#50 Eso es precisamente lo que no acabo de entender, la legislación europea hará que las balizas queden obsoletas en cuestion de años, desde creo el 2020 es obligatorio en los coches nuevos disponer de "Ecall" que si funciona con los servicios de mergencia y para aquellos que no tienen coche nuevo se añade una app como tu dices que haría esas funciones.
#52 prefiero ambos, muchos más bomberos para el control de fuego/daños que no necesitan tantos requisitos ni sueldo y rescatistas de verdad.
Con los problemas de mantener esa plantilla, la de rescatista de forma real, no hacer pasar bomberos por rescatistas por dificultar el proceso de cribado para el acceso a un puesto de funcionario de bombero, el rescatista tiene que tener el proceso de cribado continuo, y un sueldo acorde por aguantar eso.
#44 entonces la criba debe ser de requisitos de bomberos, no de rescatistas.
Lo mismo que si quieres rescatistas la criba en conocimientos sanitarios debería ser muchísimo mayor, debería tender más a técnico de emergencias sanitarias o enfermería que bombero, y sueldo acorde.
#31 los requisitos del puesto de bombero(no la base de oposición y menos hasta donde se llega a hacer el corte) son muchísimo más bajos que rescatista igual que los de policía son mucho más bajo que los de goes.
Esta discusión existe por que es un puesto de funcionario con sueldo atractivo, en extinción, que salvo alguna autonomía ya son todo personal laboral, por sueldo y penosidad esta discusión no existe, y no está lleno de mujeres, ni de lejos.
Pon sueldos similares y una categoría con mayor sueldo de rescatista con pruebas continuas y esta discusión desaparece teniendo rescatistas de verdad, no personal de bomberos. Otra cosa es llegar a eso sin que aparezca conflictividad laboral.
#12 Esa web la creó el partido ganador de las elecciones en Venezuela hace más de un año.
Es una recopilación de las actas electorales que consiguieron a través de sus interventores y otros participantes en las elecciones, en cada mesa electoral cuando se cuentan los votos se hacen actas con los resultados y se dan copias a presidente de mesa y demás.
Esa recopilación muestra que el partido de Maduro perdió las elecciones, es matemáticamente imposible que con esos resultados el resultado de a Maduro como ganador con las que faltan (no tienen el 100%).
Lo publicaron en abierto después de que Maduro diera el golpe fingiendo que la web de los resultados oficiales se cayó ante un ataque o no se qué historias y demás chuflas golpistas. Aún a día de hoy no han mostrado las actas.
#20 Y que incluso aviones mig-25 ucranianos de ataque tierra-aire vació los misiles sobre uno de los palacios de gobierno de una de las capitales del Donbas y así constantemente. Guerra civil que se silenció en las naciones de la OTAN pero era absolutamente pública fuera de ellas
#12 No necesariamente, mi domicilio actual no tiene servicio alguno contratado, ni luz, ni agua, ni basura, vamos, nada de nada, y es mi domicilio legal, si alguien entrara sería allanamiento de morada.
Es más, hasta una tienda de campaña si se usa para tal fin y tienes tus pertenencias dentro, una manta, un hornillo, etc, se considera una morada legalmente.
#17 en #13 respondí: "10'% de una empresa si esta está relacionada con el sector público, o si el funcionario puede tener alguna influencia o beneficio indebido debido a su cargo"
enlace era por poner un ejemplo de cómo se lo saltan. Para los altos cargos hicieron esa otra para ser más" flexivles" y el comité de incompatiiblidades etc... Pero la 53/1984 no está derogada
#15 es la misma ley y aplica a ambos (a todos los que se dice en art 2)
artículo 12.1
c) El desempeño, por sí o por persona interpuesta, de cargos de todo orden en Empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público, cualquiera que sea la configuración jurídica de aquéllas.
d) La participación superior al 10 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades a que se refiere el párrafo anterior.
#9 La Ley 53/1984, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, establece que no se puede tener una participación superior al 10% del capital de una empresa si esta está relacionada con el sector público, o si el funcionario puede tener alguna influencia o beneficio indebido debido a su cargo.