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Derechos laborales en el franquismo

Derechos laborales en el franquismo

La mujer casada no estaba legitimada para prestar servicios firmando un contrato de trabajo, salvo “autorización de su marido” (art.11 Decreto 26/1/44). Aunque el marido autorizara el trabajo de su mujer, él podía oponerse a que ella cobrara directamente su salario (art.58 Decreto 26/1/44). Vigente hasta mayo de 1975 (Franco murió en noviembre de 1975). El trabajador solo tenía derecho a cobrar gastos de transporte a cualquier lugar al que le enviara el empresario cuando así se ponía en el contrato,,,

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