#3 Pero es que las bombas de calor son muy eficientes con bajo gradiente de temperatura... si para acumular tienes que congelar se te va a la porra la eficiencia.
Estoy de acuerdo con #14 y #25 : difundir una grabación de forma pública no implica ni afecta en ningún modo a que eso sea considerado totalmente inválido como prueba.
¿Quizá te referías a "perder un poco de peso como prueba" en lugar de "perder validez"?
Bueno, quizá en algún caso, podría afectar levemente al juicio donde se presenta esa prueba en el sentido de que el juez podría considerar que esa difusión pública tiene una intención de manipular a la opinión pública o coaccionar. Pero esto NO es lo mismo que se declare la invalidez de esa prueba.
¿Es delito?
¿Te pueden poner una querella o una demanda civil?
En muchos casos sí...
¡Pero hay excepciones! Si la grabación se considera de interés público claro, puede ser totalmente legal difundir esa grabación.
En este caso se enfrentan dos derechos:
1. Por un lado, el derecho de la persona grabada a su intimidad, el secreto de sus comunicaciones, o su honor, etc...
2. Por otro lado, el derecho de los ciudadanos a la información, a la información veraz, y especialmente si esa información es necesaria para ejercer su derecho al voto estando informado. Para votar tienes derecho a saber información importante sobre los políticos a quienes votas.
El segundo derecho puede prevalecer sobre el primero, haciendo que esa difusión sea legal... ojo, solo en estos casos particulares.
Un ejemplo claro sería cuando grabas a un político diciendo que ha hecho o quiere hacer un acto de corrupción, como robar dinero público, y das esa grabación a un periódico o canal de televisión y lo difunde. Esa publicación de una conversación privada por parte de ese periódico o canal de TV puede ser totalmente legal, si es veraz, claro.
No estoy seguro de si sería igual de legal que tú lo difundas en una Red Social... ¿Por qué? Porque me parece que los medios de comunicación registrados como tales (o quizá también una persona licenciada en periodismo) tienen legalmente mayor permiso para eso que un ciudadano común.
En el caso del meneo dice que la SER lo difundió en exclusiva.
Aunque no sea un caso tan claro como el que dije antes de corrupción, en mi opinión sí sería un asunto de interés público, de la gestión de un gran problema como la DANA por organismos públicos...
Por supuesto, hay muchos otros casos en los que difundir una grabación sí es delito... especialmente cuando en esa grabación hay datos personales, íntimos, que no son de interés general, y más aún si son asuntos especialmente protegidos como la orientación sexual, las relaciones sexuales, datos de salud (si tienes tal enfermedad), la ideología política o religiosa, etc.
#17 a mi que me paguen mi tiempo sea quien sea. Soy un contratado, luego estás tú que decides si comprar o no, y si no compras la empresa perderá dinero ya que mi tiempo hay que pagarlo si o si.
#25 , #28 ¡lujos! En mis tiempos teníamos jornadas de 40 horas al día, 9 días a la semana ... y pagábamos por trabajar ... ¡pero se lo cuentas a los jóvenes de hoy en día y no se lo creen!