#3 ya tiene una legión de retrasados de mierda lamiéndole el interior del esfínter anal... No podemos ocultar qué tipo de gentuza son. Debemos despertar ya.
#8 No hay garantia juridica. Aunque finalmente absuelto, tardo años en tener la absolucion y fue declarado culpable, aunque la defensa legitima era evidente y no hubo ninguna violencia en la sujeccion. www.meneame.net/story/absuelto-romperle-brazo-ex-novia-aldaia-salir-de
Supongo que si el abogado es bueno, es mas facil librarte.
#65#2 No devolverla y tener signos evidentes de agresion, como ropa rota y sangre y ella nada. No garantiza que el condenado sea el hombre. Con un poco de suerte los 2. Aunque parece que esta cambiando la filosofia de criminalizar a los hombres por ser hombres.
Mas info:
Buscar por la abogadas:
Ruth arroyo
Maria Girona
Yobana Carril
En youtube cuentan casos que claman a la justicia de verdad.
#2 De primerísima mano, yo mismo, sin ir más lejos. Vino mi ex (después de 8 años separados), borracha, a liármela. La mandé a la mierda y me soltó una galleta. Y me la tuve que comer e irme de allí por patas. Si llega a ser un tío, se la devuelvo, pero creo que es mejor lo que hice,
#4 ila he leído y precísamente por eso he entendido que indemnizan a la víctima, no que pagan los costes que generan en sanidad: ambulancia, ingresos, cirugía, baja médica, aisencias, revisiones, etc es un buen pico
Los costes de su puta salvajada los pagamos todos. Propongo que los paguen ellos, igual que las costas judiciales que sean los costes de sanidad
#2 ¿Y si un hijo de 13 o 14 años te pega qué haces? ¿Te pones a pensar en que si se la devuelves vas a la cárcel?
A lo mejor es que la solución no es devolver las hostias, ni a las mujeres, ni a los niños, ni a quien es mucho más fuerte que tú ni en muchas otras situaciones. La ley no contempla lo de devolver las hostias ni entre iguales, solo te permite defenderte.
#8 Ya me ha referenciado #13 pero te lo comento igualmente.
El T.S. estableció jurisprudencia indicando que en el caso de agresiones del hombre a su (ex)pareja mujer, no es necesario demostrar la intencionalidad del agresor, se da por sentado en base al redactado de la LIVG que es violencia de género y punto. En el caso en el que se sentó dicha jurisprudencia fue ella quien le dio primero a él, un puñetazo, él respondió (no voy a decir que bien ni mal) con una bofetada y ella le propinó entonces una patada. No hubo parte médico de lesiones, no hubo denuncias entre ellos, simplemente estaban de juerga y discutieron (irrelevante el motivo pero era por si se iban a casa o seguían). No sé cómo llegó la cosa a juicio, pero el juez en primera instancia les dijo "bueno, como no ha habido consecuencias, pues hale, portaos bien y ya está".
Sin embargo, el fiscal del juicio, que por lo visto era muy celoso de su trabajo, recurrió al T.S. y éste le dio la razón, argumentando más o menos que "pues oye, consecuencias no ha habido, pero sí ha habido una serie de hechos a juzgar", algo así como cuando te pillan con el radar pasándote de velocidad, que aunque no hayas provocado un accidente, tú no has ido legal. Y como era agresión dentro de la pareja, a ella va por violencia doméstica pero a él le va por violencia de género y, aunque ella DIO PRIMERO y DIO DOS VECES, la condena a él fue el doble que a ella, tanto en prisión, 3 y 6 meses, como en multa, que no recuerdo el importe ni me apetece buscarlo.
En caso de que una pareja tenga una discusión, quiero decir, pareja heterosexual porque las parejas no heterosexuales no se pelean nunca ni se agreden ni nada de eso según parece, como a él se le ocurra ponerle la mano encima a ella incluso para defenderse, está jodido.
De hecho, si estoy bien informado, igual te suena el caso de unos tales Francesco Arcuri y Juana Rivas. La sentencia de conformidad que él aceptó (su gran error) fue tras una discusión tras volver ella a las tantas de juerga. Ella sí le agredió a él y él trató de detenerla, agarrándola, pero sin agredir. Según el parte médico, era él quien tenía peores heridas. A ver, nada grave pero eso, tenía peores heridas que ella, mayormente enrojecimiento porque él la agarró de los brazos y así.
Sin embargo en el cruce de denuncias pues, oye, que el sistema está para que sea la madre quien se lleve a los niños (creo que por entonces sólo tenían uno) y a él le dijeron "pues desde ahora hasta que salga la sentencia te vas a pasar una temporada sin verlo" y el tío ante esa posibilidad pues prefirió retirar su denuncia y aceptar la otra.
#2 A esto venía, bonita sociedad nos está quedando que si te cuelga, tienes que permitir que te agredan, sin inmutarte, y mucho cuidado que no se haga daño en la mano dándote de hostias.
#2 Legítima Defensa (Derecho Penal): Es una eximente de responsabilidad criminal (artículo 20.4 del Código Penal) cuando se utiliza fuerza proporcional para evitar una agresión a derechos propios o ajenos. La agresión debe ser real e inminente.
#9 Bueno, si. Es como dice. Porque la suspensión de la pena es para delincuentes primarios. O sea que delinquen por primera vez.
Es cierto que en este caso una pena leve no computa como antecedente (y 8 meses es leve) siempre y cuando la segunda condena lo sea por algo más serio.
Es decir, si lo condenan a 5 años los 8 meses no se sumarán y no se tendrán en cuenta (y obviamente deberá cumplirla) pero si lo condenan a 8 meses en ese caso si se terminaría la suspensión de la condena primera y no aplicaría una segunda.
Así que si, otra condena por lo mismo si va a significar el ingreso en prisión y para cumplir las dos condenas.
#2#3 ¿Por qué hablais de cosas que no sabéis? No. Porque obviamente es la primera condena y al ser de menos de 3 años la condena se les concede la suspensión.
Pero si lo vuelve a hacer y lo vuelven a condenar a 8 meses tendrá que cumplir 16 meses. Los 8 por los que ha sido condenado, no habrá suspensión al tener antecedentes, más lo 8 que estaban suspendidos por reincidir.
#2 ¿Nos hemos quedado exactamente igual que estábamos? Pues no, antes salían del juzgado y reincidían una y otra vez. Ahora han sido condenados, su pena suspendida y si reinciden se comen la nueva condena + la suspendida.
#3 Hombre...no se exactamente como era antes, pero entiendo por lo que escribes, que si lo vuelven a condenar antes de dos años, cumplirá los 8 meses que ya tenia mas lo nuevo que le metan, sin suspensión de la condena...