#2 hombre hasta que se demuestre lo contrario, partidos como VOX, podemos, Sumar, los extintos C's y demás "nuevos" no nos han robado aún a manos llenísimas como PPSOE...
#452 El ridículo que haces ya es olímpico. Lo que tú dices sería la definición de un "empresario individual", pero no es una definición única de lo que es un "empresario". Que no te enteras, revisa la ley anda.
Si tan seguro estás de que el empresario es “prescindible”, dime entonces: ¿quién asume las responsabilidades en la empresa, como por ejemplo para la seguridad y salud de los trabajadores? ¿Acaso se esfuma la responsabilidad porque no hay empresario?
Que no te enteras, que en una cooperativa, en una empresa cotizada, etc, el empresario es la sociedad y sus órganos de dirección, que es quien responde jurídicamente. Eso no es “otra figura”, eso es el empresario a efectos legales.
Así que menos carcajadas y más leer leyes, porque aquí el único prescindible eres tú, que discutes contra una caricatura inventada y encima quedas retratado como un ignorante.
#450 Ni puta idea tienes. En España “empresario” no es “un señor de carne y hueso” por obligación, es el sujeto que organiza la actividad y responde frente a terceros, persona física o jurídica. Lo dicen las propias leyes que obviamente desconoces. Una SA, una SL o una cooperativa tienen a efectos legales empresario; su consejo/órgano de administración lo ejerce y asume responsabilidad.
Tu remate es un non sequitur: que un comité o una sociedad pueda ejercer las funciones no hace “prescindible” al empresario; hace que ese comité o esa sociedad sea el empresario. Sin un sujeto que asuma capital, decisiones y responsabilidad no hay empresa posible: no firmas créditos, no contratas, no respondes. Cambiar el portador de la función no elimina la figura, artista.
Así que menos dogma y más realidad: empresario no es un bigote con puro; es el titular de la actividad, también cuando es colectivo. Que no te enteras, y niegas lo evidente.
#448 Gracias por volver a retratarte. Desde el principio yo he usado la definición común y real de empresario: el sujeto —persona física o jurídica— que organiza los recursos productivos y asume las responsabilidades frente a terceros. Tú, incapaz de rebatir eso, te inventas tu propia definición restrictiva, como si “empresario” tuviera que ser necesariamente un señor en carne y hueso con propiedad directa, y a partir de ahí te montas el teatrillo.
En ningún sitio serio, ni en la práctica ni en la legislación, se dice que el empresario deba ser exclusivamente una persona física. Precisamente por eso en el derecho español “el empresario” aparece referido tanto a autónomos como a sociedades anónimas, cooperativas o mutualidades. Lo que cambia es la forma, no la sustancia.
Lo que haces es tan burdo que da hasta vergüenza ajena: escoges arbitrariamente una definición excluyente para luego declarar “prescindible” al empresario, cuando lo único que demuestras es tu ignorancia. No es que me hayas desmontado nada, es que llevas todo el hilo discutiendo contra un muñeco que solo existe en tu cabeza.
#445 Lo tuyo ya es de manual de autoengaño. Coges la definición de “empresario” que te da la gana, la reduces a un señor con puro en una oficina, y a partir de ahí montas tu teatrillo para repetir la misma matraca. Y claro, como en tu mundo “empresario” solo puede ser una persona física, todo lo que no encaje con esa caricatura te parece prueba de que es “prescindible”. Pero eso solo revela que no sabes ni de lo que hablas.
Cuando yo hablo de empresario me refiero al concepto real, no al muñeco de paja que te inventas. Empresario es tanto una persona física como una persona jurídica: puede ser un autónomo, una sociedad anónima, una cooperativa, un consejo rector. Lo que define al empresario no es el bigote ni la corbata, sino que es el sujeto que organiza recursos productivos y asume la responsabilidad frente a terceros.
Que no te enteras, que si el empresario fuera “prescindible”, como tú repites como un loro, entonces explícanos, por ejemplo, quién tiene la responsabilidad de la prevención de riesgos laborales en una cooperativa. Porque según tu dogma, ahí no habría empresario, ergo no habría nadie que respondiera legalmente de un accidente. ¿Ves lo ridículo de tu planteamiento? La ley misma habla de “el empresario” en todos los modelos de empresa, sean cooperativas, sociedades anónimas o mutualidades, porque alguien tiene que encarnar esa figura jurídica.
Así que no, campeón, no me estás “pillando” en nada. Lo que pasa es que confundes tus manías semánticas con realidad jurídica y económica. Yo hablo del empresario como concepto que incluye todas sus formas —individuales y colectivas—, y tú, para no reconocer lo obvio, te enredas en un truco de definiciones de patio de colegio y te crees que estás dando una lección... Que ya hay que ser negado.
#443 Eres un espectáculo. Llevas decenas de comentarios montando un teatrillo sobre que “el empresario es prescindible” cuando jamás nadie ha negado que la función empresarial pueda recaer en un órgano colectivo o en distintas formas jurídicas. O sea, vienes a contradecir fantasmas que solo existen en tu cabeza, como un crío peleándose con la sombra. Te lo he repetido veinte veces: lo imprescindible es la función encarnada en alguien que pone capital, asume riesgo y toma decisiones. Llámalo accionista, comité, consejo o empresario, pero la figura empresarial está ahí siempre.
Lo que pasa es que no tienes argumentos de fondo, así que te dedicas a hacer el gilipollas con tecnicismos de primaria para salvar la cara, como si la discusión fuese un examen de lengua y no de economía. El muñeco de paja ya cansa, macho. Aquí el único que se ha enredado solo eres tú: has intentado demostrar que el empresario sobra, y al final lo único que has hecho es confirmar una y otra vez que la función es ineludible y que alguien —figura física o jurídica— la encarna. O sea, lo que yo llevo diciendo desde el principio.
Así que menos aires de profesor y más humildad, "galán", que te has pasado el hilo entero corriendo en círculos y haciéndote trampas al solitario.
#441 qué pesado con la matraca. Llevas veinte mensajes haciendo exactamente lo mismo: cambias la etiqueta y te convences de que has ganado. Pero no, lo que haces es reconocer una y otra vez que siempre hay alguien que ejerce la función empresarial con capital, riesgo y dirección. Si son accionistas, consejo rector o socios cooperativistas, ahí está “el empresario”, te guste o no. Que lo quieras llamar “función empresarial encarnada colectivamente” para sentirte listo no cambia nada: sigue siendo la figura empresarial.
El problema es que tú discutes contra una caricatura que nadie ha defendido, como si yo hubiera dicho que el empresario solo puede ser un individuo con puro y sombrero de copa. Eso es un muñeco de paja. Yo te he hablado desde el principio de empresario como función encarnada, sea individual o colectiva. Tú, incapaz de rebatir eso, te agarras a que “la figura física no es imprescindible”. Pues claro que no tiene por qué ser un señor Pérez, puede ser un consejo o un órgano colectivo. Pero eso no borra al empresario, lo reafirma bajo otra forma.
Así que deja de hacer trampas de diccionario: el empresario no es prescindible porque sin él (sea persona o comité) no hay empresa. Lo prescindible es tu bucle semántico.
#439 A ver, que no te enteras, que vienes con aires de maestro anotando victorias imaginarias, pero la clase que das es de muñecos de paja y frases vacías. Nadie aquí ha negado que la función empresarial pueda ejercerse de manera colectiva, lo que digo desde el principio es que esa función nunca desaparece y siempre se encarna en alguien o en algún órgano con capital, responsabilidad y poder de decisión. Lo que haces tú es un truco barato: confundir la palabra “empresario” con un señor con puro en un despacho, para luego fingir que todo lo demás es “prescindible”. Y claro, como te desmontan esa caricatura, te inventas que me has pillado contradiciéndome.
En una empresa cotizada en bolsa, por ejemplo, ¿quién es “el empresario” ahí? Pues los accionistas que ponen capital y asumen riesgo patrimonial, junto con el consejo de administración que marca estrategia y designa a la dirección ejecutiva. ¿Me estás diciendo que en algún momento he negado la existencia de empresas cotizadas? Según tu lógica de patio de colegio, como no hay un “señor Pérez” dueño absoluto, entonces el empresario no existe y es prescindible. Pero la realidad es la contraria: la figura empresarial está ahí, repartida en miles de accionistas y canalizada por un órgano colegiado que dirige y responde. Exactamente lo que yo he venido diciendo. En una cooperativa, son los socios que ponen aportaciones, eligen un consejo rector y asumen riesgos y decisiones estratégicas. En ambos casos la figura empresarial existe, solo que adopta otra forma. Pretender que eso demuestra que “el empresario es prescindible” es de chiste: lo único que demuestras es que no entiendes la diferencia entre cambiarle el traje a la función y negar su existencia.
Es que no te cansas de soltar bobadas: discutes cosas que nadie discutió (“que si el empresario no puede ser colectivo”, “que si confundo función con figura”) y te inventas victorias imaginarias para no afrontar que no tienes nada que objetar a mis afirmaciones. La figura empresarial existe siempre, sea un individuo, un consejo rector o un consejo de administración. Negarlo porque no encaja con tu cruzada semántica es de manual de autoengaño.
Así que deja de regalarte victorias baratas y de hablar de “lecciones gratis”, porque el único que ha salido de aquí retratado eres tú. Has mareado la perdiz, has levantado muñecos de paja y al final lo único que has demostrado es que no entiendes ni cómo funciona una empresa cotizada, ni qué significa arriesgar capital y dirigir estratégicamente. No he necesitado desgastarme: tú solito te has dejado en evidencia.
#437 Te lo repito por última vez: si esas funciones las ejerce un comité, un consejo o una cooperativa, ahí tienes la figura empresarial encarnada colectivamente. Cambia el envoltorio, la función sigue siendo la misma, y sin esa figura concreta que asuma capital, riesgo y decisión, no hay empresa que valga. Eso no es dar la razón, es que tus propios ejemplos refuerzan lo que te vengo diciendo desde el minuto uno.
Lo único prescindible aquí es tu empeño en jugar con palabras para no reconocer la realidad más elemental. Has convertido la discusión en un trabalenguas semántico porque no puedes con lo obvio: la empresa siempre necesita alguien (sea persona o comité) que encarne esas funciones. Eso es precisamente lo que niegas con la boca pequeña y confirmas con la boca grande.
Tema cerrado, sí. Pero no porque hayas acertado en nada, sino porque te has quedado atrapado en tu propio bucle. Yo ya desmonté tus giros y expuse la realidad organizativa; tú solo has demostrado que tu nivel máximo de réplica es repetir “jajaja” y creerte ingenioso. Lo siento, pero no cuela.