#14 si no te gusta el fútbol, como a mí, lo que hay que hacer es ignorarlo por completo. Ejemplos:
Nunca entrar a un bar que tenga puesto fútbol, aunque sea en silencio. Cambiar de canal o apagar la radio cuando emitan noticias deportivas.
Dejar a los compañeros de trabajo con la palabra en la boca cuando mencionen algo de fútbol, etc ...
Y luego está mi hijo, que sí que le gusta el fútbol pero es de esa generación que no tiene mucha atención y se limita a saber cuál fue el resultado. Yo creo que es lo que les jode, esta nueva generación que viene ahora y que no son capaces de aguantar 90 minutos de un partido, porque es aburrido ver un 1-0 o un 0-0.
#7 mira que bien le ha ido a Alemania desde que les cortaran el grifo ruso de petroleo y gas barato. En menos de 5 años su industria ha perdido la legendaria eficiencia y competitividad que habían disfrutado 70 años.
Haciendo un cálculo de los gastos en mantenimiento y mejora de los sistemas tendríamos que poder pagar es coste y ninguno más.
Imagina que el Estado fuese única propietaria de la energía y estableciese un coste que cubriese todo, incluyendo el coste de la mejora futura.
Todos contentos.
Perdona, el sector privado no hace eso. Ese sector privado tiene a un presidente que cobra al día lo que tú cobras en seis meses.
#4 Sumar también financio a Elisa en el proceso, asi que todos han colaborado.
Particularmente creo que habrá igualdad, cuando los partidos en vez de estar mirando genitales, miren si las causas son lógicas o no, y aunque Errejon dijera en un comunicado que no se comporto demasiado bien en general sin referirse a este caso en particular, la denuncia de Elisa no había por donde cogerla, y ella mismo en audios decía que no había delito, pero aun así, para algunos sectores, por cojones, pero por cojones Errejon tiene que ser culpable, porque es un hombre, y ya esta, caso cerrado.
#39: Había uno en plan "información al consumidor, Minute Maid está hecho con zumo concentrado y Don Simón con zumo recién exprimido". No se burlaban, era totalmente respetuoso.
#1 si, pero no es pagar por reciclar, es cobrar por no hacerlo.
En Alemania lo tenemos, con cada envase pagas una fianza y te la devuelven si llevas el casco. No te pagan, te cobran y si reciclas quedas a 0, si no reciclas quedas en negativo.
De todas formas, apuestate algo a que con ese sistema también ecoembes se las apañaría para gestionar el tema y embolsarse la pasta. Al fin y al cabo, detras del sistema de fianza hay una empresa gestionando luego los residuos.
Conseguiriamos cambiar un timo cantado por un timo cantado y bailado.
Las afirmaciones extraordinarias requieren pruebas extraordinarias.
No dice nada de perder demandas, ni siquiera de haberla presentado, que sería NULO con readmisión y contrato blindado durante bastante tiempo, solo que no pasó la prueba y creo que:
Estos son los plazos de duración del periodo de prueba que recoge el ET en el artículo 14. Ningún convenio colectivo puede empeorarlo
La duración del periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados. En el caso de los demás trabajadores, la duración máxima será de dos meses.
En las empresas de menos de 25 trabajadores, el periodo de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
En el supuesto de los contratos temporales de duración determinada concertados por tiempo no superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá exceder de un mes.
Nunca entrar a un bar que tenga puesto fútbol, aunque sea en silencio. Cambiar de canal o apagar la radio cuando emitan noticias deportivas.
Dejar a los compañeros de trabajo con la palabra en la boca cuando mencionen algo de fútbol, etc ...
Y luego está mi hijo, que sí que le gusta el fútbol pero es de esa generación que no tiene mucha atención y se limita a saber cuál fue el resultado. Yo creo que es lo que les jode, esta nueva generación que viene ahora y que no son capaces de aguantar 90 minutos de un partido, porque es aburrido ver un 1-0 o un 0-0.
Puto país artificial, puta colonia racista de mierda.
Imagina que el Estado fuese única propietaria de la energía y estableciese un coste que cubriese todo, incluyendo el coste de la mejora futura.
Todos contentos.
Perdona, el sector privado no hace eso. Ese sector privado tiene a un presidente que cobra al día lo que tú cobras en seis meses.
Particularmente creo que habrá igualdad, cuando los partidos en vez de estar mirando genitales, miren si las causas son lógicas o no, y aunque Errejon dijera en un comunicado que no se comporto demasiado bien en general sin referirse a este caso en particular, la denuncia de Elisa no había por donde cogerla, y ella mismo en audios decía que no había delito, pero aun así, para algunos sectores, por cojones, pero por cojones Errejon tiene que ser culpable, porque es un hombre, y ya esta, caso cerrado.
Es este:
www.youtube.com/watch?v=hmVeB-iXO3E
Y de este no me acordaba:
www.youtube.com/watch?v=6OCT0TF6ZRU
En Alemania lo tenemos, con cada envase pagas una fianza y te la devuelven si llevas el casco. No te pagan, te cobran y si reciclas quedas a 0, si no reciclas quedas en negativo.
De todas formas, apuestate algo a que con ese sistema también ecoembes se las apañaría para gestionar el tema y embolsarse la pasta. Al fin y al cabo, detras del sistema de fianza hay una empresa gestionando luego los residuos.
Conseguiriamos cambiar un timo cantado por un timo cantado y bailado.
Veo que no tienes paneles solares en casa.
No dice nada de perder demandas, ni siquiera de haberla presentado, que sería NULO con readmisión y contrato blindado durante bastante tiempo, solo que no pasó la prueba y creo que:
Estos son los plazos de duración del periodo de prueba que recoge el ET en el artículo 14. Ningún convenio colectivo puede empeorarlo
La duración del periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados.
En el caso de los demás trabajadores, la duración máxima será de dos meses.
En las empresas de menos de 25 trabajadores, el periodo de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
En el supuesto de los contratos temporales de duración determinada concertados por tiempo no superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá exceder de un mes.