Hace 3 años | Por vicus. a cadenaser.com
Publicado hace 3 años por vicus. a cadenaser.com

Vocales del Tribunal Constitucional consultados por la SER muestran su "estupor" por la "deriva" de la mayoría conservadora que adopta posiciones "profundamente antigubernamentales", con un "deslizamiento hacia Vox".

Comentarios

D

#1 #3 El sueño húmedo de la fascistada

Y la fascistada hubiese puesto el grito en el cielo

Y el tribunal constitucionalcatolico, les hubiera dado la razón a la fascistada

obmultimedia

#4 son como el perro del hortelano

L

#4 el sueño humedo de vox es el estado de sitio. Así volveriamos a la época oscura del fascismo.

Manolitro

#4 con "la fascistada" supongo que te refieres a los que se están rasgando hoy las vestiduras porque no les dejan limitar derechos fundamentales con una ley que no lo permite.

T

#3 De acuerdo a lo que he escuchado y entendido, el estado de alarma se queda corto, el de excepción se pasa.

Igual habría que hacer una ley que regulase eso, tal y como dijo una que era ministra, una tal Carmen Calvo, pero mira tú...

D

#24 Otra de sus promesas vacías

c

#24 No se puede hacer una ley que regule eso. Solo se puede modificar la ley orgánica que regula los estados de alarma, sitio y excepción previstos en la Constitución.

No existen más posibilidades que esas 3 para limitar derechos fundamentales.

T

#73 Te enpeñas en demostrar lo que desconoces. En fin.

pichorro

#73 Y esa ley ya contempla limitar la circulación de los ciudadanos en el estado de alarma. Por lo tanto, no es necesario modificar nada. Ya está.

Fuente: la propia Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, que puede consultarse en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774 (véase el artículo 11)

ContinuumST

#73 #143 La constitución se puede modificar o añadirle leyes... ¿o es que no se ha hecho ya antes?

El_Cucaracho

#24 Es imposible sin cambiar la constitución al tratarse de derechos fundamentales. No se puede hacer una LO sobre derechos fundamentales (si no es para matizar lo establecido)

ContinuumST

#24 De hecho, no sé por qué a nadie se le ha ocurrido crear un Estado de Crisis Sanitaria, algo que dejara en manos del máximo responsable de Sanidad el cumplimiento de las directrices creadas en esa nueva ley con sus garantías, pero que incida en una crisis sanitaria como la que estamos.

jobar

#47 Todo eso no, aunque sea el estado de excepción más light, las siguientes cosas van en el pack:

-posibilidad de detener a "agitadores" hasta el máximo de 10 dias art. 16 (LO4/81).
-intervenir industrias y comercios.
-intervenir y controlar transportes y carga.
-control de extranjeros y posibilidad expulsarles a lo loco.
-suspender funcionarios cacerolos.

Luego si se acuerda la suspensión de derechos fundamentales concretos, tendrían competencias que harían correrse del gozo al canciller Palpatine.
Libertad!

v

#98 Si, tienes razón, podría permitir todo lo que dices.
Pero al ser estado de excepción estas restricciones tendría que aprobarlas el congreso, no como el estado de alarma que lo puede decretar el gobierno directamente.

x

#98 el derecho a abortar no es la obligación de abortar. Pues lo mismo.

MalvadoAspersor

#98 No tiene por qué. Según el art. 13, 2b de esa misma ley " El Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados una solicitud de autorización que deberá contener los siguientes extremos b) Relación de las medidas a adoptar referidas a los derechos cuya suspensión específicamente se solicita."

Luego se puede pedir un estado de alarma reforzado SIMPLEMENTE CON CONFINAMIENTO DOMICILIARIO pero con las garantías de las del de excepción.

O

#47 Exacto.

c

#70 es una canallada del gobierno lo que hizo.

Exactamente que "es una canallada". El confinamiento o no haber decretado un estado de excepción.

A ver si te aclaras porque no se te entiende.

d

#75 me explico en #161 pero la canallada fueron varias:
- elegir alarma en vez de exepcion para tener menos control
- meter a capon en cada decreto alguna cosa que nada tenia que ver con la pandemia
- poner algunas normas abusivas, inutiles y ridiculas (prohibir salir a los niños)

Podemos debatir sobre la ultima porque nadie sabia bien qué habia que hacer y qué no. Aun así este fue el pais que peor trató a los niños y luego se ha visto que estuvieron muy lejos de acertar con algunas medidas absurdas.

unodemadrid

#3 Puedes aprobar el estado de Excepción y solo utilizar el confinamiento, nada te obliga a intervenir las comunicaciones, medios, etc.

pichorro

#100 Y seguro que así lo habrían entendido ciertos sectores de la derecha de este país, ¿verdad?

J

#3 Lo que es obvio y que se ignora intencionadamente es que no se debe recurrir ni a una cosa ni a la otra y sí se debe recurrir a leyes específicas.
¿Qué leyes han aprobado en el congreso en los últimos 18 meses que eviten tener que recurrir a semejante burrada anti-constitucional como el estado de alarma y probablemente el de excepción en estas situaciones?

Pero si lo que queremos es derivar el tema hacia 'los fascistas', la 'dictadura' y demás comentarios políticos contrarios al gobierno de turno que se ha colado con este tema una y otra vez (y ni siquiera se disculpa ni ha intentado remediar nada proponiendo leyes) pues adelante... sigan en ello.

A

#3 es que los confinamientos domiciliarios son una medida MUY extrema, que aquí se ha aceptado alegremente.
Si quieres hacer eso, tienes que decretar excepción.
Si excepción te parece demasiado, no encierres a la gente en casa. Fácil y sencillo, excepto para los dictadores que se pasan por el forro las leyes y las constituciones.

O

#3 No es del todo cierto. El estado de excepción no significa que debas limitar esos derechos. En el Real Decreto que se puso en el estado de Alarma se pusieron las normas que lo regía y en el estado de Excepción se hubiera hecho lo mismo y se pondría el alcance del mismo. No significa que debas limitarlos todos, se podria haber puesto que sólo se limitaba el derecho de reunión o el de circulación.

j

#3 Que se declare el estado de excepción no implica que obligatoriamente se tengan que intervenir comunicaciones, medios de comunicación, lo único obligatorio es que antes de encerrar a 40 millones de personas en sus casas tengas que pedir el estado de excepción en el Congreso

#3 falso, el estado de excepcion permite ciertas medidas, pero en el decreto q se declare y en la autorizacion de congreso se imponen los.limites.

EntreBosques

#13 Claro que sí, para qué vamos a hablar de leyes. En una democracia que importan las leyes. Nos las saltamos todas cuando haya crisis y listo.

unodemadrid

#13 A ver, que ha dicho el tribunal constitucional que el confinamiento fue ilegal. No hay nada, repito, nada que justifique que el gobierno se salte la ley y se la saltó, deberían dimitir de inmediato y convocar elecciones. Es muy grave lo que ha pasado.

D

#13 Pero estar a estas alturas hablando de leyes, con los muertos aún calientes, es REPUGNANTE.

El confinamiento acabo hace mas de un año. Cuando se supone que sacamos esto a colacion? Dentro de 5? Se supone que tenemos que esperar a que no se puedan pedir responsabilidades politicas o algo?

Hablas de facherio judicial, yo me quedo estupefacto con lo dispuesta que esta la gente a que el estado se pase por los cojones la ley cuando consideran que el fin justifica los medios. Si no quieres la constitucion para evitar que el gobierno haga cosas aunque quiera hacerlas, para que cojones la quieres? Exactamente la misma basura que se usa para justificar cargas policiales desmesuradas o torturas en las carceles.

c

#6 Pues la ley del estado de alarma dice LITERALMENTE que si se puede limitar.

#14 Y la constitución dice LITERALMENTE que solo se pueden suspender derechos fundamentales, como ha ocurrido aquí, en los estados de excepción y sitio.

c

#31 No hombre, no.
La constitución dice que eso dependerá de la regulación mediante ley orgánica de los estados de alarma, excepción y sitio,

¿Estás diciendo que la ley orgánica https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774 es anticonstitucional ?

#38 Artículo 55.1 CE:
Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.

No es inconstitucional la LOEAES en la medida en que no pretende permitir la suspensión de derechos fundamentales en estado de alarma. Limitar sería cerrar los bares, reducir el aforo de sitios, quizá establecer toques de queda. Pero no dejar a nadie salir de su casa es suspender derechos, no "limitarlos".

c

#51 Ninguno de esos artículos que citas en el 55.1 habla de que no se pueda decretar un confinamiento. Si opinas lo contrario, puedes poner un enlace al artículo concreto de la constitución que lo indica.

Leelos.

La ley orgánica que regula el estado de alarma SI lo permite. Repito ¿ Es anticonstitucional ?
Esa ley no pretende permitir la suspensión de derechos fundamentales, habla de un derecho en concreto:

a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos

d

#67 igual lo importante es lo que opina el TC. Digo yo eh?

c

#76 Nadie lo niega.

Las sentencias del Constitucional son las que importan.

Pero tengo mi opinión y mis argumentos.

Tienes algún argumento fuera de "lo dice el TC" ?

d

#96 Mi idea es que el gobierno eligio alarma para tener menos control parlamentario y judicial, y asi meter cosas como los contratos sanitarios a capon, como lo de iglesias en el CNI y mierdas varias que nada tenian que ver con la pandemia e iban metiendo en los sucesivos decretos. Soy asi de mal pensado fijate tu. Piensa mal y acertarás. Y en politica es asi casi siempre.

La clave esta en la diferencia entre limitar y suspender derechos. Limitar es toque de queda. Suspender es arresto domiciliario. Lo de marzo se pareció más a lo segundo que a lo primero. cc #154

u

#76 claro que al final importa lo que diga el TC, que está justo para sacar de dudas sobre la legalidad de ciertas cosas.
Pero leyendo la ley de estado de alarma me parece clarísimo que podría pensarse que el estado de alarma era un instrumento adecuado, como para ponerse ahora a acusar de prevaricar. Si el TC dice que no pues vale, zanjado queda.

pichorro

#76 Si 5/11 miembros del TC están en desacuerdo, supongo que

- o bien no tienen ni idea
- o bien la ley es interpretable
- o bien los otros 6 se equivocan

En cualquier caso, vaya marrón, ¿no?

t

#67 en horas y lugares determinados. No en general y en todos los sitios

c

#81 a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos

#67 No hablan de que no se pueda decretar un confinamiento, hablan de que no se pueden suspender derechos fundamentales. No impiden "limitar", pero lo que no puede ser es equiparar limitar y suspender de modo que el artículo 55 CE quede vacío de contenido. El confinamiento fue una suspensión, no una limitación como lo habría sido cerrar los bares y limitar el aforo de plazas y parques (medida esta última probablemente inservible para el caso, pero es un ejemplo).

c

#84 No hablan de que no se pueda decretar un confinamiento, hablan de que no se pueden suspender derechos fundamentales.

¿ Que derechos fundamentales de los que habla el artículo 55 ha suspendido el gobierno ?
La sentencia de anticonstitucionalidad es sobre el confinamiento.


a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos

#91 ¿ Que derechos fundamentales de los que habla el artículo 55 ha suspendido el gobierno ?

Fundamentalmente, el artículo 19 CE. Dada la extrema injerencia que supuso el confinamiento, quizá también el 17.

Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos

"En horas y lugares determinados" no quiere decir a todas las horas y en todos los lugares, y "limitar" no quiere decir "prohibir". "Condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos" es alternativa a "limitar". Toda interpretación que nos permitiría considerar que la LOEAES permite suspender derechos fundamentales en estado de alarma debe rechazarse por inconstitucional.

Fíjate en lo que dice el artículo 20:

Uno. Cuando la autorización del Congreso comprenda la suspensión del artículo diecinueve de la Constitución, la autoridad gubernativa podrá prohibir la circulación de personas y vehículos en las horas y lugares que se determine, y exigir a quienes se desplacen de un lugar a otro que acrediten su identidad, señalándoles el itinerario a seguir.

Dos. Igualmente podrá delimitar zonas de protección o seguridad y dictar las condiciones de permanencia en las mismas y prohibir en lugares determinados la presencia de persona que puedan dificultar la acción de la fuerza pública.

[...]


Esto es para el estado de excepción. Si para uno se permite "prohibir" y para el otro "limitar", claramente son dos cosas distintas. ¿Qué clase de medidas consideras que serían suspensión, frente a estas que según tú solo son limitación?

troymclure

#31 Entonces los otros 5 jueces que han dicho lo contrario están equivocados??? han prevaricado con su decisión??? o han prevaricado los otros 6????

Varlak

#44 que haya jueces con opiniones distintas no significa que uno de ellos haya prevaricado

troymclure

#52 SI hay jueces con opiniones contrarias es que la ley no es tan clara como nos asegura categóricamente #31

c

#61 Ninguna ley es clara.

Las leyes se interpretan. Y confiamos en el "buen juicio" de los jueces para eso.

Y así debe ser.

#80 Y si no nos gusta su juicio, se ponen nuevos jueces, así ha sido hasta ahora.

r

#80 más bien el buen juicio de quien deba respetar, cumplir y hacer respetar y cumplir las leyes.

Los jueces para resolver los incumplimientos y derimir las dudas de interpretación en ocasiones.

Por cierto, el TC no son jueces, al menos no todos, aunque los jueces que ya sean magistrados podrían ser miembros si se les propone.

Es un organismos independiente de los demás poderes del estado, incluido el judicial.

#44 O se han equivocado/barrido para su casa cinco o lo han hecho seis. Yo digo que en este caso han sido cinco. Los otros cinco no prevaricaron en primer lugar porque no dictaron ninguna resolución y en segundo lugar porque imagino que se creen que lo que dicen es correcto.

troymclure

#59 Entonces si no han prevaricado y "creen" que hacen lo correcto... solo queda la opcion de que la ley no es tan clara como decías antes

#68 También queda la opción de que los miembros del TC están altamente politizados, y en asuntos como este votan por lo general (y con excepciones) como les gusta a quienes los propusieron, tanto los de un lado como los del otro.

¿Quienes decís que "no es tan claro" estáis dispuestos a aceptar por ejemplo que la LIVG "a lo mejor" es inconstitucional aunque el TC haya dicho lo contrario? ¿O es solo para lo que os interesa?

troymclure

#74 Ahi queria yo llegar, entonces el tribunal politizado (con mayoria de derechas) ha dicho lo que quieren sus amos que digan

Y tu vienes aqui, como si trajeras las Tablas sagradas de Moises

Gracias por confirmarme que lo que dijiste en el #31 no era mas que una sarta de mentiras LITERALMENTE

Pd bonita escapada la LIVG

#99 Ellos dicen lo que les mandan, yo digo mi opinión. No he mentido en ningún momento.

Y lo de la LIVG no es una escapada, o están politizados para las dos cosas o para nada. Yo digo que para las dos.

dick_laurence

#105 #99 Para que veáis lo complicado de la decisión, y que, al contrario de lo que muchos dicen, la ley que se debe casar con la circunstancia concreta no era tan clara, de los 5 jueces que votaron como constitucional la aplicación del confinamiento bajo el "estado de alarma", dos de ellos eran del ala conservadora. Y el sexto voto que ha definido el asunto como inconstitucional ha venido por parte de un juez del ala progresista.

Esta no ha sido la típica resolución tipo "todos los conservadores votan X y todos los progresistas Y", cosa que muestra lo complicado del asunto dadas nuestras leyes.

D

#31 ¿entonces el toque de queda que ahora se pide, y sin estado de alarma, y que en muchos casos se permite que es?

unodemadrid

#14 ¿Quieres decir entonces que los jueces son Fachas? ¿Qué la justicia no vale? ¿Qué solo vale cuando condenan al pp? Sabes que el voto decisivo salió de una juez "progresista" según las etiquetas.

j

#14 Por lo que leí el estado de alarma permite limitar el derecho de circulación y el de excepción permite suspender el derecho. Son cosas diferentes. En la sentencia del tribunal constitucional dice que el gobierno suspendió el derecho, no lo limitó.

j

#6 Más alto pero no más claro. Lo que como no tienen el valor de hacer lo que hay que hacer...pues ellos solitos se meten en el problema.

O

#6 quizá no has utilizado las palabras correctas porque el Estado de alarma si permite limitar la libertad de movimiento

J

#6 Toma https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774
Artículo once.
Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el decreto de declaración del estado de alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:

a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.

b) Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.

c) Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.

d) Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.

e) Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo cuarto.

Varlak

#40 creo que la clave aquí es "en horas y lugares determinados", decir "todo el rato y en todos lados" es una salvajada

c

#57 Creo que aquí la clave es que agarrarse a esa interpretación en las circunstancias de las que hablamos para declarar el confinamiento anticonstitucional es de TRACA.

Varlak

#85 Hombre, es que no es una interpretación... El estado de alarma está para confinar zonas puntuales para temas concretos, no para confinar todo el país dos meses, para eso está el de excepción, que es el que tenían que haber declarado (y ojo, no es que lo digamos ahora, está conversación ya se tuvo hace un año)

c

#97 Hombre, es que no es una interpretación...
Pues claro que es una interpretación.
¿ Estás acusando de prevaricar a los otros 5 jueces ?

El estado de alarma permite esto:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos

mperdut

#57 #40 asi es, si en un municipio un barrio o una zona o una calle está hasta arriba de covid, pues se confina ese trozo, no se confina al municipio entero cuando resulta que otras zonas puede estar limpio.

P

#6 comentario de 10, perfectamente explicado.
Solo hay que ver las respuestas para ver de qué va en realidad el tema.
El que hace como que no lo entiende es porque no le interesa, saldrán con cualquier chorrada pero es imposible no darse por enterado de lo que ha pasado. Una defensa fanática del gobierno quien sabe por qué.

D

#6 El estado de excepción no implica que se tenga que hacer todo lo que el estado de excepción permite hacer
Correcto, pero el parlamento estaría autorizando al gobierno para hacer todas esas cosas (control de medios, detenciones, allanamientos...) vía real decreto, ¿no?

themarquesito

#54 #55 Sí, me he columpiado. No me acordaba del 55.
También me lo ha refrescadoRobertNevilleRobertNeville

#55 No, declarar el estado de excepción no implica autorizar al gobierno a tomar todas las medidas que le dé la gana. El congreso decide qué clase de medidas autorizar.

d

#6 Ojo, y un detalle mas: el gobierno lo sabia y eligio alarma porque tenia mucho menos control parlamentario y judicial que la excepcion.

mperdut

#72 Yo pienso lo mismo, que prefirió el estado de alarma por eso, pero como es una suposición pues lo único palpable es que han prevaricado todos, a sabiendas, y todos tendrían que dimitir, gobierno y partidos de la oposición que votaron a favor.

De todas formas ya no solo es cuestión de dimitir, con todo lo pasado, el PSOE es normal que quiera seguir en el poder, pero la oposición debería tener algo de verguenza, plantear una moción de censura, que se quede solo el PSOE y a elecciones.

D

#78 hombre... Teniendo en cuenta que hay división de opiniones entre los magistrados (bastante ajustado además), no están nada claro lo de la prevaricación.

vicus.

#6 Si el PP estuviese en el gobierno ese estado de alarma del que usted me habla no sería declarado ilegal por los tribunales y lo sabes..

mperdut

#93 Si el PP hubiera estado en el gobierno, que si el PP habria hecho lo mismo (o peor), que si al PP los jueces le habrian tratado mejor....

aqui lo unico que hay palpable es lo que ha hecho el PSOE y como le esten tratando los jueces para bien o para mal.

Todo lo demas es como elucubrar acerca de que si yo le sustituyerá a usted en un trabajo y yo no lo hiciera bien, luego yo le dijera a usted que usted lo hubiera hecho peor. Pues no, lo unico claro y palpable es que yo lo he hecho fatal.

T

#6 Otros tribunales no han visto privacion de libertades:

https://www.expansion.com/juridico/actualidad-tendencias/2021/05/20/60a646dce5fdeaf42d8b465d.html

"En su decisión, hace notar que durante el citado confinamiento de 52 días el demandante, que reside en Zalau, en la región de Transilvania, "tenía la libertad de abandonar su domicilio por diferentes razones" con un certificado de desplazamiento."

Han visto limitacion, que si queda dentro del estado de alarma.

A

#110 Hasta los cojones de pedir dimisiones del gobierno por cualquier cosa. Aquí 6 jueces han votado una cosa y 5 otra, es decir, ¿me estás diciendo en serio que el gobierno tiene que dimitir porque con un voto de diferencia un tribunal emita una opinión bastante discutible (a las pruebas de la división en el tribunal me remito) sobre la terminología legal de una decisión tomada hace un año y medio en medio de una catástrofe sanitaria con el fin de salvar vidas?

Venga ya. Hasta los cojones de la judicialización de la política por parte de la derecha para intentar tumbar al gobierno.

#6 Claro, han prevaricado porque lo digan 6 jueces mientras que 5 dicen que no, y si uno de los 6 dijera que no, entonces no habrían prevaricado.

Una afirmación tan contundente requiere de una mayoría mucho más amplia que la opinión de un solo miembro del tribunal.

u

#6 como han puesto en otro comentario la ley que desarrolla el estado de alarma dice:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos
Con lo cual, aunque ahora el TC diga que no, y es lo que cuenta, me parece claro que podría haber dudas más que razonables sobre si el estado de alarma era o no suficiente como para ponerse a acusar de prevaricar.
Pero vamos, que en caso de que fuese prevaricación prevaricaron casi todos los partidos no recuerdo ahora quien no voto el estado de alarma, pero pocos.

D

#6 Para limitar la movilidad no es necesario el estado de excepción. Para suspenderla ,como fue el caso, sí es necesario.

elvecinodelquinto

#6 Creo que el estado de alarma permite limitar pero no suprimir, que es lo que entienden que se ha hecho.

r

#6 prevaricación? Cuál es la resolución injusta y arbitraria dictada a sabiendas? Esta sentencia en su debido tiempo se solucionaba con el uso de otra forma jurídica, ahora, no ejecutando las denuncias con sanción administrativa.

m

#6 Que el Constitucional tire alguna ley no quiere decir ni de lejos que haya habido prevaricación, de hecho la decisión no fue ni mucho menos unánime (6 contra 5), si 5 de los miembros creen que si era constitucional pues es que la cosa no está tan clara.

¿Prevaricó el gobierno de Aznar cuando aprobó la ley de extranjería o la reforma del desempleo ¿Rajoy con la amnistía fiscal? ¿Ayuso cuando metió a Cantó en las listas?

m

#6: ¿Dimitir por salvar vidas?

El estado de excepción NO se podía aplicar, no es para crisis sanitarias.

o se aplica el estado de excepción o bien prevarica todo dios.

Sería "prevaricación" también, puesto que no es de aplicación en crisis sanitarias, hubiera sido declarado nulo.

Frankss

#10 pero si pusieron el estado de alarma para evitar la circulacion y con el estado de alarma NO pueden hacerlo, para que van a ponerlo?

c

#10 El mas laxo y menos restrictivo es el estado de alarma

ikatza

#17 Es lo que he dicho. Que prefiero un estado de alarma reforzado en un punto concreto que un estado de excepción que se pasa de frenada.

Varlak

#19 es que eso es como decir que entre un coche y una moto prefieres la moto porque del coche solo necesitas el maletero, así que mejor una moto, le pones maletero y listo... Es que no funciona así la cosa, si el estado de alarma no te permite hacer lo que hicieron, pues está mal hecho.

D

#63 Buneo....

Eso de que no te permita hacerlo lo dicen 6 jueces y 5 dicen que si....

D

#63 A las motos se les ponen maleteros.... y baules...

Es mas; si no necesitas mucho maletero puedes llevar una mochila para llevar carga.

v

#19 El estado de alarma no es mas restrictivo que el de excepción. Las restricciones se definen en el decreto que los declara. Que se permitan restricciones más severas no implica que se tengan que aplicar.

Por ejemplo:
Declaración de estado de alarma con toque de queda de 1 a 6
Declaración de estado de excepción con toque de queda de 2 a 5
En este caso es mas restrictivo el estado de alarma porque así se ha declarado. (Ojo, sólo es un ejemplo para que se entienda mi punto)

themarquesito

#15 #17 En realidad es más fácil y no hace falta reformar la constitución. La constitución dice que una ley orgánica regulará los estados de alarma, excepción, y sitio, no qué corresponde a cada cosa.
Lo que haría falta es una modificación de la LO 4/1981, de tal manera que con el estado de alarma se pueda suspender el derecho de libre circulación, que ahora corresponde al estado de excepción. Para reformar una LO basta una mayoría absoluta de las Cortes.

¿Estoy en lo cierto,RobertNevilleRobertNeville ?

c

#20 La constitución dice que una ley orgánica regulará los estados de alarma, excepción, y sitio

Exactamente. La ley del estado de alarma (la ley orgánica a la que aludes) ya recoge:

a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774

¿ Que propones tú que debería poner ?

No cabe en la constitución ningún "estado intermedio", en todo caso se podría reformar esta ley. Pero solo hay 3 posibilidades: alarma, excepción o sitio.

F

#20 Pero la Constitución deja claro a qué derechos afecta cada estado. Y una Ley Orgánica no puede ir contra la CE, simplemente desarrollarla.

themarquesito

#28 El 116 establece los procedimientos para la declaración de cada uno de esos estados y el control legal de los mismos, no a qué derechos afectan o dejan de afectar. Eso último corresponde a lo que defina la LO oportuna.

F

#33 Artículo 55

#20 La constitución por un lado enumera los estados y dice que una LO los regulará, y por otro establece los derechos que pueden suspenderse en los estados de excepción y sitio. En ningún momento permite suspender derechos en estado de alarma.

Y no entiendo cuál se supone que es aquí el problema que hay que resolver. El estado de excepción no obliga a suspender derechos, solo lo permite. Y la decisión de qué derechos limitar, y de qué modo, le correspondería al congreso.

JohnSmith_

#20 No es posible esto. La Constitucion dice que:

Articulo 55: 1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución

Articulo 19: Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Una ley, por muy organica que sea, nunca puede ir en contra de lo que diga la Constitucion.

Varlak

#10 pero vamos a ver, es que eso no de puede hacer.... Que hubieran declarado el estado de excepción, aunque no hubieran usado la mayoría de medidas.

j

#10 A ver, la cosa es: aunque el estado de excepción fuera más restrictivo, ¿harían uso de todo lo que implica? Que puedas no significa que se haga.

Pero tomar el estado más "laxo" para luego hacer algo que no puedes, es ilegal y una locura, y si hay algo que un Gobierno debe respetar es la ley. No es hacer las cosas como nos parece, porque ahora se genera un poquitín de caos.

Quitando todo el ruido político, que no me interesa, lo cierto es que si se tomaron decisiones que no se podrían haber tomado, se saltaron la ley y eso tiene que tener unas consecuencias. Pero como siempre, se mete miedo con "es que el estado de excepción es peor, hemos hecho lo menos malo". En un estado de derecho no hay que tener miedo a aplicar la ley tal y como está escrita. O eso, o que hagan su trabajo y la cambien.

La han cagado por tener miedo.

c

#7 la solucion es hacer otro estado intermedio entre alarma y excepcion.

No lo permite la Constitución.

Frankss

#15 Por eso digo que no lo van a hacer por vagos.
Porque es necesario cambiar la Constitucion.

c

#18 Cambiar la constitución no es un problema de "vagos" o de "trabajadores".

Hace falta un acuerdo de 3/5 del congreso y del senado o 2/3 en el congreso y un referendum (si lo solicita 1/10 de cualquiera de las cámaras).

No tengo claro si para una ley que afecta a los derechos fundamentales hace falta el procedimiento agravado (Titulo I). En ese caso son necesarias dos legislaturas distintas, una mayoría de 2/3 y DOS referendums.

https://es.wikipedia.org/wiki/Reforma_de_la_Constituci%C3%B3n_espa%C3%B1ola#Procedimiento_ordinario


Atado y bien atado.

ronko

#15 Si se pusieran todos de acuerdo en el Congreso, se podría, pero eso es prácticamente una utopía (siempre que no tenga que ver con subirse el sueldo y tal).

c

#21 Hay que abrir la caja de Pandora.

Y yo sería el primero en exigir que se reformara la Constitución a fondo, no solo eso.

ronko

#26 Pero las pocas veces que han tocado la constitución, (más allá del artículo del 92), no salen de los artículos de la corona y es porque la mayoría de los políticos ni se la han leído, deberían hacérsela leer como a los opositores aunque sea light como (en mis tiempos), el teórico de ciclomotor.

c

#29 Para algo así creo que sería necesario el procedimiento agravado ya que afecta al título I.

Y hay que hacer 2 referendums.....

Yo votaría NO hasta que los cambios (todos los cambios que estimo imprescindibles) se hicieran. Ahora no está el ejército amenazando.

En todo caso, el pueblo decidiría (los borbones pendientes de un hilo, entre otras cosas).

JohnSmith_

#7 En realidad no hace falta un estado intermedio. El de excepcion bien definido vale perfectamente. La Constitucion pone esto al respecto:

"La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración"

Frankss

#46 Lo pusieron para limitar la circulacion de personas y no sirvio.
Ya que estaban que hubieran puesto el de excepcion como dice #23

O

#88 por que no sirvió?
Y que nos hace pensar que se hubiera podido sacar adelante un Estado de excepción? La lealtad de la oposición? La voluntad de remar todos juntos en la misma dirección? Un Estado de excepción NO hubiera salido adelante en la vida. Y ahora habria muchísimos muertos más... Y algunos patriotas estarían contentos porque así podrían ellos salvar la patria de los desmanes del Gobierno social comunista

Frankss

#95 Perdona, no es que no sirviera, es que no sirve para ello. No podian limitar el derecho a la circulacion.
Que yo sepa el estado de alarma se voto sin votos en contra. Por que iba a ser diferente el de excepcion?
Por que haces suposiciones solo pensando en que saldria mal justo cuando el estado de alarma se renovo durante semanas como un tramite mas?

D

#95 Sabes que se necesita la misma mayoría para declarar el estado de excepción que para prorrogar el estado de alarma?, y lo segundo se hizo?

angelitoMagno

#95 ¿Pero porque no habría salido en la vida? Si las medidas habrían sido las mismas

JohnSmith_

#95 "Y que nos hace pensar que se hubiera podido sacar adelante un Estado de excepción?"

El hecho de que se sacaran prorrogas del estado de alarma.

S

#7 Comentarios mas simples y menos pensados, donde si un juez dice algo que va en contra, entonces es el juez quien esta equivocado y no la ley. Y eso si el juez esta equivocado, que igual es que simplemente es un fascista.

Sí, sobre todo porque esta decisión ha sido tomada por unanimidad y los 11 miembros que votaron opinaban lo mismo, ¿no?

D

#7 Sabes lo qué pasa? Que a los ultras ya no os cree nadie medianamente normal. Porque resulta que días antes de decretar el EDA estabais pidiendo a gritos en el Congreso que se activara dicho EDA, e incluso lo votasteis a favor para luego decir que no, qje os quitaban "libertah" y ahora, sin ningún tipo de raciocinio, decís que no, que debería ponerse el estado de excepción, una medida mucho más dura que el EDA y que quita muchas más libertades.

Pero claro, sois ultras, pensar no es lo vuestro.

Frankss

#41 Pero que ultras? A quien hablas? Puedes debatir sin asumir mi voto o mi pertenencia politica?
Esta guay usar el hombre de paja con tus colegas tomando unas cervezas, pero no con un desconocido que no te ha faltado al respeto.

AmericanJedi

#41 Es más aún que eso, ahora quieren que además se modifique la constitución con un estado más para que ellos tengan razón en su inexistente debate de barra de bar de que este gobierno de cubazuela les quitó sus derechos durante unas semanas y no han pagado por ello. Mienten y manipulan, el gobierno aplicó el estado de alarma para limitar la circulación, no para prohibirla, y eso fue lo que ocurrió. No hubo fallo, estuvo bien aplicado, los jueces que lo han declarado inconstitucional han actuado políticamente y no jurídicamente. Les sigue doliendo que no gobiernen los suyos y no saben a qué agarrarse. Quizá deba pronunciarse el Tribunal de Estrasburgo para esto también, y para dejar de nuevo en ridículo a España.

O

#7 poner el Estado de alarma cuando quieran? Claro porque el Estado de alarma lo pusieron por placer...

D

#7 lo curioso es que los jueces que votaron esto son clasificados de manera común y pública como "conservadores" y "progresistas", lo cual hace que tu razonamiento se tambalee.

Frankss

#62 Puedes pasarme el articulo del estado de alarma? Y asi hablamos con propiedad

D

#89 no sé a qué te refieres

cdya

#7 Que no habia tiempo para hacer cualquier cosa que pasara por el congreso, tanto cuesta de entender?.

AlsoSprachMeneante

#7 Venía a decir justo lo mismo. El estado de excepción está claro que es demasiado restrictivo porque está pensado para grandes crisis de orden público y no para pandemias o calamidades, pero el estado de alarma tampoco permite suspender de forma general los derechos fundamentales que se suspendieron.

Y no se acaba el mundo por asumirlo, de hecho es normal, cuando se pensó en epidemias o en calamidades (como las producidas por catástrofes naturales, por ejemplo) seguramente no se pensó en una pandemia de un virus muy contagioso que requiriese suspender el derecho de circulación de las personas aun sin ser una situación de revuelta ni de guerra, sino simplemente como medida de confinamiento preventivo. Ahora que se ha aprendido, toca adaptar los instrumentos para contemplar situaciones que antes no se contemplaban ni se pensaron como posibles.

TonyStark

#7 jajajajaja claro claro, pq el estado de alarma se pone gratis y unilateralmente verdad? nadie lo vota antes. En fin, menudo comentario más cuñado te has marcado

Nyn

#7 "Pues nada, que pongan estado de alarma cuando quieran y nos quiten derechos, no?"

Cuando quieran dudo que lo hagan y si hacen uno intermedio seguirán quitando derechos, de hecho más, no entiendo tu crítica al estado de alarma. Al final si se hace un estado más restrictivo que el de alarma y es el que se aplica lo que habrá conseguido VOX es que nos quiten más derechos.

I

#7 o llevar a portada noticias que publican fotos de los jueces que han votado la resolución... Todo normal y correcto

El_Cucaracho

#7 ¿Con la oposición en contra que opción había?¿Haber dejado que se expandiera la epidemia por todo el país sin control?

Probablemente, la solucion es hacer otro estado intermedio entre alarma y excepcion. Pero son todos unos vagos y no lo van a hacer ni proponer.

Porque para eso hay que reformar la Constitución, disolviendo las Cortes y proclamando nuevas elecciones ¿Todo eso se iba a hacer en mitad de una pandemia global?

La mitad de las propuestas de la derecha ya saben que son imposibles de hacer, Casado estudió Derecho, pero solo les interesa desgastar al gobierno.

R

#7 Creo que un Magistrado del Tribunal Supremo puede contestarte mejor de lo que puedo hacer yo (negritas mías):

"Es cierto que para la suspensión de un derecho fundamental como el de la libre circulación, la Constitución dice que hay que declarar el estado de excepción, pero no es menos cierto que el estado de excepción solo puede declararse, según el texto de la Ley Reguladora, cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fueran insuficientes para restablecerlo y mantenerlo. Por si quedaba alguna duda, la ley establece que esa grave alteración del orden público no procede de un virus, sino de actuaciones de personas que, al margen de la legalidad, provocan alteraciones de la normalidad pública con actuaciones que, en la mayor parte de los casos, pueden ser delictivas.

[...] Por lo tanto, en función de la eficacia de los fines que se persiguen no entendemos qué puede aportar el estado de excepción para la prevención, tratamiento o medidas para atajar un virus que en lo que yo conozco no es un sujeto o persona que altere gravemente con su conducta el orden público."
https://ctxt.es/es/20210701/Firmas/36661/sentencia-Tribunal-Constitucional-estado-de-alarma-Jose-Antonio-Martin-Pallin.htm

Tu solución de crear una ley intermedia significaría todo el proceso parlamentario de una Ley orgánica, dado que no podría hacerse por Real Decreto al afectar derechos fundamentales. Y esto significa, siendo optimistas, 1 mes de tramitación: presentación a la mesa de congreso (15 días de los grupos para presentar enmiendas) pleno de congreso (debate), comisión (otros 15 días), pleno del congreso (votación), senado (con posibilidad de enmienda o incluso de veto, y si esto pasa vuelta a empezar la rueda).

Suponiendo que el gobierno tramitase esta nueva ley el el 14 de marzo o nos situaríamos a 14 de abril (y repito, siendo optimistas) con quizás la nueva ley aprobada. El 14 de abril había 300 muertos en España con confinamiento, y menos de dos semanas antes, a 2 de abril estábamos en 900 muertos con confinamiento.

Sinceramente, no veo tu propuesta como una solución para ese momento. Podría ser interesante para la situación actual; pero el TC está valorando un acto normativo del 2020.

abnog

#7 Efectivamente, en medio de una pandemia global galopante lo que había que hacer era ponerse a debatir y aprobar por consenso un nuevo estado intermedio entre el de alarma y el de excepción, y modificar la constitución para que lo refleje, porque total seguro que una cosa así se hace en dos días, estirando mucho. Claro hombre.

D

#7 La semana pasada o hace dos estaban en ello, no recuerdas los gritos de la derecha?

r

#7 en lo personal creo que el problema seguiría existiendo, siempre habéis un término medio entre dos estados que nos llevaran a inventar otro.

Para mí están bien definidos en base a la limitación de libertades de cada uno de los "estados".

Si nos equivocamos al declarar uno que "garantiza más libertades y derechos" pues vale, si estamos en pleno proceso de necesitar limitar la libre circulación pues se declara el otro por imperativo legal (previa votación en las cortes), si pasa después... Pues no sé cobran las multas y benditas vidas salvadas.

Que pasa al revés y limitamos más de la cuenta, no me parece tan genial, se han atentado contra derechos y libertades y el TC debria garantizar que se siga haciendo.

Eso creo que es bueno en un estado de derecho.

JohnSmith_

#1 A la altura de la que se hubiera liado si el estado de alarma lo declara el PP lol

ur_quan_master

#30 ¿ Con el resto de países tomando medidas similares y 900 muertos diarios?

Creo que patinas.

oceanon3d

#1 Según le oír esta maña a un jurista, sobre el texto constitucional del estado excepción, seguramente caso de crisis sanitaria (que no figura en su artículos) si el gobierno lo hubiera decretado el TC lo hubiera declarado inconstitucional. Esta pensado casi para un estado de guerra no para crisis sanitaria...

En esas estamos....pero por mi me hubiera valido; el gobierno podría haber cerrado El Mundo y el ABC o destituir a Ayuso de todos sus cargaos por sus continuos pasos en las ruedas de de la crisi ....y lo mejor de todo; sin repercusiones legales posteriores a estas decisiones. A mi me vale lol lol lol

A ver, el TS interpreta la leyes; es un tribunal jurídico ....el TC interpreta la constitución que en si es un tocho con muchas vaguedades abiertas a la interpretación....ES UN TRIBUNAL DE INTERPRETACIÓN POLÍTICA.

Para todo lo demás seguir la linea de puntos de los jueces conservadores hasta las FAES...especialmente el maximizo responsable de este dislate que debería estar inhabilitado o en la cárcel por precaucionan

D

#69 Realmente para una situacion de guerra ya está el estado de sitio.

Un estado de excepcion no limita automaticamente X derechos, se limitan unicamente y de la forma que prevea la solicitud del estado de excepcion que pida el Gobierno y que el Congreso apruebe o modifique. Unicamente tiene un abanico de posibilidades mayor para que se vea modificado durante la pandemia y dicho estado.

¿A donde quiero ir a parar?, que tu pidas el estado de excepcion te posibilita pedir la limitación de derechos que no prevee el estado de alarma, pero no los limita per se por el simple hecho de pedir el estado de excepcion y no el de alarma.

El problema que ha habido y que ha remarcado el TC es que en el estado de alarma que se hizo, se vieron afectados derechos que la ley no prevee que se puedan ver afectados por el estado de alarma, sino que habria que haber recurrido a una herramienta mayor que si lo permita: El estado de excepción.

El TC si ha pecado de algo es de garantista, al no dar el visto bueno para que con el estado de alarma, que de los 3 estados extraordinario se supone que es el menos gravoso, no pueda el gobierno limitar derechos por encima de lo que permite la CE y la ley, y que hay que hacer uso de las otras herramientas que ya estan recogidas en nuestro ordenamiento.

MalvadoAspersor

#69 Primero, la Constitución no es un tocho. Es bastante breve.
Segundo, lo que han interpretado aquí no es la CE, sino la Ley Orgánica 4/1981.
Tercero, léete el artículo 13 de esa misma ley y verás por qué estas diciendo barbaridades.

Aiarakoa

#320, en #69 no te vale lo que diga el tribunal de FAES, ahora no te vale que esté "la solución empantanada en el congreso por enmiendas de los partidos atando las manos del gobierno"... veo que te molestan la separación de poderes, el equilibrio y los mecanismos de control entre los mismos, etc. No eres muy demócrata, tú.

Y encima, como indica #220, es falso que lo que hagas en estado de excepción sea gratis y sin consecuencias. A lo largo de los artículos de la LO 4/1981 hay mención en cada uno a la obligación de levantar acta y notificar al juez de cada una de las actuaciones que aprovechen la suspensión de derechos y libertades fundamentales. No necesita el gobierno pedir permiso, pero sí debe dejar constancia. Y cuando termina el estado de excepción, los afectados pueden llevar el caso a los tribunales para que éstos evalúen si la actuación de la autoridad gubernativa se ajustó a lo legalmente previsto o si se abusó de la prerrogativa.

P.D.: PSOE y PODEMOS querían poder renovar el CGPJ con mayoría absoluta en lugar de con 2/3. ¿A ti te parece bien? Quizá sí porque les consideres los tuyos, si lo hicieran los otros estarías montando el pollo como lo montas ahora con la sentencia.

cc/ #302

A

#1 lo mismo no había que haber encerrado a la gente en sus casas, digo yo.
Y más, si no tienes una ley para ello, dictadorzuelo.

m

#1: Entre otras cosas porque... el estado de excepción no está previsto para crisis sanitarias. El texto está bastante claro, es para temas de guerras, terrorismo, revueltas y cosas así. Un virus no limita los derechos, los dificulta, pero no te impide informarte, tener tus ideas políticas, ir a trabajar, votar, pagar impuestos... Otra cosa son las medidas frente al virus, pero el virus en sí no.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774
El confinamiento general de la población que decretó Pedro Sánchez fue inconstitucional, dice el TC/c433#c-433

Silvia_Folk

#1 El Tribunal Constitucional decreta inconstitucional la Constitución.

Ptleva

#12 tampoco pintes el confinamiento como una orgía de felicidad, que mucha gente ha perdido su trabajo.

D

#9 " el tema es que desde el TC se hace política en contra del gobierno"

Que tranquilizador tener un Tribunal que dijera "si bwana" a todo lo que haga un gobierno.

vicus.

#60 Si, me tranquiliza un montón que hagan caso de los mierdas de VOX, mientras estos últimos presumen de ser primeros en pedir el estado de alarma, el mismo estado de alarma que ellos denunciaron.

D

#86 Claro, hay que atender a quién dice algo, no a lo que se dice. Que listo eres.

Nyn

#32 No es que elimine más, si no que puede eliminar más, que es de lo que se trata.

Nyn

#64 En España se votó cada 15 días el estado de alarma y menos mal que salió adelante. En otros países no era así, de hecho, de la zona creo que somos el único que tenía que estar cada 15 días intentando salvar vidas y digo intentando porque como se vio se aprobaron las prórrogas muy justo.

Si llega a ser estado de excepción lo mismo no se aprueba ni el primero con la de muertes que ello habría conllevado.

Jonesy

#64 Si hubieran decretado en el estado de excepción lo jueces hubieran dicho que no era proporcional, entre otras cosas. Tú sabes perfectamente que esto otra nueva lawfare contra el gobierno, la más patatera que han hecho hasta ahora.

vicus.

Esto de cara al futuro va a marcar precedente para las próximas pandemias que vengan, pues el ejecutivo va a tener las manos atadas y bien atadas, puesto que los jueces que aparte del poder judicial que tienen, también se meten a hacer de gobernantes, y eso que no les ha votado nadie, por lo que si viene la próxima pandemia tendremos una especie de dictadura judicial, o sea, ese estado de excepción que tanto gusta a las dictaduras.

Nyn

#22 Estado de excepción si se vota en el congreso, si no nada, libertad que es lo que quieren.

M

No tengo ninguna afición por pedro Sánchez ni el psoe, pero doy las gracias cada día de no haber tenido a casado al timón. Aunque está claro que últimamente mandan los jueces. No me parece una democracia.

RobertNeville

#82 Gracias por tan rigurosos aportes jurídicos.

e

Holaaa,soy el fascismo que asoma la patita.
Ya tienen preparado el argumento para la siguiente.

teseo

Me pregunto si estos jueces seguirán siendo fieles al PP o abrazarán a VOX y los peperos caerán en el ostracismo.

A

El camino sensato sería añadir a la constitución el estado de pandemia.

O

Entonces quedamos en que los malvados seres del Gobierno limitaron nuestros derechos y libertades, y la solución que damos es poner el Estado de excepción que limitan aún más nuestros derechos y libertades
... Todo correcto

j

#50 No te has enterado aún en que el Gobierno suspendió el derecho de circulación y que no es lo mismo limitar que suspender.

K

Este país tiene un serio problema con la justicia y tiene toda la pinta de que no se va a solucionar en las próximas décadas. Por eso cuando algunos hablan de democracia plena me deshuevo de manera incontinente.

Cada día que pasa se evidencia más que la proporción conservadora/progresista que muestra la sociedad española, más o menos fifty/fifty no se ve reflejada en la judicatura que estará en un 75 % de conservadores y el resto "progresistas". Hay varias causas para esto, además del filibusterismo con que siempre ha actuado el PP, (descendiente directo de AP, un partido fundado por un franquista), bloqueando los mecanismos de renovación y pasándose la constitución que siempre la tienen en la boca por el forro de los escrotos. Entre eso y el diseño de las vías que se han de tomar para llegar a ser algo más que un juez de primera instancia ya hay parte del cisco montado. Pero tal vez el mayor problema es que en su día no se hizo una completa desratización y desinfección de las alimañas franquistas que estaban enquistadas como tumores malignos que siguen metastaseando el sistema judicial.

La sentencia del constitucional, se mire por donde se mire, es un puto esperpento de argumentación que no aguantaría ni el primer envite en una corte europea. A ver qué procedimiento legal se toma ahora si viene otra pandemia que es probable que sea más pronto que tarde.

h

#66 "Este país tiene un serio problema con la justicia"

Y tanto, de hecho estuvieron recortando derechos fundamentales durante meses de manera ilegal y ningún juez movió un dedo. Y las CCAA siguen haciendo lo mismo y los jueces aplaudiendo.

c

Tanto el estado de excepción como el de sitio solo admiten una única prórroga de 15 días. Escogieron el de alarma ya que había un vacío legal al no especificarse en el mísmo la duración de las prórrogas QUE SE SOBREENTIENDEN menores que los otros dos estados más restrictivos.
Una jugada de trileros de libro.

Amechi_

Yo creo que lo que se hizo fue lo se pudo hacer, es decir, si llegan a proponer el estado de excepción, se les tiran como lobos encima.
Ahora bien, a posteriori, creo que la decisión del TC es correcta, el estado de alarma no daba pie a las restricciones que se pusieron, por lo que las multas que se pusieron deben ser recurridas y las consecuencias políticas deben ser asumidas.

Así que es AHORA cuando todos los diputados deben parlamentar sobre si habría que añadir un punto al estado de alarma (o al de excepción) que diga algo del estilo: "se puede suspender el derecho de movimiento en caso de crisis sanitaria por enfermedad altamente contagiosa" (pero sabemos que no va a pasar, que lo de ponerse de acuerdo y debatir no entra en las funciones de nuestros excelentísimos diputados).

j

Actualmente lo que queda es la esencia de España. Que consiste en interponer políticamente los recursos de inconstitucionalidad. Y según en cada cual, los tribunales dictan una sentencia y su viceversa. En una parte se sentencia una cosa y en otra todo lo contrario.

Dicho esto. Y la base que queda disturba es: Estado de Alarma: Lo hace el gobierno sin Parlamento. Estado de excepción se plantea todo en el Parlamento.
Evidentemente y perfectamente el gobierno puede hacer el Estado de Alarma. Pues la ley lo dice claramente: Se puede hacer cuando hay Crisis sanitarias tales como epidemias y situaciones contaminación graves.

Pero ahora la discusión es si dentro del Estado de Alarma puede hacer causas sin pasar por el Parlamento. A esto hay que recordar que el Gobierno en los sucesivos fue votado en el Parlamento.

Y el problema que nos pueden perjudicar, haciendo perjuicios es que ahora si llegamos a una nueva oleada de contagios no seamos capaces de actuar por el incordio.

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