#9#10 Da igual que sea ocupado si lo tenía acondicionado para uso residencial. Probablemente tampoco tendría seguro para el uso como vivienda. El propietario es responsable de los daños del edificio y de los fallecidos.
#9 entre elegir creer que es culpa de un sucio capitalista que ha convertido un local en una vivienda, y crees que está ocupado, ya sabes lo que menéame va a creer....
Pero es que es precisamente lo que ASCAV denuncia, ya que el propio Gobierno de Canarias aprobó el Decreto-ley 2/2025, que anunciaba la paralización de sanciones en determinadas circunstancias.
#20 yaya, pero es que les multan por hacer ellos uso turístico de dichos establecimientos turísticos de su propiedad y no cedérselos a un operador turístico.
#16 Lo inconstitucional no es que el suelo comercial sea para uso comercial.
Lo inconstitucional es que al propietario no se le permita poder usar, disfrutar o disponer de su inmueble.
Multar a un propietario por ir a su propia vivienda de vacaciones podría vulnerar el art. 33 CE y el principio de proporcionalidad (art. 9.3 CE).
Añadido a esto, si las normativas exigen unanimidad, sabiendo que la unanimidad es casi imposible en comunidades numerosas, eso convierte la “opción de cambio de uso” en una vía irrealizable, y podría vulnerar la seguridad jurídica (art. 9.3 CE).
El suelo será comercial, pero ese hecho no puede atentar contra los derechos constitucionales (y comunitarios) de los ciudadanos españoles.
#17 Sería una solución, desde luego estaría aumentando la oferta y estaría atacando el principal problema. Es una solución muy cara e ineficiente que además le reportaría pocos votos.
#12 He ido a Japón y no he visto a japoneses haciendo cosas que veo aquí a diario: tirar papeles o colillas al suelo, escupir en la acera, dejar basura amontonada alrededor de los contenedores, paredes grafiteadas por gente sin un ápice de talento artístico, hablar a voces, no respetar las colas y un largo etcétera.
Luego también tienen sus cosas, pero a nivel de civismo nos llevan años de ventaja.