El titular de los derechos acude a un Juzgado honesto, imparcial y preocupado, como no podía ser de otra forma, por la defensa de los derechos fundamentales reconocidos constitucionalmente.
Ahí plantea una demanda, no contra quien considera infractor de esos derechos (Cloudflare o los usuarios que hacen uso ilícito de sus servicios), sino contra los operadores de telecomunicaciones que dan acceso a internet, en una aplicación torticera y kafkiana del art. 138 LPI (sobre el que volveremos más adelante) pidiendo una serie de medidas.
Las operadoras se "allanan" a la demanda, es decir, reconocen y aceptan las pretensiones del demandante, y el juez concede las medidas.
Con este truco, todos se guardan las vergüenzas unos a otros:
Los demandantes: Nosotros solamente pedimos las medidas. Es el juez el que las acuerda.
El juez: A mi me viene uno pidiendo una cosa, la parte demandada se allana. Tengo que conceder lo pedido.
En síntesis, el truco es el siguiente:
El titular de los derechos acude a un Juzgado honesto, imparcial y preocupado, como no podía ser de otra forma, por la defensa de los derechos fundamentales reconocidos constitucionalmente.
Ahí plantea una demanda, no contra quien considera infractor de esos derechos (Cloudflare o los usuarios que hacen uso ilícito de sus servicios), sino contra los operadores de telecomunicaciones que dan acceso a internet, en una aplicación torticera y kafkiana del art. 138 LPI (sobre el que volveremos más adelante) pidiendo una serie de medidas.
Las operadoras se "allanan" a la demanda, es decir, reconocen y aceptan las pretensiones del demandante, y el juez concede las medidas.
Con este truco, todos se guardan las vergüenzas unos a otros:
Los demandantes: Nosotros solamente pedimos las medidas. Es el juez el que las acuerda.
El juez: A mi me viene uno pidiendo una cosa, la parte demandada se allana. Tengo que conceder lo pedido.
El operador: Tengo que hacer caso al juez.
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