#8 He ido a mirar en San Google y tenía razón #5 al destacar el error y yo pensar que había sido un error tipográfico (que lo era).
He buscado la Ley y su desarrollo y en realidad el rango de la multa es de 601 a 30.000, así que el error tipográfico sí que está en el titular y la noticia que ponía yo para justificar que no lo era, no solo lo arreglaba sino que lo empeoraba al decir que era de 300.000 tanto en titular como en el desarrollo de la noticia.
Al tratarse de una infracción grave, las sanciones económicas por vulnerar el artículo 36.23 de la Ley Orgánica 4/2015 se mueven en una horquilla de 601 a 30.000 euros.
Para el cálculo exacto de la cuantía en 2026, la ley divide el importe en tres tramos proporcionales según la gravedad de los hechos:
Grado mínimo: De 601 a 10.400 euros. Es el que suele aplicarse si no existen antecedentes o agravantes.
Grado medio: De 10.401 a 20.200 euros.
Grado máximo: De 20.201 a 30.000 euros.
#5 Y si te hubieras molestado en comprobar el error como yo he hecho (puesto que se me ha colado al enviarla) hubieras visto que era un error tipográfico no un error de la noticia.
Repito, si hubieras intentado comprobarlo habrías encontrado otra noticia como esta que ratifica que la multa es hasta 300.000 eldiariocantabria.publico.es/articulo/sociedad/chivatazo-que-puede-sal
#25#12#17 En la formula-E los coches se cargan con motores diesel porque normalmente las instalaciones de las ciudades no son sufientemente potentes.
1000cv es casi un megaavatio de potencia y no es un motor muy grande. Motores de barcos no muy grandes o de locomotoras diesel podrian dar potencia electrica a muchas ciudades.
Enchufar los barcos tambien ahorraria muchas emisiones que llegan a la poblacion. No se estan obligados a otras opciones como cambiar a combustibles mas limpios como gas natural o diesel.
#11 en el vídeo se ve que reduce y luego vuelve a a acelerar, no creo que se haya quedado sin batería, más bien sin circuito para seguir a esa velocidad, aparte se ve como le empieza a bailar el coche, me da la impresión de que ha llegado al tope en el que es controlable
Me parece que lo comentaba James May, el de TOP Gear probándolo. Aunque creo que la autonomía era mayor .. 20 minutos o así, supongo que dependerá de la versión.
#29 Es una anécdota sin importancia. Está mujer tiene cuatro años más que yo. Justo cuando me aprendí los países de Europa se unifico Alemania, se desintegró la Union Soviética, y también Yugoslavia. Y el flamante globo terráqueo que ma había regalado ni abuelo queso obsoleto.
Hacemos chistes sobre esto porque la realidad es mucho más dura y difícil de tragar. Altos cargos autonómicos dando las gracias a todo el mundo, menos al gobierno central que les manda a la UME y que llega mucho antes. Que si, que toda ayuda es poca y es bienvenida, pero no sé puede con una mano gestionar la emergencia colaborando y con la otra dar puñaladas a quienes te están ayudando desde hace días o semanas y decir que no lo hacen.
Está noticia solo es un ejemplo más de la enconada lucha partidista y de la campaña electoral perpetua en la que vivimos.
#3 Ya, bueno. Es lo que dice el titular para intentar ser más efectivo y llamar la atención. Cosas de periodistas. Esta claro que a estas alturas los podridos saben que tienen carta blanca para mear en la boca de la abuela de sus votantes, que no les va a pasar nada.
Lo importante es la información sobre impostores en la política y sobre esta falsa meritocracia en la que vivimos donde las cartas están echadas al nacer en según que familias.
He buscado la Ley y su desarrollo y en realidad el rango de la multa es de 601 a 30.000, así que el error tipográfico sí que está en el titular y la noticia que ponía yo para justificar que no lo era, no solo lo arreglaba sino que lo empeoraba al decir que era de 300.000 tanto en titular como en el desarrollo de la noticia.
Al tratarse de una infracción grave, las sanciones económicas por vulnerar el artículo 36.23 de la Ley Orgánica 4/2015 se mueven en una horquilla de 601 a 30.000 euros.
Para el cálculo exacto de la cuantía en 2026, la ley divide el importe en tres tramos proporcionales según la gravedad de los hechos:
Grado mínimo: De 601 a 10.400 euros. Es el que suele aplicarse si no existen antecedentes o agravantes.
Grado medio: De 10.401 a 20.200 euros.
Grado máximo: De 20.201 a 30.000 euros.