#43 Puede ser pero eso no extrema izquierda, es una izquierda light muy tolerante.
¿que es lo mas radical que hacen? ¿Prohibir un discurso de extrema derecha en una uni?
Hace años teníamos extrema izquierda y quemaba cajeros, concesionarios, ponía bombas.... Una época bastante triste.
#60 No son "sus fiestas" desde el momento que todos los vecinos sufragamos una parte con nuestros impuestos, sufrimos los ruidos y la basura, y tenemos que aguantar un espectáculo rancio, repetitivo y excluyente todos los años.
#16 Un jubilado español puede vivir fuera de España y cobrar su pensión sin ningún problema, siempre que esta sea de tipo contributivo. Aunque si te corresponde recibir el complemento a mínimos, el Estado no te lo abonará mientras estés fuera.
En caso de que la pensión sea por incapacidad permanente total, también puedes cobrar la pensión en el extranjero. Y, al igual que sucede con el complemento a mínimos, si tienes derecho al del 20% por ser mayor de 55 años, tampoco te lo abonarán.
Es importante repetir que esto no se aplica a las pensiones no contributivas. Para poder percibir una de este tipo debes estar residiendo en España obligatoriamente.
#16 solo no puedes irte si es una PNC, pensión no contributiva o el paro, o el imv o las ayudas de las CCAA. Como si te vas a vivir a Perú con tu pensión.
#16 Eso no es cierto. Si te marchas a vivir a otro país, lo único que pierdes es el COMPLEMENTO A MINIMO si tu pensión, según tus cotizaciones y tiempo cotizado, no llega a la pensión mínima. En ese caso te otorgan dicho complemento, condicionado a tu residencia en España.