Estará/n contento/s el/los que la han puteado.
Panda de desgraciados.
Veamos si de una puta vez se les mete a todos los degenerados, reprimidos, y mete en todos los asuntos ajenos, que el amor y la sexualidad, es una elección libre entre dos personas, que no nos incumbe a nadie más que solamente a esas 2 personas.
Heteros, homos, binarios, no binarios, trans, o lo que se quiera.
"El sector funerario no está regulado en Inglaterra y Gales, no existen requisitos legales sobre cómo y dónde deben almacenarse los cadáveres y no se requieren cualificaciones para ejercer como director de una funeraria"
#5 Desde hace un tiempo y dependiendo del importe por lo que yo se, si.
Según el Real Decreto-Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera existen algunas cantidades pueden impedir el uso de tarjeta:
Importe inferior a 30 euros: los establecimientos tienen la opción de obligarte a pagar en efectivo. Importe superior a 30 euros: los establecimientos están obligados a aceptar el pago con tarjeta.
#76 también está errado #20, y se lo explico en #71. En todo caso están obligados a dar alternativas al efectivo, y la tarjeta es una opción, no la única opción.
Yo sé que mucha gente aquí quiere poder pagar siempre con tarjeta, y están votando positivo comentarios en esa línea, pero eso no les da la razón. Yo los he votado negativo porque confunden a la gente. Esos comentarios deberían estar en gris aquí.
El RDL 19/2018 no obliga a los comercios/autónomos a aceptar tarjeta a partir de 30 € ni permite exigir “solo efectivo” por debajo de 30 €. Ese umbral de 30 € aparece en el art. 34 para definir instrumentos de pago de bajo valor (exenciones y requisitos cuando las operaciones individuales no superan 30 €); no impone métodos de pago al comercio.
Los comercios deben aceptar efectivo (es moneda de curso legal) dentro de los límites antifraude. Rechazar el pago en efectivo es una infracción de consumo (art. 47.1, letra ñ, del TRLGDCU).
El límite general de pagos en efectivo cuando interviene empresario/profesional es 1.000 € (o 10.000 € si quien paga es persona física no residente). La sanción por incumplirlo es del 25 % del importe pagado en efectivo.
Adicionalmente, la ley prohíbe recargos por usar un instrumento de pago (p. ej., sobreprecio por pagar con tarjeta) a los beneficiarios de la operación (art. 35.3 RDL 19/2018).
Nota práctica: un comercio no está, con carácter general, obligado a tener TPV (salvo normas sectoriales/locales); por eso algunos fijan importes mínimos para tarjeta. La OCU lo explica así desde hace años.
En resumen: no existe esa regla de “hasta 30 € solo efectivo y, por encima, obligación de ofrecer tarjeta/transferencia”. Es un mito nacido de interpretar mal el art. 34 del RDL 19/2018.
#44 Hablar del patriarcado es necesario, especialmente en una noticia de una violación.
Que a algunos se les pueda atragantar dice de ellos, no de los que lo denunciamos.
#13 Hay muchos hijos de puta que violan a chicas. El problema no es la nacionalidad, el problema es el patriarcado (sólo mencionar esta palabrita ya me garantiza unos negativos), que es absolutamente transversal.
#22 osea, que si se generaliza y se insta al odio contra un grupo que no es el tuyo, es guay. Pero si ya se genera odio contra uno al que tú perteneces ya no mola tanto. ¿Es eso?
Venga, que seguro que si te esfuerzas tú solo descubres el error de tu mierdiargumento
Los españoles que hemos nacido en España, de padres, abuelos, y bisabuelos españoles tampoco tenemos que comer jamón ni ir a las procesiones de Semana Santa.
La cultura española es mucho más, y los que comen jamón y van a la Semana Santa no son ni más ni menos españoles que yo.
Ya basta de considerar más españoles a los que le dan a la cocaína, al puticlub y a los toros con su banderita de España en la muñeca.
La necesidad de algunos españoles de tener que negar los genocidios por ellos cometidos y señalar otros con dedo acusador.
Joder con los complejos.
Niños, repetid conmigo: no hay imperialismo bueno, y siempre necesita de limpiezas étnicas.
Y yo soy vasco, muy consciente del papel protagonista que tuvieron los vascos en el genocidio americano.
No me puedo creer que haya alguien defendiendo esto.
Tenemos a un miembro de la FSE condenado por maltrato. Es decir, las medidas que les son impuestas no son medidas cautelares, se derivan de una sentencia por un juez... a un miembro de la FSE.
¿De verdad le daríais la custodia compartida a un condenado por maltrato?
La mujer está claro que no quiere que su hija crezca sin contacto con su padre, incluso con la condena continua ofreciéndole tres días a la semana de visitas... lo que no quiere es la custodia compartida (cosa que me parece lógica con alguien que ya se ha mostrado violento) y tiene acceso a armas.
Panda de desgraciados.
Veamos si de una puta vez se les mete a todos los degenerados, reprimidos, y mete en todos los asuntos ajenos, que el amor y la sexualidad, es una elección libre entre dos personas, que no nos incumbe a nadie más que solamente a esas 2 personas.
Heteros, homos, binarios, no binarios, trans, o lo que se quiera.
¿Es tan difícil vivir y dejar vivir?
Yo al menos ni hubiera fichado por un equipo de esas características.
Eso sí, la responsabilidad es de la UCI y de la organización de la vuelta, eso es indiscutible.
Nada que añadir...
Según el Real Decreto-Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera existen algunas cantidades pueden impedir el uso de tarjeta:
Importe inferior a 30 euros: los establecimientos tienen la opción de obligarte a pagar en efectivo.
Importe superior a 30 euros: los establecimientos están obligados a aceptar el pago con tarjeta.
www.businessinsider.es/retail/bares-comercios-pueden-negarse-cobrar-ta
Yo sé que mucha gente aquí quiere poder pagar siempre con tarjeta, y están votando positivo comentarios en esa línea, pero eso no les da la razón. Yo los he votado negativo porque confunden a la gente. Esos comentarios deberían estar en gris aquí.
Lo que dice realmente la normativa:
El RDL 19/2018 no obliga a los comercios/autónomos a aceptar tarjeta a partir de 30 € ni permite exigir “solo efectivo” por debajo de 30 €. Ese umbral de 30 € aparece en el art. 34 para definir instrumentos de pago de bajo valor (exenciones y requisitos cuando las operaciones individuales no superan 30 €); no impone métodos de pago al comercio.
Los comercios deben aceptar efectivo (es moneda de curso legal) dentro de los límites antifraude. Rechazar el pago en efectivo es una infracción de consumo (art. 47.1, letra ñ, del TRLGDCU).
El límite general de pagos en efectivo cuando interviene empresario/profesional es 1.000 € (o 10.000 € si quien paga es persona física no residente). La sanción por incumplirlo es del 25 % del importe pagado en efectivo.
Adicionalmente, la ley prohíbe recargos por usar un instrumento de pago (p. ej., sobreprecio por pagar con tarjeta) a los beneficiarios de la operación (art. 35.3 RDL 19/2018).
Nota práctica: un comercio no está, con carácter general, obligado a tener TPV (salvo normas sectoriales/locales); por eso algunos fijan importes mínimos para tarjeta. La OCU lo explica así desde hace años.
En resumen: no existe esa regla de “hasta 30 € solo efectivo y, por encima, obligación de ofrecer tarjeta/transferencia”. Es un mito nacido de interpretar mal el art. 34 del RDL 19/2018.
Que a algunos se les pueda atragantar dice de ellos, no de los que lo denunciamos.
Venga, que seguro que si te esfuerzas tú solo descubres el error de tu mierdiargumento
La cultura española es mucho más, y los que comen jamón y van a la Semana Santa no son ni más ni menos españoles que yo.
Ya basta de considerar más españoles a los que le dan a la cocaína, al puticlub y a los toros con su banderita de España en la muñeca.
Porque lo de este tío es pura esquizofrenia nazi.
Joder con los complejos.
Niños, repetid conmigo: no hay imperialismo bueno, y siempre necesita de limpiezas étnicas.
Y yo soy vasco, muy consciente del papel protagonista que tuvieron los vascos en el genocidio americano.
Tenemos a un miembro de la FSE condenado por maltrato. Es decir, las medidas que les son impuestas no son medidas cautelares, se derivan de una sentencia por un juez... a un miembro de la FSE.
¿De verdad le daríais la custodia compartida a un condenado por maltrato?
La mujer está claro que no quiere que su hija crezca sin contacto con su padre, incluso con la condena continua ofreciéndole tres días a la semana de visitas... lo que no quiere es la custodia compartida (cosa que me parece lógica con alguien que ya se ha mostrado violento) y tiene acceso a armas.