Aunque #10 se explicó muy mal, en realidad tiene gran parte de razón.
Primero, a modo de búsqueda/ "investigación" mía, pregunté a la IA... No es que la IA acierte siempre, falla más que una escopeta de feria, pero suele ayudar dando datos que luego se pueden verificar:
La IA dijo que los grandes tenedores tienen desde marzo de 2025 en Cataluña un impuesto mayor...
La propia IA me dijo cómo se llamaba la ley, y la verifiqué:
«Decreto-ley 5/2025 de Cataluña»
En vigor desde 27 de marzo 2025
Mientras un particular tiene un impuesto ITP del 10% si es valor de menos de 600 000 euros, y nunca más de un 13%,
sin embargo, el gran tenedor tiene ITP del 20%.
Ahí lo dice en la ley, #1 NO ENGAÑEMOS ni nos dejemos engañar tan fácilmente.
¿Y la bonificación del 70%?
Según la IA, esa misma ley deroga la ley anterior, y, por tanto, la bonificación que existía antes ya no existe.
Esto no lo he verificado al 100% pero según la IA es el artículo 642-8 el que se modifica.
¿Significa esto que las empresas nunca tienen bonificaciones o ventajas que no se dan a los particulares?
No, porque sí hay algunos casos bastante específicos en los que tienen alguna ventaja.
Por ejemplo, en el mismo enlace del BOE, y justamente en el 642-8 se dice que si el inmueble que se compra es para oficinas pero solamente cuando son para poner la sede social de la empresa en Cataluña... solamente en ese caso tienen bonificación del 50%.
Supongamos que una empresa NO es "gran tenedor", por tanto el ITP no es del 20% sino el habitual. Supongamos que esa empresa tenía sede en Madrid (por decir algo fuera de Cataluña, pero en España) y compra un inmueble en Cataluña por 500 000 euros, que es menos de 600 000 euros. Entonces, por ser menos de 600k es un 10% de ITP y por ser sede tiene bonificación del 50% así que paga 5% mientras que el particular paga 10%.
Entonces, sí hay… » ver todo el comentario
#17 En mi caso es lo que más veo, por no decir que YouTube music me parece mucho más completo que Spotify
3€ al mes, claro que sí
#36#15 Es más que quitarte los anuncios. Desbloqueas opciones como poder apagar la pantalla sin que se corte el sonido, o descargar vídeos para verlos más tarde
#15 Si la tajada que fuese para los creadores de contenido fuese grande yo tambien pagaria.
Como es una mierda, pago directo por patreon y bloqueo anuncios.
No es un tema de que lo valga o no, para mi es simplemente un asunto de redistribuccion de beneficios, si mi dinero apenas llega a la gente a la que quiero apoyar para poder seguir viendo su contenido, no tiene sentido pagar 18, ni 11, ni 3 euros.
Les doy mi dinero directamente a ellos salvo la cuota de patreon que es bastante mas justa y hace que el dinero que pago realmente pueda marcar una diferencia y apoyar a los creadores de contenido que quiero.
#15 Totalmente de acuerdo, yo antes pagaba spotify, ahora pago youtube premium que incluye YT-Music (el spotify de youtube), y además veo mucho mas youtube que cualquier otra plataforma, es de las pocas que pago encantado
#15 Yo creo que no lo merece, porque lo que yo hago es directamente bloquear la publicidad y malas prácticas y no tengo que perderme nada, ni en Youtube ni otros canales.
#22 teniendoben cuenta como los algoritmos y las censuras de youtube estan condicionando a los creadores a hacer videos cada vez peores, por no poder poner ni cortes de canciones o peliculas, ni poder hablar con libertad de vocabulario (si dices insultos, palabras relacionadas con violencia o política comprometidas) y que los ritmos y contenido se acerquen cada vez mas al click bait o te retengan mas tiempo con relleno sin darte lo que te interesa.... esta en un proceso claro de mierdificación acelerado. Si me hacen pagar, que al menos den libertad a los creadores para far buen contenido.
#15 No es lo mismo pagar para ver contenido que pagar para quitarle la publicidad al contenido.
Youtube está disponible para cualquier persona sin pagar nada, precisamente es lo que lo hizo grande.
Cierto es que Youtube Premium desbloquea también Youtube Music, pero no lo has mencionado y tampoco es un servicio que yo valore por encima de un par de euros al mes.
#20#22 no tiene porque ser marketing. Cuando Eric el Rojo llegó a Groenlandia (fue el primero) a finales del X la Tierra se encontraba en el Periodo Cálido Medieval (es.wikipedia.org/wiki/Período_cálido_medieval) por lo que Groenlandia si podía ser mas verde que ahora. Hoy en día también puedes encontrar verde en Groenlandia. No es Islandia pero tampoco es que haya una capa de hielo cubriéndolo todo todo el año.
#22 Lo dicho, unos genios del márqueting. Porque lo suyo hubiera sido llamar a ese trozo de tierra Snowland, Coldland, Fuckingcoldland o similar, pero vamos, de todo menos Greenland.
#29 creo que es importante solidarizarnos con este hombre, viendo la impunidad con la que actúan las mujeres en España, cualquiera de nosotros puede verse ante un trance parecido.
#14 No, pero desde hace bastantes años hay una política de tolerancia cero, más o menos estricta, con el crimen. Justo lo contrario que ocurre en Reino Unido. Los resultados están a la vista, y lo que nos queda por ver.
#26 Porque en esa construcción, el objeto directo es ella.
Sería "le" si fuera objeto indirecto, y a ella le diera algo (ej: "yo no le daría tan alegremente una manzana") www.spanish.cl/Grammar/Notes/objeto-directo.htm
Se ve vas fácil si en lugar de decir "dar a alguien por X" lo cambias por "considerar a alguien X".
Dices "la considero" ¿verdad?
#78 Lo de Bélgica es de risa... Y todo un ejemplo a no seguir. #76 mi experiencia con Países Bajos es que allí hasta las abuelas de 80 años en el súper hablan un muy buen inglés.
Aunque #10 se explicó muy mal, en realidad tiene gran parte de razón.
Primero, a modo de búsqueda/ "investigación" mía, pregunté a la IA... No es que la IA acierte siempre, falla más que una escopeta de feria, pero suele ayudar dando datos que luego se pueden verificar:
La IA dijo que los grandes tenedores tienen desde marzo de 2025 en Cataluña un impuesto mayor...
La propia IA me dijo cómo se llamaba la ley, y la verifiqué:
«Decreto-ley 5/2025 de Cataluña»
En vigor desde 27 de marzo 2025
www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-10270
Mientras un particular tiene un impuesto ITP del 10% si es valor de menos de 600 000 euros, y nunca más de un 13%,
sin embargo, el gran tenedor tiene ITP del 20%.
Ahí lo dice en la ley, #1 NO ENGAÑEMOS ni nos dejemos engañar tan fácilmente.
¿Y la bonificación del 70%?
Según la IA, esa misma ley deroga la ley anterior, y, por tanto, la bonificación que existía antes ya no existe.
Esto no lo he verificado al 100% pero según la IA es el artículo 642-8 el que se modifica.
¿Significa esto que las empresas nunca tienen bonificaciones o ventajas que no se dan a los particulares?
No, porque sí hay algunos casos bastante específicos en los que tienen alguna ventaja.
Por ejemplo, en el mismo enlace del BOE, y justamente en el 642-8 se dice que si el inmueble que se compra es para oficinas pero solamente cuando son para poner la sede social de la empresa en Cataluña... solamente en ese caso tienen bonificación del 50%.
Supongamos que una empresa NO es "gran tenedor", por tanto el ITP no es del 20% sino el habitual. Supongamos que esa empresa tenía sede en Madrid (por decir algo fuera de Cataluña, pero en España) y compra un inmueble en Cataluña por 500 000 euros, que es menos de 600 000 euros. Entonces, por ser menos de 600k es un 10% de ITP y por ser sede tiene bonificación del 50% así que paga 5% mientras que el particular paga 10%.
Entonces, sí hay… » ver todo el comentario