Los convocantes afirmaron que no había que avisar si se secundaba la protesta, con lo que no hay forma de restar de la nómina las jornadas de movilización. Los huelguistas establecieron sus propios servicios mínimos sin explicar quién debía cumplirlos ni las consecuencias de no hacerlo. Es dudoso que hasta se le pueda llamar "huelga", porque sus órganos estatutarios, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Fiscalía General del Estado, no reconocen ese derecho al no estar previsto en la Constitución ni en la ley.
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etiquetas: huelga de jueces y fiscales , sin merma salarial , sin seguimiento
Tampoco hay datos fiables sobre el seguimiento real del paro judicial, porque ni las Salas de Gobierno de los diferentes tribunales ni las fiscalías superiores o provinciales los han recopilado. Y sin datos exactos no se puede restar de cada nómina la parte proporcional del salario de las jornadas no trabajadas, como a cualquier trabajador o funcionario que se moviliza. Los servicios mínimos han sido… » ver todo el comentario
Corregido, gracias.
Conozco a algunos de cierto sindicato pseudoanarquistas que aprovechan las horas sindicales para las huelgas.
La mayoría del Pleno ha rechazado la propuesta de nueve vocales del bloque progresista que sostenía que el Consejo "no sólo debería abstenerse de reconocer derecho o fijar servicios esenciales, sino que debería reservarse las actuaciones correspondientes por la convocatoria de una movilización claramente ilegal".amp.elmundo.es/espana/2025/06/26/685d2db021efa0f0528b4591.html
#6 si es que te tienes que reír, ellos se lo guisan ellos se lo comen
No entro en todo lo demás pero sí en esto ¿desde cuándo hay que avisar de si vas a hacer huelga o no? Porque en mi empresa he pasado por unas cuantas y si una cosa repiten los sindicatos es que no tienes que avisar, que es la empresa la que se tiene que encargar de comprobarlo por su cuenta.