#81 En un grupo como el que expongo en #23 habría que separar a los disruptivos y meterlos en una clase con ratio bajo y atención diaria de equipo especializado, a parte del equipo docente.
Por ejemplo el primer alumno que menciono, ultra disruptivo, que se brota y tiene reacciones violentas, es un altas capacidades bastante serio. No hace ni puto caso, pero los 10 segundos de clase que mira a la pizarra se queda con el contenido grabado automáticamente. Yo le he puesto un examen que ha olvidado y no ha estudiado, no ha venido la mitad de los días y cuando ha estado en clase solo ha dado por culo, y se ha sentado y ha sacado un 7 en mi puta cara.
Bien, pues yo no se trabajar con ese chaval, yo soy docente de historia, pero no soy psicólogo, ni psiquiatra, etc. Parte de lo que pasa a ese niño es que se aburre en clase porque para el, permanente, todos somos como viejas intentando sacar dinero del banco con la cartilla detrás de las que tiene que hacer cola. Y ese es solo un caso.
Yo si creo que hay que separar, va en contra de todo en lo que creo como docente el destrozar el potencial de 15 alumnos porque han tenido la mala suerte de caer en una clase como la que comento cuando se han hecho los grupos a ciegas, que no ha sido intencionado, en primero de ESO.
También el agilizar los procesos para derivar a un niño a un centro educativo terapéutico es fundamental, no debería costar tanto.
#49 entonces estaba mal informado, pues en todas las noticias y comunicaciones a opinión pública mencionaban siempre que era impuesto a bebidas azucaradas para bajar el consumo de azúcar, bla bla bla
Si la alternativa sin azúcar también la gravas, es falso lo que decían. Es entonces un impuesto a los refrescos.
#32 no, creo que la intención del gravamen es buena, subir el precio para que se deje de consumir refrescos azucarados. Por supuesto que si no se gravaba igualmente los edulcorados, la intención del impuesto era reducir el consumo de azúcar.
La industria lo está haciendo es utilzar el impuesto para aumentar márgenes de los refrescos los edulcorados
#29 el taladro del maíz solo sobrevive en campos de maíz, lo que viene a ser un refugio.
Los números generales han caído pero se concentran en cultivos con medidas culturales cada vez más sensible, los conejos no hacían mucho con labranza ya que el arado los exterminaba, con labranza cero ese campo se convierte en un refugio, salvo medida correctora.
Si el terreno natural es perjudicial para la supervivencia y los terrenos humanizados refugio ambas narrativas son correctas.
#35 La palabra fenicia (lengua que también hablaban los cartagineses) I-shphan-im, que significa la región de los damanes. El "damán" (Procavia capensis) es un pequeño mamífero muy común en el norte de África y Oriente Medio que se parece físicamente al conejo, aunque no son parientes cercanos.
Se dice que cuando los fenicios y cartagineses llegaron a la península, vieron muchísimos conejos, un animal que no conocían. Los confundieron con unos pequeños roedores africanos llamados damanes (shaphán en fenicio). Así, bautizaron el lugar como «I-span-ya», la costa de los conejos. Esta teoría tomó fuerza porque los romanos incluso acuñaron monedas donde aparecía la personificación de Hispania con un conejo a sus pies.
#20 Las denuncias falsas no se investigan ni hay actuaciones cuando hay indicios de falsedad. Partiendo de ahi no se pueden sacar muchas conclusiones hasta que se empiece a investigar con seriedad, no podemos convertir la falta de informacion en datos ficticios por puro sesgo
#8 ... y sea quien sea, harán bien den dejar una salida digna, o pseudodigna, y hacer como que se creen las piruetas argumentales.
Por mucho que haya quien se sienta feliz con una victoria que suponga una humillación, no creo que sea conveniente un nuevo tratado de Versalles
#75 Al difundirlo por redes sociales, o por cualquier otro medio, el delito de calumnias se castiga con penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, ya que han sido propagadas con publicidad.
Si no hubieran sido propagadas con publicidad, no se hubieran hecho públicas las calumnias a todo el mundo, las penas hubieran sido de seis a 12 meses de multa.
#6#10 Los delitos de injurias y calumnias son delitos menores, es raro que acabes en la cárcel.
Es más, el delito de injurias no lleva asociada la pena de privación de libertad, solo pecuniaria.
"Art. 206 del Código Penal:
Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.
Art. 208 del Código Penal:
Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses."
#13 Que no, que eso no tiene ni pies ni cabeza. Si esta protegido y es hábitat, ni se construye ni se califica como edificable, porque está protegido. No se cambia por dinero, no se cobra impuesto.
Y si no está protegido se deja construir.
Haciendo depender la protección o no de algo de una tasa estas abriendo una puerta muy muy peligrosa. No he visto lo de que aparezca en la cláusula de su propiedad. Igual se me ha colado. Puedes decirme el párrafo?
Pero aunque apareciera, un ayuntamiento o condado no puede poner impuestos por lo que le da la gana, tienen que ser constitucionales y no creo que en ningún sitio serio tengas una ley que diga que algo está más o menos protegido en función de una tasa
Es el eterno dilema de la conservación 'a la carta'. Lo que comenta #8 tiene un punto: esa ambigüedad de 'está protegido pero si pagas una tasa ya no tanto' huele a burocracia recaudatoria desde aquí.
Pero claro, como dice #13, si el tipo compró sabiendo las cláusulas, ahora ir de víctima federal por 120k siendo millonario es, cuanto menos, estético. Al final, el pobre pájaro es el que menos importa en toda esta guerra de abogados y tasas. Una pena que estas cosas siempre acaben pareciendo más un negocio que protección real.