#99 es posible, pero es porque no se han tomado las medidas que te he comentado, sólo subida de impuestos (lo contrario) el despido a largo plazo sigue siendo de los más caros de Europa, el impuesto de sociedades aunque bajó del 35 al 25 durante Rajoy sigue siendo de los más altos de Europa, la regulación laboral es la misma para todas las empresas da igual el tamaño...
No se ha hecho nada, o se ha hecho muy poco en 30 años. Sólo crecimiento en base a deuda
Lo más destacable la reforma laboral de Rajoy (que apenas tocó la Yoli) y la reducción del impuesto de sociedades del 35 al 25%
Y lo peor, a los políticos de ahora les importa un pito, sólo les preocupa el voto clientelar
Además, que esas empresas de las que hablas no son empresas españolas, las empresas del IBEX facturan 2/3 en el extranjero, se han hecho enormes en el extranjero así que de españolas tienen poco
Para empezar lo que estoy proponiendo es reducir los impuestos al trabajo como el IRPF para que una buena parte del trabajo acabe en manos del trabajador
#7 en España, según el código penal, se puede decretar prisión provisional si se cumple uno o varios de estos condicionantes:
- reincidencia
- destrucción de pruebas
- huida
En resumen, reincidir es difícil si la víctima estaba en la UCI, destrucción de pruebas complicado si la prueba principal estaba en la UCI y la posibilidad de huida es más discutible cuando hasta ayer la acusación sería de intento de homicidio y la pena sería menor. Hoy al haber fallecido la víctima es otra acusación y otra condena posible.
#7 No, no sabian que "moriria" (asesinada) cuando lo soltaron.
El detenido pasó este martes a disposición del juzgado, que decretó su libertad con medidas cautelares, mientras que horas después de la decisión judicial la mujer murió en el hospital a causa de las heridas sufridas, según las mismas fuentes.
Lo que no tiene puto sentido, es que sueltes a una persona que de una paliza ha metido a otra en la UCI... no tiene sentido, pero ninguno.
Luego que si medidas de protección etc etc cuando la base NO FUNCIONA, si no llega a morir en la UCI, esa pobre mujer sale del hospital y a los dos dias este se la ha cargado y nos hechamos las manos a la cabeza...
En fin, una pena de sistema de mierda que nadie quiere solucionar.
#6 La custodia del padre inicia en octubre y en diciembre la hija se niega a regresar con él tras una visita a su madre (lo de los 500 días es posterior, es la consecuencia, no la causa).
#2 ¿La madre, la hija, el agente, el equipo técnico del centro de acogida o las magistradas? Las magistradas de la Audiencia señalan que la mujer conocía que tenía que dejar a su hija con su padre. Pero el Código Penal recalca que es delito si no hay una «causa justificada». Y en este caso, recuerdan que la menor había manifestado reiteradamente su negativa a ir con su padre. Y ello vino avalado por las declaraciones de un agente y por el equipo técnico de un centro de acogida.
#11 Imagina que obtiene el título de medicina con esas trampas: tener en sus manos la vida de personas sin los conocimientos suficientes, porque ha hecho trampas, sí merece unos antecedentes.
Yo sí consideraría documento público un examen homologado para un título oficial.
Esa es buena, pero no hay ninguna negación.
Aunque si digo que "no hay ninguna" se puede entender que "sí hay alguna".
Joder que lío.