#10 No chuparle el culo a alguien que la tenga, lavarse las manos, no comer comida hecha con poca higiene, no beber agua sin tratar, no usar cepillo de dientes de otra persona...
#10 realmente le deja hablar y hablar, y soltar burradas sin parar.
Lo qie pasa que dice tales burradas que solo era preguntar algo que todo el mundo pensaba según avanzaba la entrevista.
Seguramente otros periodistas le hubieran pedido que aclarase mucho antes.
Es como cuando Sonsoles Onega pilló a Ayuso con lo de las residencias, sin intención rralmente de Sonsoles de ir a preguntar por ello.
#4 si es una terraza cuyo suelo es el techo de los pisos inferiores suelen ser propiedad de la comunidad con uso privativo del vecino.... Pero puede variar dependiendo de cómo esté establecida la división comunitario, ya que a veces hay terrazas que computan como vivienda siendo totalmente privada y otras veces como privativa ( a veces se trampear con ello por temas de precio de venta o ibi).
Pero sin siendo de comunitaria, es privativa, decir, mientras que no acometas obras que supongan cambios estructurales, tú puedes tener el moviliario y elementos no estructurales que desees. Asun así, no está de más informar y presentar proyecto a la comunidad, aunque no necesites su aprobación... Pero siempre va a depender de la división horizontal.
#4 en las escrituras del piso te viene si la terraza es de la comunidad(y ellos pagan los gastos cuando hay problemas) y tu tienes el uso y disfrute con lo cual tendrías que pedirles permiso o la otra opción, que sea de tu propiedad y tu te encargues de los gastos cuando hay averías y entonces no tengas que pedir permiso.
suele ser habitual la primera opción, propiedad de la comunidad con derecho a uso y disfrute para esa vivienda.