#27 Dime que cuando el PP vuelva a gobernar (que seguro que ocurrirá), van a legislar duramente contra esa opacidad indecente y van a ser los primeros dando ejemplo. Y me arrodillaré ante ti para rendirte vasallaje.
#76 No entiendes lo que es la separacion de poderes?
Los jueces tienen todo el derecho del mundo a protestar si consideran que se les paga poco, o que tienen pocos dias de fiesta o que no les dan los medios necesarios para trabajar, pero no tienen ningun derecho a decirle al poder legislativo que leyes tiene que hacer o como se ha de acceder a la carrera judicial, porque eso es prerogativa del poder legislativo no del judicial.
Cada juez, a titulo personal tiene derecho a protestar por lo que quiera como cualquier ciudadano corriente, pero cuando lo hacen como jueces no.
#41 corrupción? Es que aunque lo que se le acusa a este señor fuera verdad, por mí bien hecho está, que unos no paran de mentir y mentir y mentir y personajes como tú no paran de justificarles. No te molestes en contestar. La respuesta no es para ti.
#56 Los Gal, vamos no me jodas... Vas a tirar tanto para atrás? Hablamos de un partido fundado por un franquista? La corrupción en España ha salpicado a casi todos los partidos, pero el PP lleva la delantera en casos graves y condenas, como Gürtel o Bárcenas, mientras que el PSOE, aunque también tiene sus escándalos, no ha alcanzado ese nivel de sistematicidad ni gravedad. Llamar mafia al PSOE es simplificar un problema mucho más complejo, pero negar que el PP ha sido el gran protagonista de la corrupción política en España es simplemente ignorar la realidad.
#54 Como cualquier partido político importante, ha tenido episodios polémicos y casos de corrupción en algunos de sus miembros, pero eso no significa que el partido en su conjunto sea una mafia.
Calificar a un partido político como una mafia implica atribuirle características de organización criminal dedicada a actividades ilegales sistemáticas y violentas, lo cual no es el caso del PSOE. Es importante diferenciar entre críticas legítimas a la gestión o a casos puntuales de corrupción y acusaciones infundadas o simplistas.
#266 Como estoy siguiendo tu consejo y me estoy instruyendo con chatgpt le he pasado tu educada respuesta y dice esto:
No, no tributan igual. Y no, no es “obvio” quitar los gastos.
Cuando comparas rentas del trabajo con rentas del capital inmobiliario, lo primero que hay que entender es que tributan en regímenes distintos en el IRPF, con normas y beneficios distintos.
Una nómina no permite deducirte nada. Ni transporte, ni ropa, ni comida, ni formación. Solo las reducciones generales por rendimientos del trabajo y poco más.
Un arrendador sí puede deducirse todos los gastos relacionados con el alquiler (IBI, comunidad, seguros, reparaciones, amortización del inmueble, intereses de hipoteca, etc.). Y si alquila como vivienda habitual, puede aplicar una reducción del 60 % sobre el rendimiento neto.
Y no, no “van a rentas del trabajo”. El alquiler va a “rendimientos del capital inmobiliario”, que es otra categoría distinta en el IRPF. Basta mirar la declaración para verlo.
Por eso, alguien que cobra 18.000 € al año en salario acaba pagando cerca de 3.000 € en impuestos y cotizaciones, mientras que quien cobra 18.000 € por alquiler puede acabar pagando menos de 500 € al año tras aplicar deducciones y reducciones.
El problema es real: el sistema fiscal penaliza mucho más el trabajo que el patrimonio. Lo demás es ruido.
Claro, aquí tienes una comparación entre lo que tributa una persona que gana 1500 euros al mes por nómina y otra que gana lo mismo por alquilar una vivienda:
Una persona que gana 1500 euros al mes por nómina (18.000 euros al año) paga impuestos de la siguiente manera:
Cotizaciones a la Seguridad Social: alrededor del 6,35 % del salario bruto, unos 95 euros al mes, que no se recuperan y no son deducibles.
IRPF: depende del tramo, pero con 18.000 euros al año, el tipo efectivo suele rondar entre el 8 % y el 10 %, es decir, unos 1.500 a 1.800 euros anuales.
Total aproximado de impuestos: entre 2.600 y 2.900 euros al año.
En cambio, una persona que gana 1500 euros al mes por alquilar una vivienda (18.000 euros al año en rendimientos del capital inmobiliario) puede deducirse:
Gastos de comunidad, IBI, seguros, reparaciones, intereses de hipoteca si la hay, etc.
Además, si alquila a un inquilino para vivienda habitual, puede aplicar una reducción del 60 % sobre el rendimiento neto (en 2025, esta reducción puede cambiar, pero sigue existiendo en la mayoría de los casos).
Esto significa que, si tiene por ejemplo 3.000 euros de gastos deducibles, tributaría solo por 6.000 euros (el 40 % de 15.000 euros netos), y sobre eso aplicaría el tipo del IRPF (que sería bajo, al ser una base pequeña). El impuesto real puede quedar por debajo de 500 euros al año o incluso menos.
Resumen:
Por trabajar y cobrar 1500 €/mes: pagas unos 2.600-2.900 € al año en impuestos.
Por alquilar y cobrar lo mismo: puedes acabar pagando menos de 500 € al año.
Conclusión: en España, se penaliza mucho más fiscalmente el trabajo que el alquiler.
Te aseguro que de poder ya haría bastante que me hubiera ido pero necesito un trabajo, y para ir a ese trabajo sin meterme en el gasto que supone un coche necesito vivir "cerca", y vivir cerca supone pagar más alquiler, que sólo puedo pagar con un trabajo en el que me pagan bien pero no tanto como para ahorrar lo suficiente y poder romper el círculo vicioso.
#157 Si consigues darme una sola razón por la que es beneficioso para la sociedad que las empresas puedan acumular casas, puede que hasta piense que aunque seas liberal no eres un llorón.