refiere a lo que te he dicho, que no le puedes meter allanamiento de morada alguien que aún habita en tu casa:

El artículo 202.1 especifica el requisito de que la morada no constituya también la morada del supuesto allanador. Por tanto, no hay delito si el sujeto activo aún habita en el mismo lugar, aunque esté previsto que se traslade a otro de forma inminente.
#28 creo que no, porque hay pone contra la voluntad de su morador, lo que implica ya es la morada de alguien. Se refiere a que si tú metes a alguien en tu casa por lo que sea y luego quieres echarlo, lo que no puedes es meterle allanamiento de morada
#35 pero ahi esta el tecnicismo. Si es tu segunda vivienda, no es tecnicamente tu "morada". Es solo una propiedad que tienes.
#37 No, infórmate, la segunda vivienda también es tú morada
www.conceptosjuridicos.com/allanamiento-de-morada/#:~:text=El artícul.

En el delito de allanamiento de morada, como su propio nombre indica, el inmueble donde se entra se configura como morada o domicilio de un tercero.

Da igual que se trate de un domicilio o vivienda principal (domicilio habitual) o de un domicilio o vivienda secundaria (segunda residencia o

…   » ver todo el comentario
#39 como explicas todos los casos (documentados) que hay? Bueno esque no tienes que irte muy lejos, abre idealista, ve a una ciudad mediana y activa el filtro de "Ocupada ilegalmente". Vas a haber que hay, al menos, varias decenas de pisos anunciados. Como debe estar el tema para que hayan creado un filtro especifico en Idealista :palm:

Y si existen empresas como Desokupa es porque efectivamente la ley no funciona. Si la ley funcionara exactamente como dices, para que voy a pagar 4000€ a un intermediario? Voy al juzgado y listo.
#45 chico, las casas que se okupan ilegalmente no son segundas residencias. Son pisos de bancos o de grandes tenedores que no lo tienen a título particular sino en sociedades y tal.
Te estoy explicando con fuentes al respecto sobre el allanamiento de morada, pero si no te cuadra para mantener el argumento asustaviejas lo siento, busca otro.
#47 ah claro, son todos pisos de bancos o grandos tenedores. Claro, claro :roll:

Por cierto un "gran tenedor" sigue siendo un particular con vivienda. Que pasa que la ley no se aplica a partir de X propiedad o como va la cosa?
Mejor vivir en la cárcel que en la calle. Además te dan de comer. Que podría salir mal? :shit:
Vamos, que resuelven el problema proporcionando alojamiento a pensión completa a los okupas a cargo del Estado.

En España cada preso nos sale por unos 2.000€ al mes, en Italia supongo que andará por ahí.

Probablemente sería más barato que el Gobierno se pusiera a construir viviendas públicas de una puñetera vez y las alquilase según la renta de los inquilinos. :-P
#58 eso es mera ideología. el tipo penal de usurpación no distingue el tipo de inmueble si no cómo se ha tomado posesión (sin título) ... como no distingue robo con v si lo haces contra la propiedad que a algunos les parezca más legítimo.
#56 entrar con violencia legalmente es por ejemplo romper una puerta da igual con c o con k.. Ambas son usurpación
#57 correcto, pero uno es una vivienda en uso y lo otro es un escombrera, así que, o bien escribes correctamente la palabra, con C, o bien explicas que es una okupación con K y te limitas a usarla cuando sea el caso adecuado.
Otra cosa es que se quiera manipular a la opinión pública mala informada.
O sea, que ponen prácticamente la misma ley que hay en España actualmente. Solo que aquí lo llamamos "allanamiento de morada"

Dios, ser de derechas son ganas de demostrar ser un ignorante y tullido mental
#2 No sabía que eras de derechas. xD
#2 para que se aplique allanamiento debe ser tu morada no sólo tu propiedad.. aquí pone "uso residencial","título legítimo' .. que aquí sería usurpación un delito leve.
#7 No te molestes, cuando alguien acusa a medio país de ignorantes y tullidos mentales significa que no está dispuesto a razonar
#10 O quizás sí, ver como caen en su ignorancia esos que se creen por encima de los demás a veces puede resultar muy divertido xD
#16 @admin @Eirene ¿Por qué los usuarios de esta web tenemos que aguantar los constantes insultos de este usuario en este caso directos a #10 ?
Si no se permiten los insultos, se debería hacer algo ya con él.
#21 Dónde está el insulto directo aqui? A ver si me va a tocar reportarte por mentir


Que es bastante patético usar una mentira para intentar quitarte de en medio alguien que te está dejando en evidencia durante semanas. Pero vamos, eso suelen hacerlo los que les gusta el totalitarismo y no aceptan las ideas del restos
#7 y okupación con "k" no tiene nada que ver con engaño, amenaza o violencia, de hecho se trata de edificios en estado de abandono o desuso.

Ocupación con "c" es entrar a vivir en una vivienda que no constituye morada de nadie.

Y allanamiento de morada es entrar en una vivienda que constituye morada, sea segunda, tercera vivienda número 20 en la que se reside un día cada 5 años.
#2 ¿Prácticamente igual?
La pena de cárcel por allanamiento de morada en España depende de si el allanamiento se realizó con violencia o intimidación. Si no, la pena es de prisión de 6 meses a 2 años. Si se realiza con violencia o intimidación, la pena puede ser de 1 a 4 años de prisión y multa de 6 a 12 meses.
www.conceptosjuridicos.com/allanamiento-de-morada/#:~:text=El artícul.

Yo diría que es de casi el doble, pero vamos, que me ha encantado tu demostración de como no ser un ignorante y tullido mental xD xD xD
#8 O sea, que es exactamente el mismo tipo de delito que hay en España.

La gente normal no tenemos culpa de que no seas capaz de entender que mismo delito no significa misma pena


Porque por tu patético y lleno de ignorancia comentario el asesinato en España no existe porque en EEUU se castiga con pena de muerte.

Pues sí, sigue siendo válido mi definición para los subseres que son de derechas :-D
#2 el allanamiento de morada es solo si no habitas en ella.

Artículo 202.
1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.


Si habitas en ella ya no cuenta.

Lo cual hace la ley estúpida e inservible pero bueno.
#9 porque no le puedes meter allanamiento de morada a alguien que viva contigo por mucho que te discutas
#19 "habitar" yo lo entiendo hacerlo tu residencia.

Si entras en la casa y la "conviertes" en tu residencia ya no es allanamiento de morada.

Por eso la policia no interviene sino es la primera vivienda del propietario, porque lo entienden asi.
Hombre, Sucio, que hables tú de razonar cuando tienes a más de media web en ignorados por haberte dado en el hocico es bastante gracioso xD

Gracias por darme la razón #_10 xD
el titular se lo lleva con que hacen algo contra las okupaciones, y por lo bajini te endurecen la ley mordaza
cuanto por aprender... de política
Pues expropiación forzosa y a tomar por culo, marzo 2025.
#17 apuesto a que no tienes nada que te puedan expropiar
Por cierto, @admin @eirene deberías comprobar porque #_10 puede saber lo que escribo si me tiene bloqueado en su cuenta principal y no puede leerme.

Seria curioso ver las IP de los votos a sus comentarios
#33 Puede verlos porque un tercer usuario, que soy yo, os he referenciado a los dos.

Quizás deberías empezar a escribir con respeto y dejar de insultar a los demás.
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menéame