#1 ni sensacionalista, bulo directamente... Yo me esperaba algo, no del Supremo pero por lo menos algún tipo de sentencia de un juzgado de Palencia o Cuenca que hablara del tema; pero nada, lo que hacen los del Economista es fusilar un vídeo cutre de Tiktok
#3 Es la nueva obsesión de las empresas, el tema de las bajas. Después llorarán por la baja productividad y el presentismo porque estará Joselito con 40 de fiebre sentado en la mesa temblando y no haciendo una mierda, pero forzado a calentar silla.
#16 Tranquilo, ya si consiguen algo aparecerán legiones de padefos con pulsera a culpar al concierto vasco y exigiendo igualdad, porque eso de mojarse el culo es para otros.
#2 No lo puedes poner en el calendario laboral porque lo sábados son laborables y por tanto si un festivo cae en sábado no se traslada a otra fecha. Lo que están diciendo es que a los trabajadores cuya jornada no incluya los sabados les tienen que dar un día libre extra, el mismo día libre extra que tienen los que si trabajan en sábado.
#2 Así es, nosotros aplicamos el convenio a rajatabla, al final sobran horas, se dividen entre 8 y nos sobran 6 ó 7 días laborables que, en la práctica son casi 2 semanas más de vacaciones.
#2 exacto, nosotros hacemos hora y media más semanal para compensar horas con puentes o fechas puntuales como navidades y semana santa. Siempre tengo que especificar en mi círculo que no son vacaciones, sino compensación por horas. En noviembre nos juntamos, lo valoramos y se lo entregamos a la empresa.
#2 Si tienes jurisprudencia acerca de cómo calcular la jornada máxima...
En mi empresa la confunden con la jornada efectiva de cada empleado (p. ej, los antiguos tenemos más días de vacaciones).