La reciente sentencia del Tribunal Supremo (STS 1582/2026) ha caído como un jarro de agua fría sobre el sistema de protección de los trabajadores en España
#2 Personas jurídicas con más derechos que las personas de verdad...
Es un asco.
La verdad, cada vez creo que se debería suprimir el mismo concepto de "persona jurídica".
Una persona muere, envejece, enferma, necesita alimento, etc...
Una empresa NO es una persona.
Pues a tomar por culo, así justifican mierdas como estas.
Personas jurídicas con más derechos que las personas de verdad...
Es un asco.
La verdad, cada vez creo que se debería suprimir el mismo concepto de "persona jurídica".
Una persona muere, envejece, enferma, necesita alimento, etc...
Una empresa NO es una persona.
Pues a tomar por culo, así justifican mierdas como estas.
#2 oh, yo lo llevaría aún más al extremo, a ver si les gusta. Una persona no puede comprar a otra persona, ¿no? Pues entonces si una empresa es una persona, una empresa no puede comprar a otra empresa.
#2 No estoy de acuerdo, y voy a argumentarlo. Algo muy curioso es que la palabra "persona" deriva de la máscara teatral. Persona no es pues quien somos, sino cómo nos presentamos. Es decir: persona es, realmente, personaje.
El sentido jurídico de persona es el original: un sujeto jurídico sometido a derechos y obligaciones. Sea tanto un ser humano como una empresa. Identificar "persona" con "ser humano" es relativamente reciente.
#19 No lo llaméis 'Persona', llamarlo 'Ente', a ver sí así chirría más darle "derecho al honor" a un "Ente". Y dado que esto va de nombres, no deja de ser curioso que el "Domicilio Social", "Domicilio Comunitario/Colectivo/General" se considere "privado".
Ah, y por cierto, no sé por qué cuando una empresa comete cualquier tropelía, no se va contra sus dueños, es decir, sus accionistas, a parte de los directivos. Está muy bien eso de ser dueño de algo, obtener sus frutos, pero cuando hay que afrontar responsabilidades desentenderse.
#62#61 Implica una cantidad de derechos que implica el propio término persona. Pero bueno, si es una mera cuestión terminológica el problema que tenéis con ello, realmente nada cambia.
Y es un concepto que bebe directamente del derecho romano y se termina de consolidar como la persona ficta en el siglo trece. Es tan antigua como la génesis de todo nuestro sistema. No es algo reciente.
#63 Es un problema porque implican derechos expansivo...
Creo que lo he explicado claro esta vez.
Ahora han trasladado el derecho humano a inviolabilidad de tu vivienda y pasado a una empresa, porque ambas son "personas"... No es un tema meramente "semántico", en la ley escrita la semántica puede hacer que te caiga pena de cárcel o que solamente sea una multa, porque una diferencia en una palabra lo es todo.
Lo que digo es algo que se decía en el sXIX cuando se… » ver todo el comentario
#67 Entiendo tu punto de vista y comprendo que hay veces que la interpretación puede ser demasiado expansiva, pero es que las llamemos como queramos, si siguen siendo titulares de cierto rango de obligaciones van a ser personas jurídicas, o como quieras llamarlas.
#19 Creo que no he explicado lo suficientemente bien mi comentario...
En esta argumentación judicial han dicho que, al igual que la vivienda de una persona física es inviolable, la vivienda de una persona jurídica lo es...
Eso es una perversión, pero no es la primera vez que ocurre, el usar la palabra "persona" no es neutral.
Puedes tener una legislación que proteja a las personas o administraciones de las empresas y no sea usando la palabra que implica una cantidad de derechos enorme, sobre todo porque las empresas no tienen las limitaciones naturales que justifican muchos de esos derechos.
#2 Que las viviendas sólo las puedan comprar personas, los locales si que los puedan comprar empresas. Esto si que arreglaría el problema de la vivienda en nuestro país pronto.
#59 Hombre, esos por descontado. Pero el que espere algo del PSOE al respecto... ese el verdadero problema para que nunca llegue a realizarse. El progresista que a día de hoy lleva al PSOE en su corazoncito.
#2 y luego está también el tema de el Registro Mercantil en España que no es de acceso abierto.
Todos los entramados societarios que existen están arropados por el ocultismo de sus datos financieros o el difícil acceso a la información. Fundaciones opacas que tienen en sus administradores a sociedades que a su vez tienen en sus administradores a sociedades que a su vez tienen entre sus administradores a sociedades ... Ses ocultan ya no solo de la AEAT si no que también de cualquier escrutinio… » ver todo el comentario
#51 Los Registros son públicos en España, y cualquier persona puede tener acceso a su contenido, justificando un interés legítimo. Entras en la web, solicitas la información que quieres y pagas.
Los Protocolos del Notario son secretos.
Y, como anésdota, te cuento que el sello notarial contiene un libro cerrado (porque su contenido es secreto) mientras que el de los registradores es abierto.
#55 Usaré las palabras de otra persona que sabe más: "Los datos mercantiles en España son públicos… pero apenas pueden explorarse de forma analítica.Como el célebre experimento de Schrödinger, están simultáneamente abiertos y cerrados: accesibles en teoría, difíciles de trabajar en la práctica. "
"¿Se imagina que el Boletín Oficial del Estado no permitiera realizar búsquedas? ¿O que el diario oficial de su comunidad autónoma careciera de un sistema para localizar disposiciones
#70#71 Ya.... eso sí. La facilidad para encontrar lo que buscas es otra cosa. Ojalá fuera tan fácil como acceder al contenido del Registro de la Propiedad.
#55 disculpa que añada esto, pero es que no lo encontraba. (es de 2020 cuando aún eran EU )
Hace tiempo Jaime Gómez-Obregón comparó la facilidad de acceso a la información que ofrecía el registro mercantil británico contra el registro mercantil español.
Como decía mi madre, las comparaciones son odiosas.
La transparencia es una herramienta indispensable contra el fraude y en España el fraude es deporte nacional.
#1 Otra cagada del Supremo. Habría que renovarlo en su totalidad. La forma más fácil sería en la apertura del año judicial. Que el Rey les dijera a todos: "Estáis despedidos". Aunque pensándolo bien...
#39 Por el mismo motivo, se ha prohibido que la agencia tributaria pueda entrar en tu casa "a ver qué encuentra", sólo porque se le haya ocurrido hacer una comprobación de tu declaración de la renta.
¿Que va a resultar más difícil sancionar irregularidades laborales? Sí. Pero lo chungo es que el art. 18 CE no distingue.
#60 Claro, no distingue entre domicilio social, fiscal o normal. Es cuestión de interpretación. Y el Supremo interpreta bien cuando le conviene. Es un buen momento para que el Tribunal Constitucional le vuelva a corregir.
#66 Tan sencillo como entender que el domicilio del 18 aplica a viviendas, no a empresas.
Qué ganas de extender los efectos del 18 a lo que no procede.
#94 En la primera acepción de "domicilio" según la RAE.
Las cosas claras.
Luego ya, a jugar, como hace el Supremo, que barre siempre para el mismo lado.
#96 Joder.... Me refiero a que, para que se identificara domicilio con vivienda, tendría que estar reflejado en la propia constitución.
#97 Pues sí... Yo, como probablemente tú, me he escondido de la Policía Foral navarra en bares de Jarauta en Pamplona, durante ciertas noches sabatinas en las que se armaba follón. Y ahí la txakurra no entraba, porque no podía... aunque imagino que ganas no les faltaban de inflarnos a ostias.
#1 Yo leo, que me puedo equivocar, que ITSS entra en una empresa DISTINTA a la que tiene que revisar, por lo que no está justificada la entrada.
Que los domicilios son coincidentes es otro asunto
A ver qué opina la Yoli, sindicalista a tope, según ella, de este atropello a los trabajadores.
A ver qué dicen ccoo y ugt.
A ver si hay la más mínima mención de esto en la tv y la radio, rrss, ...
A ver si los trabajadores se enteran de esta barbaridad a través de sus delegados sindicales.
A ver.
#13
Precisamente por eso digo que a ver qué hacen ahora los sindicalistas.
Lo correcto sería denunciarlo hasta llegar al constitucional. Publicitarlo a tope, por todos los medios y montar un buen cirio con manifestaciones.
A ver qué hacen ahora los políticos y a ver qué hace el T. Constitucional.
#16 vas a ir tú a la huelga? porque los sindicalistas tienen los huevos pelaos de convocar huelgas y movilizaciones y que nos las siga ni aparezca ni dios.
O te vas a presentar tu a delegado de personal?
Porque cualquiera que lo haya hecho sabe que o se vende a la empresa o firma su suicidio profesional en ella.
Pero claro, te joden los fachas del supremo y la culpa es de los rojos... hay que ser gilipollas.
#58
He sido delegado sindical. He participado en todas las huelgas de mi sector desde hace muchísimos años.
Me joden los fachas del Supremo y soy más rojo que tu sangre.
ccoo y ugt se han convertido desde hace decenios en sindicatos amarillos; los delegados, uno a uno, ok, pero esos dos sindicatos como entidades, una m. que firman convenios de m.
(Y por lo gilipollas... @admin )
(me callo lo que opino de ti)
#4 Y, suponiendo que todo los puntos se cumplan, suerte con que el ciudadano medio defienda que la vivienda no deba ser un bien de mercado. He visto a demasiados obreros defendiendo el derecho de los rentistas a sacar beneficio de sus viviendas, incluso en pandemia.
Suerte!
La sentencia ahonda en el derecho a la inviolabilidad del domicilio de las personas jurídicas, que también están protegidas por el artículo 18.2 de la CE.
Lo que se dice en el artículo es muy catastrofista pero va a requerir que el TC se acabe pronunciando sobre ello porque pone en evidencia varios flecos en la normativa en referencia a lo que sería la parte destinada al domicilio social y la destinada a la actividad laboral.
Y luego entraría ver si se puede llegar a extrapolar a otras situaciones.
El ponente ha sido Luis María Díez-Picazo Giménez, que viendo su trayectoria (véase lo que hizo para salvar a los bancos de pagar el IAJD) no extraña esta decisión en contra de los trabajadores es.wikipedia.org/wiki/Luis_María_Díez-Picazo_Giménez
#27 Uno de los jueces mercenario más ruines de este país. La "justicia" española está podrida hasta el tuétano. Atado y bien atado, y quien pueda hacer, que haga...
¿Os imagináis a la Policia avisando dos semanas antes al camello de que van a hacerle una redada?
Este país tiene un problema gravísimo con la judicatura.
Ahora si el empresario es un esclavista tiene barra libre para esconder a los que estén sin contratos y derivados con barralibre. Y luego el problema es el absentismoy no los millones de horas extras sin pagar que tiene este país. Qué puto asco.
#20 te lo explico para que veas todo lo que eso implica:
1. El filtro de la "Idoneidad y Necesidad"
Ya no vale con decir "voy a ver qué encuentro". El inspector debe redactar un informe exhaustivo que demuestre:
Indicios previos: Debe haber una denuncia específica o datos cruzados que sugieran fraude.
Subsidiaridad: Tiene que probar que no hay otra forma de conseguir esa información (por ejemplo, que no basta con pedir los libros contables por requerimiento).… » ver todo el comentario
#24 Si las inspecciones de trabajo en muchos casos ya eran de risa, ahora será aún peor. Entiendo que la carga de recopilar indicios para que un juez autorice la entrada queda en gran parte en manos de los trabajadores interesados.
#24 Es que el juez igual puede darle permiso para revisar si hay trabajadores ilegales , pero no control horario o que la empresa cumple todos los riesgos laborales.
#24
Vamos, lo que es lo normal para que el fin no justifique los medios
1. Las investigaciones prospectivas están prohibidas por norma
2. Los inspectores no avisan. No digamos tonterías para añadir más puntos. El resto es lo mismo que el punto 1
3. Vamos, lo normal. Si te autorizan a inspeccionar un espacio sea este espacio el que inspecciones
4. Sin duda el acatar la ley y que haya garantías procesales aumentan la carga de trabajo, pero lo primero es innegociable
#42 ¿no entendemos que eliminar el factor sorpresa acaba casi por completo con la posibilidad de encontrar irregularidades y que esa sentencia del Supremo, en un país donde cuatro de cada 10 horas extra se quedan sin pago ni compensación, es un auténtico drama?
#44
Te repito que el fin no justifica los medios. Es que hay mucho fraude, mucha explotación, los empresaurios felices.... ok, pero cíñete a la legalidad y al sentido común.
Además no es cierto que se acabe con el factor sorpresa. El inspector pide una orden judicial porque tiene indicios de fraude y si todo está correcto y se lo aprueban, va al negocio igual que hubiera ido antes sin tener que avisar pero con una orden que dice que es legal lo que está haciendo.
#54 claro y las 2 inspecciones que podías hacer en un día se convierten en2 al meso al trimestre. Joder, que hay que explicarlo todo. Lo mismo para #69.
#69 pues si nos ceñimos a la ley, la Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo establece que los Inspectores de Trabajo tienen el carácter de autoridad y están autorizados para: “Entrar libremente en cualquier momento y sin previo aviso en todo centro de trabajo, establecimiento o lugar sujeto a inspección y a permanecer en el mismo. Si el centro sometido a inspección coincidiese con el domicilio de una persona física, deberán obtener su expreso consentimiento o, en su defecto,… » ver todo el comentario
A ver, si hay una demanda o una investigación en curso solo hay que pedir una orden judicial, no hay que “preavisar” a nadie, igual que se hace cuando entran a un domicilio. A mí no me parece del todo mal que haya una fiscalización y un control judicial y que los inspectores tengan que solicitar esa orden y que no tengan potestad para entrar donde quieran, cuando quieran y como quieran, lo único que me preocuparía es el tiempo que puede tardar en concederse pero entiendo que las inspecciones “sorpresa” son sorpresa para el inspeccionado, el inspector las tiene programadas con tiempo y solamente tiene el trámite adicional de solicitar la orden judicial para cuando la tenga programada.
#22 Bonita forma de no contestar a la pregunta. Insisto. ¿Qué problema EXACTAMENTE ves en que los inspectores puedan entrar en cualquier empresa cuando quieran?
#23 Que lo que yo haga en mi casa no tiene ni de lejos el potencial de afectar a derechos fundamentales de terceros en una relación tan omnipresente como la laboral.
Y la pregunta era seria. ¿Me puedes decir exactamente qué problema ves con que los inspectores puedan entrar en las empresas libremente? Sé preciso y recuerda que es como han estado funcionando las cosas hasta ahora.
¿Me puedes decir exactamente qué problema ves con que los inspectores puedan entrar en las empresas libremente? Una investigación prospectiva, sin que exista una denuncia previa. Por ejemplo.
Y esto es lo que dice el a.18: 2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
Y antes de que me contestes, exige que sea flagrante delito; es… » ver todo el comentario
#79 Por supuesto que esa es la cuestión (y lo sé).
Y vuelves al domicilio, por lo que sea. Y sigues con la comparación de empresas con personas físicas, por lo que sea. Bueno, no, por lo que sea no, porque no tienes respuesta a lo que yo estoy preguntando (y lo sé).
Estamos en contra de las investigaciones prospectivas por parte de JUECES.
J
U
E
C
E
S
Los inspectores no juzgan. Los inspectores... wait for it... inspeccionan. Por eso tienen que poder entrar cuando quieran. Un centro de… » ver todo el comentario
#34 Otro más que hace una comparación de mierda para no contestar a la pregunta.
Haré lo mismo. Insistir. Dime qué problema ves en que los inspectores puedan entrar en cualquier empresa como han estado haciendo hasta ahora. Sé preciso.
#8 Correcto, los jueces tienen que atender a lo que dicen las leyes y procurar que se respeten los derechos de todas las partes. El problema en realidad es que tanto Inspección de trabajo como Justicia están mal dotados y con cargas de trabajo que dificultan mucho la respuesta en un tiempo razonable. Se denuncian irregularidades en una empresa y para cuando se vaya a ir a comprobarlas la situación ha podido cambiar totalmente. Si no se dotan los servicios públicos los derechos sólo los ejerce quien más puede/tiene.
#8
Es que cae por si propio peso pero aquí si es al prójimo al que le joden por interés general pues bienvenido sea.
Son un atropello las inspecciones prospectivas y el que alguien entre en tus instalaciones sin orden judicial.
Si lo trasladamos a una vivienda se entiende mucho mejor.
#8 Pues mira. Uno de los comentarios más racionales que he visto en este meneo.
He visto "batidas" de inspección de trabajo en locales nocturnos que directamente te joden un día de recaudación de los 2 o 3 que tiene la semana.
Inspecciones que lo único que pueden sacar a la 1 de la mañana es el DNI de los camareros, ya que casi ninguna pyme lleva directamente el papeleo sino a través de un gestor.
Te paran el negocio 1 o 2 horas con un listado de cosas que les tienes que remitir en X días.
Salvo que tengas a los empleados sin asegurar no te pillan en nada.
De esta mierda se salvan las empresas que no coincide su domicilio social con su centro de trabajo, que hay muchas. Una empresa solo puede tener UN domicilio social, pero centros de trabajo todos los que quiera.
el TS, lo de siempre, guante de seda con unos, y puño de hierro con otros, ¿cuando nos vamos a dar cuenta los trabajadores de que las empresas, la derecha( incluyendo a los jueces) solo defienden los intereses de unos pocos?, el ET del 80 era mucho mejor para el trabajador que el actual, cada vez estamos mas desprotegidos, y seguimos votando lo que votamos, somos idiotas, nos merecemos que nos exploten, es lo que queremos.
Como decía un gran amigo mío: "La ley más violada en este país es el Estatuto de los Trabajadores" o "La democracia termina en el momento que pasas el torno".
Y conociendo como conozco a algunos Inspectores, les han hecho un favor. Menos trabajo y marrones.
#90 precisamente es lo que digo, que los carteles disuaden mucho mas que el radar en si mismo.
Y lo de que no son afán recaudador. Se ve que no conoces el que estaba en la a31 km 136, en una recta, con visibilidad, lo pusieron porque había una salida de camiones de obras del ave, y cuanto acabaron, lo dejaron años.
Tenemos un problemón con estos jueces, ya totalmente desacomplejados regresistas, que ni se sonrojan al retorcer la ley y los argumentos en su cruzada forzando la impunidad y protección a los suyos y sus empresas ante el necesario escrutinio legal exigible, que así queda desactivado.
Como siempre, que rigurosos para unas cosas con unos y que laxos para otras con otros.
Vergonzoso es poco.
Dame cualquier ley o precepto constitucional y te lo llevo al absurdo, esto es lo que ha hecho en TS, vete a saber por que intereses. El autónomo que tenga la sede de su empresa en la casa en la que convive con su familia, es su problema.
No sé, es probable que esté equivocado pero yo esto lo veo una gilipollez, yo estoy trabajando en el domicilio de una "persona jurídica", abro la puerta y dejo pasar de forma expresa al inspector. A ver ahora como se las arreglan para decir que no puede estar allí ese inspector aún sin tener orden judicial, si alguien le ha dejado entrar ...
Insisto que imagino que estaré equivocado, pero con la ley en la mano yo lo veo así.
Y digo, con estás "piruetas legales"...no se podría hacer a la inversa otra relacionada con el "delito fraglante"? Es decir que algún trabajador denuncie que se está cometiendo un delito fraglante para que puedan entrar en el domicilio fiscal para inspeccionarlo sin orden judicial....
No sé pero visto lo visto de "hecha la ley hecha la trampa"...hacer está trampa para que se haga la ley...
Por otra parte, si denuncias un delito flagrante quien acude es la policía, no una inspección adminsitrativa. El flagrante delito no se acredita simplemente con una denuncia, o nos pasamos la inviolabilidad del domicilio de los particulares por el forro. Y además, el flagrante delito no es sólo que se esté cometiendo en ese momento sino que además la intervención sea urgente para evitar un daño irreparable o evitar la destrucción de pruebas.
#21 Si tienes toda la razón, lo escribí mal. Por eso empecé diciendo lo de "piruetas legales"... No era un comentario del todo serio aunque llevar la inviolabilidad del domicilio a un lugar de trabajo tampoco me parece muy serio por parte de los jueces que han dictado lo explicado en la noticia...
Pero en parte para evitar la destrucción de pruebas y evitar el daño a los trabajadores si parece un argumento casi valido. Aunque la inspección sea administrativa puede prevenir que se… » ver todo el comentario
#9 Que pillen infraganti. Lo único más peligroso que un idiota saltándose el límite es un idiota que frena a lo bruto cada vez que ve una señal de radar.
#26 la idea de los radares era bajar la siniestralidad en puntos negro. Al avisar se con sigue ese efecto mucho mas efectivamente que solo multando.
El problema es que los radares se usan con afán recaudatorio.
Luego ya podemos entrar en debate de si cuando te han puesto varias multas te calmas a la hora de correr. Pero ahí abrimos el melon de que seria una tarifa para correr que los ricos podrían pagar...
#46 Lo que disuade en los puntos negros no es el radar, es el cartel. Hoy me acabo de hacer 400 km con el coche y fráncamente, ojala hubiera habido un radar de tramo desde que salí de mi casa hasta destino.
El radar tiene afán sancionador, no recaudador. Si tuviera afán recaudador ya se habrían acabado los que van superando el límite de velocidad por sistema. Por desgracia es sancionador, y las sanciones no son suficientes para disuadir a la gente de que ponga en peligro al resto de usuarios… » ver todo el comentario
Es un asco.
La verdad, cada vez creo que se debería suprimir el mismo concepto de "persona jurídica".
Una persona muere, envejece, enferma, necesita alimento, etc...
Una empresa NO es una persona.
Pues a tomar por culo, así justifican mierdas como estas.
Es un asco.
La verdad, cada vez creo que se debería suprimir el mismo concepto de "persona jurídica".
Una persona muere, envejece, enferma, necesita alimento, etc...
Una empresa NO es una persona.
Pues a tomar por culo, así justifican mierdas como estas.
El sentido jurídico de persona es el original: un sujeto jurídico sometido a derechos y obligaciones. Sea tanto un ser humano como una empresa. Identificar "persona" con "ser humano" es relativamente reciente.
Tenéis que entender que el… » ver todo el comentario
Ah, y por cierto, no sé por qué cuando una empresa comete cualquier tropelía, no se va contra sus dueños, es decir, sus accionistas, a parte de los directivos. Está muy bien eso de ser dueño de algo, obtener sus frutos, pero cuando hay que afrontar responsabilidades desentenderse.
Y es un concepto que bebe directamente del derecho romano y se termina de consolidar como la persona ficta en el siglo trece. Es tan antigua como la génesis de todo nuestro sistema. No es algo reciente.
Creo que lo he explicado claro esta vez.
Ahora han trasladado el derecho humano a inviolabilidad de tu vivienda y pasado a una empresa, porque ambas son "personas"...
No es un tema meramente "semántico", en la ley escrita la semántica puede hacer que te caiga pena de cárcel o que solamente sea una multa, porque una diferencia en una palabra lo es todo.
Lo que digo es algo que se decía en el sXIX cuando se… » ver todo el comentario
En esta argumentación judicial han dicho que, al igual que la vivienda de una persona física es inviolable, la vivienda de una persona jurídica lo es...
Eso es una perversión, pero no es la primera vez que ocurre, el usar la palabra "persona" no es neutral.
Puedes tener una legislación que proteja a las personas o administraciones de las empresas y no sea usando la palabra que implica una cantidad de derechos enorme, sobre todo porque las empresas no tienen las limitaciones naturales que justifican muchos de esos derechos.
Se ha visto que al PSOE se le puede doblar la mano, pero al PNV, Junts o el PPBOX no.
Todos los entramados societarios que existen están arropados por el ocultismo de sus datos financieros o el difícil acceso a la información. Fundaciones opacas que tienen en sus administradores a sociedades que a su vez tienen en sus administradores a sociedades que a su vez tienen entre sus administradores a sociedades ... Ses ocultan ya no solo de la AEAT si no que también de cualquier escrutinio… » ver todo el comentario
Los Protocolos del Notario son secretos.
Y, como anésdota, te cuento que el sello notarial contiene un libro cerrado (porque su contenido es secreto) mientras que el de los registradores es abierto.
"Los datos mercantiles en España son públicos… pero apenas pueden explorarse de forma analítica.Como el célebre experimento de Schrödinger, están simultáneamente abiertos y cerrados: accesibles en teoría, difíciles de trabajar en la práctica. "
"¿Se imagina que el Boletín Oficial del Estado no permitiera realizar búsquedas? ¿O que el diario oficial de su comunidad autónoma careciera de un sistema para localizar disposiciones
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Hace tiempo Jaime Gómez-Obregón comparó la facilidad de acceso a la información que ofrecía el registro mercantil británico contra el registro mercantil español.
Como decía mi madre, las comparaciones son odiosas.
La transparencia es una herramienta indispensable contra el fraude y en España el fraude es deporte nacional.
x.com/JaimeObregon/status/1312372105711943681
www.neocheck.es/registro-mercantil-britanico-vs-registro-mercantil-esp
¿Que va a resultar más difícil sancionar irregularidades laborales? Sí. Pero lo chungo es que el art. 18 CE no distingue.
Qué ganas de extender los efectos del 18 a lo que no procede.
Las cosas claras.
Luego ya, a jugar, como hace el Supremo, que barre siempre para el mismo lado.
#97 Pues sí... Yo, como probablemente tú, me he escondido de la Policía Foral navarra en bares de Jarauta en Pamplona, durante ciertas noches sabatinas en las que se armaba follón. Y ahí la txakurra no entraba, porque no podía... aunque imagino que ganas no les faltaban de inflarnos a ostias.
Pues vale.
Que los domicilios son coincidentes es otro asunto
Relacionada: www.meneame.net/story/supremo-rechaza-inspeccion-trabajo-pueda-entrar-
A ver qué dicen ccoo y ugt.
A ver si hay la más mínima mención de esto en la tv y la radio, rrss, ...
A ver si los trabajadores se enteran de esta barbaridad a través de sus delegados sindicales.
A ver.
Precisamente por eso digo que a ver qué hacen ahora los sindicalistas.
Lo correcto sería denunciarlo hasta llegar al constitucional. Publicitarlo a tope, por todos los medios y montar un buen cirio con manifestaciones.
A ver qué hacen ahora los políticos y a ver qué hace el T. Constitucional.
O te vas a presentar tu a delegado de personal?
Porque cualquiera que lo haya hecho sabe que o se vende a la empresa o firma su suicidio profesional en ella.
Pero claro, te joden los fachas del supremo y la culpa es de los rojos... hay que ser gilipollas.
He sido delegado sindical. He participado en todas las huelgas de mi sector desde hace muchísimos años.
Me joden los fachas del Supremo y soy más rojo que tu sangre.
ccoo y ugt se han convertido desde hace decenios en sindicatos amarillos; los delegados, uno a uno, ok, pero esos dos sindicatos como entidades, una m. que firman convenios de m.
(Y por lo gilipollas... @admin )
(me callo lo que opino de ti)
Pero si te metes que los delegados me vas a tener enfrente. Siempre.
Suerte!
Lo que se dice en el artículo es muy catastrofista pero va a requerir que el TC se acabe pronunciando sobre ello porque pone en evidencia varios flecos en la normativa en referencia a lo que sería la parte destinada al domicilio social y la destinada a la actividad laboral.
Y luego entraría ver si se puede llegar a extrapolar a otras situaciones.
Este país tiene un problema gravísimo con la judicatura.
Ahora si el empresario es un esclavista tiene barra libre para esconder a los que estén sin contratos y derivados con barralibre. Y luego el problema es el absentismoy no los millones de horas extras sin pagar que tiene este país. Qué puto asco.
1. El filtro de la "Idoneidad y Necesidad"
Ya no vale con decir "voy a ver qué encuentro". El inspector debe redactar un informe exhaustivo que demuestre:
Indicios previos: Debe haber una denuncia específica o datos cruzados que sugieran fraude.
Subsidiaridad: Tiene que probar que no hay otra forma de conseguir esa información (por ejemplo, que no basta con pedir los libros contables por requerimiento).… » ver todo el comentario
Vamos, lo que es lo normal para que el fin no justifique los medios
1. Las investigaciones prospectivas están prohibidas por norma
2. Los inspectores no avisan. No digamos tonterías para añadir más puntos. El resto es lo mismo que el punto 1
3. Vamos, lo normal. Si te autorizan a inspeccionar un espacio sea este espacio el que inspecciones
4. Sin duda el acatar la ley y que haya garantías procesales aumentan la carga de trabajo, pero lo primero es innegociable
Te repito que el fin no justifica los medios. Es que hay mucho fraude, mucha explotación, los empresaurios felices.... ok, pero cíñete a la legalidad y al sentido común.
Además no es cierto que se acabe con el factor sorpresa. El inspector pide una orden judicial porque tiene indicios de fraude y si todo está correcto y se lo aprueban, va al negocio igual que hubiera ido antes sin tener que avisar pero con una orden que dice que es legal lo que está haciendo.
¿De verdad que hay que explicar esto?
Y la pregunta era seria. ¿Me puedes decir exactamente qué problema ves con que los inspectores puedan entrar en las empresas libremente? Sé preciso y recuerda que es como han estado funcionando las cosas hasta ahora.
¿Me puedes decir exactamente qué problema ves con que los inspectores puedan entrar en las empresas libremente? Una investigación prospectiva, sin que exista una denuncia previa. Por ejemplo.
Y esto es lo que dice el a.18: 2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
Y antes de que me contestes, exige que sea flagrante delito; es… » ver todo el comentario
Y vuelves al domicilio, por lo que sea. Y sigues con la comparación de empresas con personas físicas, por lo que sea. Bueno, no, por lo que sea no, porque no tienes respuesta a lo que yo estoy preguntando (y lo sé).
Estamos en contra de las investigaciones prospectivas por parte de JUECES.
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Los inspectores no juzgan. Los inspectores... wait for it... inspeccionan. Por eso tienen que poder entrar cuando quieran. Un centro de… » ver todo el comentario
Que problema ves que entren a tu casa cuando quieran y como quieran para ver si traficas?
Haré lo mismo. Insistir. Dime qué problema ves en que los inspectores puedan entrar en cualquier empresa como han estado haciendo hasta ahora. Sé preciso.
Es que cae por si propio peso pero aquí si es al prójimo al que le joden por interés general pues bienvenido sea.
Son un atropello las inspecciones prospectivas y el que alguien entre en tus instalaciones sin orden judicial.
Si lo trasladamos a una vivienda se entiende mucho mejor.
He visto "batidas" de inspección de trabajo en locales nocturnos que directamente te joden un día de recaudación de los 2 o 3 que tiene la semana.
Inspecciones que lo único que pueden sacar a la 1 de la mañana es el DNI de los camareros, ya que casi ninguna pyme lleva directamente el papeleo sino a través de un gestor.
Te paran el negocio 1 o 2 horas con un listado de cosas que les tienes que remitir en X días.
Salvo que tengas a los empleados sin asegurar no te pillan en nada.
Y conociendo como conozco a algunos Inspectores, les han hecho un favor. Menos trabajo y marrones.
Y que conste que yo no creo que el domicilio social deba tener la misma protección que el domicilio de un particular.
Y lo de que no son afán recaudador. Se ve que no conoces el que estaba en la a31 km 136, en una recta, con visibilidad, lo pusieron porque había una salida de camiones de obras del ave, y cuanto acabaron, lo dejaron años.
Esto no es un error, esto es parte del plan
Como siempre, que rigurosos para unas cosas con unos y que laxos para otras con otros.
Vergonzoso es poco.
Insisto que imagino que estaré equivocado, pero con la ley en la mano yo lo veo así.
No sé pero visto lo visto de "hecha la ley hecha la trampa"...hacer está trampa para que se haga la ley...
Por otra parte, si denuncias un delito flagrante quien acude es la policía, no una inspección adminsitrativa. El flagrante delito no se acredita simplemente con una denuncia, o nos pasamos la inviolabilidad del domicilio de los particulares por el forro. Y además, el flagrante delito no es sólo que se esté cometiendo en ese momento sino que además la intervención sea urgente para evitar un daño irreparable o evitar la destrucción de pruebas.
Pero en parte para evitar la destrucción de pruebas y evitar el daño a los trabajadores si parece un argumento casi valido. Aunque la inspección sea administrativa puede prevenir que se… » ver todo el comentario
El problema es que los radares se usan con afán recaudatorio.
Luego ya podemos entrar en debate de si cuando te han puesto varias multas te calmas a la hora de correr. Pero ahí abrimos el melon de que seria una tarifa para correr que los ricos podrían pagar...
El radar tiene afán sancionador, no recaudador. Si tuviera afán recaudador ya se habrían acabado los que van superando el límite de velocidad por sistema. Por desgracia es sancionador, y las sanciones no son suficientes para disuadir a la gente de que ponga en peligro al resto de usuarios… » ver todo el comentario