Menudo ridiculo cuando esta sentencia se pasee por Europa...
Lo gracioso es que algunos ahora se rasgan las vestiduras, como si la justicia española no estuviese podrida desde siempre.
#3 Fundamentados ... en tu cabeza suena bien el fundamento de los indicios
No engañáis ni a los vuestros.
Espero que cuando el TC tumbe este juicio aceptes también y reconozcas que es un cacicada judicial ... pero seguro que sera que no. Saldrás con Pumpido del Psoe blablabla igual que cuando le tumbaron. a estos mismos jueces por cierto, lo del diputado Canario, lo de los ERES o lo del Process. Solo por esas rectificaciones ya deberían haberlos jubilado o inhabitado.
Espero que no te condenen a ti nunca como al FG, porque les sale de los huevos al juez de turno.
El único digno en toda esta muerda es el FG ... y quiera dios que el Quirones no se vaya de rositas por esto porque ya seria demasiada payasada que algunos tengan que defender eso también
#21 En realidad, sí que hay pruebas directas de los fraudes de González Amador, porque se sabe lo que cobró y se sabe que no pagó la parte que correspondía. Además hay toda una trama de empresas pantalla y dos tiesos de Sevilla implicados. Hay pruebas para parar un tren. Vas a equiparar la puta mierda de instrucción del Fiscal con el trabajo de investigación de Hacienda. Nos ha jodido.
Eso sí, si hablas de manera sarcástica, me guardo el mosqueo.
#1 te lo resumo tuitermente: el in dubio pro reo, que sirve para no condenar sin prueba irrefutable o si eres gente-bien y mejor relacionada, en este caso se formula in dubio te meo.
#1 ???? Resumen de la sentencia contra el Fiscal General del Estado
La Sala del Tribunal Supremo condena al FGE por revelación de secretos basándose exclusivamente en prueba indiciaria. No hay prueba directa de que filtrara el famoso correo:
- no se sabe cómo,
- no se sabe cuándo,
- no se sabe a través de qué medio,
- ni se identifica a la persona concreta que habría ejecutado la filtración.
La sentencia construye la autoría diciendo que fue “él o alguien de su entorno, con su conocimiento”, sin determinar quién, cómo o por qué.
Esto sirve para imputar la filtración al acusado pese a que los propios periodistas declararon que su fuente no fue él, y pese a que existían otras filtraciones previas que no se han investigado (incluidas las de Miguel Ángel Rodríguez y González Amador).
Además, la sentencia incorpora la nota de prensa como elemento incriminatorio, aunque reconoce que no revela nada nuevo y que su contenido ya era público. No fue juzgada como delito, pero se usa… » ver todo el comentario
#2 menos mal que está vez no has subido la noticia, porque menuda puta basura de medio. Chiquillo deja de informate en pseudomedios basurientos que luego lloras cuando te tumban las noticias.
#1 La historia no es así. En la Primera y Segunda Guerra Mundial Alemania fue la invasora. En la Segunda Guerra Mundial Alemania llegó hasta Moscú, Rusia fue quien se llevó la peor parte de las guerra de desgaste, donde murieron 11 millones de soldados y entre 12 millones de civiles. EE.UU. Lo peor de la guerra fue la batalla de Stalingrado 17 jul 1942 – 2 feb 1943, cuando intervino EE.UU. con el desembarco de Normandía eso fue don 6 jun 1944, la Alemania Nazi ya llevaba tiempo perdiendo terreno por el flanco Oriental donde donde 3,5 de soldados Alemanes perdieron la vida. El desembarco de Normandía fue un paseo, pero EE.UU. se llevó las gloria y las películas de Hollywood hicieron el trabajo de propaganda.
Esto es mentira.
Rusia hace 20 años intentó formar parte de la UE, y hubo mucha presión para que no fuese así, como Borrell, Aznar, y todo esa escoria belicista.
Este tipo de errores son más comunes de lo que parece y eso que el sistema registral español es muy bueno, pero aún con esas, muchas veces las identificaciones de fincas registrales no son sencillas. A mi parecer, y en contra de lo que opina algún otro meneante aquí el notario no tiene culpa alguna, él celebra la compraventa sobre la finca correcta, es Solvia quien ofrece un piso diferente a la compradora, que no tiene culpa alguna del error. Tampoco existe culpa por parte del registrador de la propiedad. Procedería, también a mi entender, un saneamiento por evicción además de la correspondiente indemnización por los daños causados a la compradora. Lo más sencillo, pero, sería que extrajudicialmente Solvia asumiera el error, comprara este piso a Gramina y lo permutara con el otro con la clienta asumiendo todos los gastos de la permuta. Eso sería lo que Solvia debería haber hecho desde el minuto uno y luego ya subsanar internamente el berenjenal. Es más, yo, si fuera el letrado de la pobre señora intentaría negociar eso porque si no, además de retroceder la compraventa mediante ese saneamiento por evicción, metía una indemnización por los daños daños causados (patrimoniales, morales, etc, etc) que se caga la perra patas pa bajo.
#1 No sólo eso. Solvia tenía la llave del piso porque desalojó al ocupa que no era y cambió la cerradura. Además del notario, súmale el agente judicial encargado de la desahucio, y al agente de Solvia que no supieron ver la diferencia entre un piso de 70 metros y otro de 120.
Lo gracioso es que algunos ahora se rasgan las vestiduras, como si la justicia española no estuviese podrida desde siempre.
No engañáis ni a los vuestros.
Espero que cuando el TC tumbe este juicio aceptes también y reconozcas que es un cacicada judicial ... pero seguro que sera que no. Saldrás con Pumpido del Psoe blablabla igual que cuando le tumbaron. a estos mismos jueces por cierto, lo del diputado Canario, lo de los ERES o lo del Process. Solo por esas rectificaciones ya deberían haberlos jubilado o inhabitado.
Espero que no te condenen a ti nunca como al FG, porque les sale de los huevos al juez de turno.
El único digno en toda esta muerda es el FG ... y quiera dios que el Quirones no se vaya de rositas por esto porque ya seria demasiada payasada que algunos tengan que defender eso también
Eso sí, si hablas de manera sarcástica, me guardo el mosqueo.
Pregunta retórica.
¡Inaudito!
¡Que escándalo, aquí se dona!
-Señoría, voy a demostrar, sin lugar a dudas, que mi defendido es culpable.
-Será inocente.
-Pues perfecto, nos vamos entonces.
La Sala del Tribunal Supremo condena al FGE por revelación de secretos basándose exclusivamente en prueba indiciaria. No hay prueba directa de que filtrara el famoso correo:
- no se sabe cómo,
- no se sabe cuándo,
- no se sabe a través de qué medio,
- ni se identifica a la persona concreta que habría ejecutado la filtración.
La sentencia construye la autoría diciendo que fue “él o alguien de su entorno, con su conocimiento”, sin determinar quién, cómo o por qué.
Esto sirve para imputar la filtración al acusado pese a que los propios periodistas declararon que su fuente no fue él, y pese a que existían otras filtraciones previas que no se han investigado (incluidas las de Miguel Ángel Rodríguez y González Amador).
Además, la sentencia incorpora la nota de prensa como elemento incriminatorio, aunque reconoce que no revela nada nuevo y que su contenido ya era público. No fue juzgada como delito, pero se usa… » ver todo el comentario
Si no está roto no lo arregles que diría el otro.
Rusia hace 20 años intentó formar parte de la UE, y hubo mucha presión para que no fuese así, como Borrell, Aznar, y todo esa escoria belicista.