#2 Yo creo que las rayas transversales las puedes pisar. Otra cosa es una longitudinal para limitar el ancho (aparcamiento en línea) o el largo (aparcamiento en batería o en espiga). Pero lo más sencillo suele ser en limitar por altura.
#51 Por partes. Si te posicionas en paralelo un poco por detrás del que abandona la rotonda, sales por el carril izquierdo son molestar a nadie.
Si te fijas en la líneas que comentas, lo que hacen es que la gente que entra a la rotonda por la derecha, salga por la primera salida y no se quede dando vueltas a la rotonda por el carril exterior.
Si el carril externo, en lugar de dar vueltas, sale en cada salida los q circulan por el carril externo pierden la prioridad pq estan cambiando de carril. Me parece lo mejor.
No me parece bien q circular por el carril externo, disminuyendo la capacidad de absorcion de trafico de la via, sea 'lo correcto'.
#44 No, no tiene nada que ver. En una rotonda puedes esperar a que salga quién tienes a tu derecha y salir justo detrás sin molestar a nadie. Es absurdo compararlo con la salida de una autopista.
#38 exacto es como en la autopista, uno de los coches está en el carril de salida, pero no quiere salir; el otro quiere salir, pero no le dejan meterse
#40 No digo que no lo sea, lo que digo es que no hagas un 180 en una rotonda e tirando por l derecha y quedándote ahí.
Es cómo si en autopista te pones a 120 por la izquierda y te quejas de que te adelanten por la derecha.
#19 es que es mentira. Hace ya bastante tiempo que no es obligatorio ir con velo. Lo cierto es que la ley sí indica que deben llevarlo, pero salvo en sitios oficiales en la práctica lo llevan las mujeres que quieren. Es simplemente una práctica tradicional. Pero oh, la malvada Irán necesita que el ejemplarizante occidente enseñe los que es la libertad de la mujer y la igualdad, cuando aquí las mujeres no pueden pasear solas por calle de noche, y están sometidas a una hipersexualización en todos los ámbitos de su vida. Están en una jaula sin rejas, que como no se ven no existen, o eso decís por aquí, pero la realidad es que sí existen.
#33 Sin ser experto, ateniendome a leyes de oferta y demanda, creo que es lógico que ante una catastrofe así, el precio suba porque habrá habido muchos que han comprado el stock y futuros a lo loco para asegurar un suministro. La demanda se ha disparado y la oferta se ha reducido.
Es como lo que pasó con el papel higiénico por un viral falso, porque al final el único país con escasez iba a ser Australia, que lo importaba a mansalva creo recordar y no tenia producción interna. Pues esto igual y peor, porque es una amenaza real.
#7 No es cierto que el sistema esté “pensado” para cargar sobre el típico perfil de “vivienda + segunda residencia + un piso heredado” como si eso fuera lo normal.En España, alrededor del 82% de los propietarios solo tiene una vivienda y vive en ella
-Aproximadamente 1 de cada 5 propietarios tiene más de un inmueble, incluyendo parkings, trasteros, etc.
-Tener 3 o más viviendas sitúa ya al propietario en una franja minoritaria de más patrimonio que la media. No es la foto estándar del ciudadano medio.La lógica del legislador (te guste o no) es:Blindar sin duda a quien solo tiene 1–2 viviendas.A partir de ahí, admitir que hay casos intermedios (3–4 viviendas) que pueden verse afectados, porque están más cerca del 1% patrimonial que del mileurista.Y reservar la mayor carga para grandes tenedores (bancos, fondos), aunque la redacción no siempre sea todo lo fina que debería ser
-¿Es discutible políticamente? Sí. -¿Es objetivamente falso que “no hay nada raro de 2 a 10”? Tampoco; la norma ha trazado una frontera clara en 1–2 y deja una zona gris que conscientemente asume que quien tiene 3+ soporta más riesgo.
Sobre el tema del recargo:
La compensación ya existe desde antes: los propietarios pueden pedir al Estado una compensación económica por el periodo en que no pueden desahuciar por escudo social.
Aquí si te puedo dar la razón,en los tiempos de pago que ya sabemos como va el estado para cobrar rápido pero para pagar ..
Lo de junts ya se lo saca de la manga ya que no hay datos,hay sensaciones.
Sobre el tiempo de desahucio, yo conozco casos que ha sido rápido y otros no, pero eso depende puramente que se invierta en jueces (adivina quienes bloquean constantemente la justicia y quienes no les interesa que vaya bien).
Y ya no digo nada más que si no esto parece la biblia.
Pequeños propietarios->
¿Se puede desahuciar? Si
Quedan exentos de la medida los propietarios que tengan una o dos viviendas. Si el dueño es un particular con pocas propiedades, puede recuperar su casa
Grandes tenedores->
¿Se puede desahuciar? No
La suspensión de desahucio se aplica principalmente a "grandes tenedores" (más de 10 inmuebles) cuando el inquilino es vulnerable y no tiene alternativa habitacional
Delito o Violencia
¿Se puede desahuciar?Si
El escudo social no protege las ocupaciones si hubo intimidación, violencia o si en la vivienda se realizan actividades ilícitas
Vivienda habitual
¿Se puede desahuciar?Si
Nunca se suspende el desalojo si la casa ocupada es la vivienda habitual o segunda residencia de una persona física (allanamiento de morada)