#3 ¿Periodismo terrorista? Es un pavo con una cuenta de twitter. Yo no había visto la noticia hasta que el rtve la ha desmentido (y me pregunto cuantas mas visitas tendrá esa noticia que el tuit original).
#12 Si tu bloque es antiguo y tienes cuerdas en fachada, las tienes porque las has puesto tú, no porque las pusiera el constructor/arquitecto.
Es como los que se ponen un aparato de aire acondicionado debajo de cada ventana o los que se ponen parabólica.
Los ayuntamientos son totalmente competentes a éste respecto, la fachada es un elemento estético del espacio público. Hasta el arquitecto tiene derecho a que se mantenga la estética del edificio.
Dicho ésto, sí, claro que el ayuntamiento te puede obligar. Es que es una de sus competencias. Otra cosa es que muchos ayuntamientos pasan de todo, pero eso es otra historia.
#6 La gente es responsable de sus actos, no son pocos los casos en los que unos chavales han hecho una amenaza de bomba como broma y luego se han dado cuenta de que estaban cometiendo un delito. Cada caso debe juzgarse con sus circunstancias.
Generar una imagen realista de un animal salvaje en una ciudad y difundirla es un acto que puede suponer consecuencias. Y hay que juzgar los detalles, no es lo mismo hacer ese vídeo y publicarlo diciendo "mira qué acabo de grabar con el móvil" que publicarlo diciendo que es IA y que luego otro borre el texto y solo difunda el vídeo sin incluir que es IA.
Pero la ley no es necesario cambiarla por que en vez de una llamada telefónica sea una imagen generada por ordenador, el concepto es el mismo, las consecuencias son las mismas, el delito es el mismo.
#3 En España lo que se describe en el meneo ya está considerado un delito en el código penal:
Artículo 561.
Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses.