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Un jurista canario recomienda al fiscal general recusar al tribunal que lo condena por haber adelantado el fallo sin argumentarlo

Un jurista canario recomienda al fiscal general recusar al tribunal que lo condena por haber adelantado el fallo sin argumentarlo

El abogado penalista José Manuel Rivero considera que “la anticipación del fallo antes de completar la fundamentación jurídica compromete estructuralmente la imparcialidad objetiva de los magistrados que lo suscribieron, generando una situación procesal insostenible que solo puede resolverse mediante la celebración de un nuevo juicio ante un tribunal completamente diferente”

| etiquetas: fiscal general del estado , sentencia , tribunal supremo
Comentarios destacados:                                
#1 Y es que esa es otra que, ya de por sí, chirría a kilómetros.

Es que la chapuza es de órdago, increíble.
Y es que esa es otra que, ya de por sí, chirría a kilómetros.

Es que la chapuza es de órdago, increíble.
#1 Totalmente da la impresion de q lo primero q han hecho es condenarlo y ahora estan viendo como argumentar lo q ya and decidido....

Es decir; no decidir como fruto de una argumentacion sino argumentar para justificar una decision.
#18 Claro, además, así luego la argumentación jurídica para la condena será previsiblemente menos leída por la población.
#1 #18 Está claro porque lo han hecho, para evitar la filtración.

Están juzgando un caso de filtración, y de haberse filtrado la sentencia o el fallo antes de ser publicado, habrían quedado a los pies de los caballos y en ridículo, y se habrían visto obligados a realizar otra investigación para ver quien lo ha filtrado, y empezaríamos un ciclo sin fin.

En cuanto han visto el riesgo de filtración del previsible fallo (cambio en la ponente) han decidido adelantarse a la posible filtración,…   » ver todo el comentario
#61 No creo que sea para evitar la filtración. Hay que tener en cuenta que se ha ido filtrando el proceso de instrucción, y no se investigó en ningún momento. Aquí se filtran las filtraciones cuando interesa, y no se investiga en la inmensa mayoría de veces.
#66 Ya, pero si vas finalmente a condenarlo por una filtración y se filtra, como mínimo, el fiscal puede estudiar pedir una acción judicial a la altura de la que le han hecho a él.

No veo otro motivo para adelantarla si no.
#71 Ya, pero si das el fallo sin razonamiento no es que no sea sentencia firme, es que no es ni sentencia, la motivación es legalmente obligada. No conozco ningún otro caso, sí comunican así recursos de sentencias de otros tribunales, pero nunca una sentencia propia sin aportar justificación legal alguna con la notificación. Yo creo que esto da aún más motivación al fiscal para recurrir que cualquier filtración, pcambiaor dar la impresión de 'primero el fallo, y luego lo justificaremos como…   » ver todo el comentario
#76 Menuda tontería. ¿Primero el fallo para qué?
#71 Creo que ya se filtró información personal del fiscal, y no pasa nada. En general, no se persiguen las filtraciones.
#61 lo decía un ex juez del supremo el otro día por la radio o tv: en casos tan mediáticos como este en los que no hay unanimidad entre los jueces, lo que se suele hacer es ampliar el plazo del argumentario para que se convenzan entre ellos y llegar a la mayoría. Aquí no, parece al revés: había dos votos contrarios y parece que los otros 5 se han dado prisa en quedarse el caso y condenar, no vaya a ser que esas 2 tuvieran razón y convenciera a alguno de los otros 5...
Además curiosamente condenan los mismos jueces que aceptaron llevar a trámite la denuncia...

En fin, piensa mal y acertarás
#1 #18 Vamos a ver, me juego una teta a que en muchas ocasiones se determina que es culpable o inocente y luego se justifica. Las partes, especialmente la acusación, ya dicen al tribunal de que delitos les acusan y cuanta condena piden. Las defensas indican por qué no pueden o que atenuantes hay. Más o menos cuando han terminado de valorar las pruebas ya lo tienen claro. El tema es publicar un fallo sin motivarlo, aunque la motivación esté en su cabeza. Eso es anómalo. Lo peor de todo es que no quieren ni ponerlo por escrito porque hasta les da vergüenza la pirueta mental que tienen que hacer para condenar a un hombre sin nada que parezca una prueba, por un delito que pueden haber cometido un montón de personas, incluído quien le acusa.
#64 O lo tienen muy bien estudiado, cosa que dudo mucho, o ahora estarán viendo con qué papel de fumar se lo cogen.

Sigo pensando que los cinco carcas éstos no han actuado por su cuenta, que algo más gordo tiene que haber detrás. Según lo que suelten, se pueden arriesgar a una anulación del TC.
#64 Efectivamente.

Es más, puede que el propio entorno de Ayuso fuera quien desveló los datos de aquel acuerdo, precisamente para acusar al Fiscal General, es decir, como una especie de ataque de falsa bandera.

Los propios periodistas ya indicaron que no fue el Fiscal, ¿Entonces? si solo hay dos partes que conocían el acuerdo y el Fiscal no fue, no queda otra que esos datos fueron revelados por el propio entorno de Ayuso.

Y no solo no extrañaría, sabiendo como sabemos de la caradura y falta de escrúpulos del PP con mil trapicheos y juego sucio sistemáticos, sino que además parece lo más probable.
#78 Claro, porque sabían que iban a hacer una de prensa, cosas que hacen en todos los casos, y que iban desvelar información, y que iba a borrar el móvil y los correos... Joder, al final es mucho más plausible que el Fiscal se pasara de frenada en su afán de seguir con el relato.
#78 Puede que la falsa bandera sea de los periodistas. Y sabiendo las fontaneras que tiene el PSOE parece lo más probable.
#18 #1 Ni Mortadelo y Filemón y todos los inventos de Bacterio han llegado a este nivel de chapuza.

Ojalá saber qué está pasando por la trastienda, pero dan ganas de pensar que los cinco jueces tenían órdenes de otro y lo tenían que meter con calzador.

Salvando las distancias me recuerda al desastre de Arias Navarro en el 75. Fue ese estúpido el que dijo "11 condenados a muerte, perdono a seis, condeno a los otros cinco, y así contento a los ultras que me piden a gritos un escarmiento,…   » ver todo el comentario
#65 Ya tenemos experiencia con Griñán y Chaves, ¿verdad?
#18 ¿El hecho de que Polo se haya negado a redactarla tiene algo que ver?
"De hecho, Polo era la magistrada ponente, esto es, la encargada de redactar la sentencia, pero su discrepancia con el sentido de la misma ha llevado a que sea Martínez Arrieta, presidente de la Sala de lo Penal y del tribunal, quien asuma esta función."
#1 querían celebrar el aniversario de la muerte de su "padre", o mejor dicho ensuciar la celebración de la mayoría de la población por el 50 años del fin de una dictadura que Marchena y sus acólitos probablemente idolatren
#1 Tiene una explicación, lo querían anunciar en 20N
#1 Tenían prisa por echar al fiscal estos fachas con toga.

Y lo anuncian en el 50 aniversario de Franco! Si es que se ríen en nuestra puta cara! Somos unos pagafantas de récord guiness!
#88 realmente hasta que no salga la argumentación con la sentencia, la sentencia no se ha dictado. Es decir, solo han anunciado que es culpable pero no lo han ratificado. Es como las leyes, que hasta que no salen en el boe no están activas.

Así que la única prisa era anunciar que era culpable.
#100 Cómo que no ha pasado nada! Si ya lo han sustituido! No estará oficialmente condenado, pero ya tienes al PP desde el primer minuto pidiendo dimisiones.

Nada más y nada menos que Ayuso, la que mintió descaradamente, y amenazó a periodistas, utilizando los medios de la CAM y del PP, exigiendo dimisiones en base a una sentencia que aún no se ha publicado!

Y además en un caso que nace del robo de pareja a todos los españoles de más de 300k€. Dinero que está pagando la vivienda de la propia Ayuso!

Acojonante!
#1 CON ESTE TRIBUNAL SUPREMO LO NORMAL ES QUE NO "MARCHE-NÁ"
#1 No chirrió cuando se hizo lo mismo a la manada
#1 Por qué están desatados y por encima de la ley, solo reconocen sus huevos morenos
#1 Esos son los tribunales y jueces de nivel que tenemos, le tomaré prestadas las palabras a uno..."es para irse de España o suicidarse"xD
Sin embargo, @pedrario vota negativo a una noticia porque no hemos leído la sentencia. Los huevazos de esta gente crean anomalías gravitacionales :-P
#2 Obvio, se pueden sacar todos los artículos gilipollescos que querais con clickbait.

La realidad es que lo de adelantar el fallo sin sentencia no se ha hecho por primera vez con este caso, ni será la última. Está perfectamente habilitado en la ley.

Dejad la botella de whiskey.
#14 El güisqui, para las ocasiones. Lo mismo que tu ley de mierda. Además, hay carestía porque se lo sopla todo MAR.
#14 La realidad es que adelantar un fallo sin publicar la sentencia que lo argumenta es una anomalía judicial, ni siquiera es normal o habitual que el TS lo haga. Sí, hay filtraciones, pero esto viene del TS directamente. Podría conllevar la vulneración de derechos fundamentales de la persona juzgada, como la tutela judicial efectiva, inseguridad jurídica o demora en la aplicación de justicia.

Entre otras cosas, porque la sentencia no es efectiva hasta que se publica: sí, lo han…   » ver todo el comentario
#42 Coge un solo caso en el que se ha publicado el fallo antes y se ha determinado que vulnera nada. Ale.
#43 El que afirma que eso está "perfectamente habilitado en la ley" y que no es la primera vez eres tú (no dices que sea habitual, pero casi), y ya sabes cómo funciona esto: «affirmanti incumbit probatio».

Y, que yo sepa, la LECRrim habilita a que el fallo sea oral en el acto del juicio, con las partes presentes. Me gustaría saber dónde pone que se puede hacer en una nota a la prensa:

www.conceptosjuridicos.com/lecrim-articulo-789/
#57 Gracias por la pregunta. Sin ser experto, básicamente el mayor soporte legal es que hay extensa jurisprudencia al respecto, se ha hecho en muchos casos, si no fallo el de La Manada y el de Urdangarín fueron así mismamente.

Más relevante es el ámbito Constitucional, ya que si esta práctica vulnerara algo, sería derechos procesales y esos los garantiza el TC. Pues este tiene una doctrina que permite fallos, de hecho, es "práctica habitual" del propio TC

>la publicación…   » ver todo el comentario
#68 Así pues, constato que como tal no está habilitado. Que el constitucional en ciertos casos de interés general haya adelantado sus conclusiones con intención informativa —por ejemplo, sobre la Ley de Amnistía— no impide que en este en concreto, unido a otros elementos, se pueda considerar todo ello una prueba indiciaria de irregularidades y defectos procesales.
#75 Ah, que los tribunales hayan sentenciado que es legal y además práctica habitual, para ti es que "no está habilitado legalmente y lo hacen en 'ciertos casos'".

Venga hombre, no me toques la moral. Es 100% legal porque los tribunales ya han sentado doctrina al respecto. Si lo recurres, van a coger la doctrina y decir, esto es legal. Fin.
#79 Lo has dicho tú mismo: «…la publicación anticipada del fallo no está prevista en la ley, pero tampoco se encuentra prohibida o resulta extravagante en relación con los preceptos contenidos en la Ley de enjuiciamiento criminal …»
#81 Lo he dicho yo mismo, está avalada por doctrina del TC, que lo ejecuta como práctica habitual.

Argumenta por qué crees que cuando reclames que es inconstitucional el TC fuera a ignorar SU PROPIA DOCTRINA. Ni Pumpido puede afinar tanto.
#85 Lo que vale para el constitucional en casos en los que el fallo podría ser de interés general y el valor informativo se alzase por sobre otras consideraciones quizá no valga para otros tribunales. Además, ya digo que es un elemento más a tener en cuenta, no el único.
#93 Lee bien lo que dice. Lo que está haciendo es avalar lo que ha hecho otro tribunal, indicando que es práctica habitual en muchos otros, incluyéndose a sí mismo.
#75 La verdad es que lo impide bastante.
#68 Primero, hablamos del Tribunal Supremo, no de tribunales ordinarios o superiores de comunidades autónomas.

Segúndo, ¿por qué haces trampas? El caso que citas es un recurso de casación sobre un caso que ya había sido juzgado y sentenciado, en el que el acusado reclamaba que el anuncio anticipado vulneraba su presunción de inocencia, cuando ya se le había declarado culpable en el juicio por los hechos investigados, y lo que se anuncia es que no se acepta el recurso, no que sea inocente o culpable. Es decir, no hay vulneración de derechos fundamentales.

Yo diría que no tiene que ver con el caso del FGE.

¿Eso es todo lo que tienes para defender que no es raro que el TS haga anuncios a la prensa de fallos judiciales?

cc #57
#80 Irrelevante que sea un tribunal u otro, las normas son las mismas.

No hay trampa alguna, la resolución deja claro que es práctica habitual sin especificar tipos de fallo. Deja de inventarte clavos absurdos ardiendo, que va a dar lastimita.
#84 Sigo esperando ejemplos del TS adelantando el fallo a la sentencia. Me vale cualquier fuente, desde prensa hasta los propios fallos. Gracias.
#101 Insisto, no es el único elemento extraño en un proceso claramente político —anunciaron el fallo para que los periódicos lo sacaran justo el 20N. Eso afirma sin duda la intencionalidad. Por otra parte, me quedo con lo que dicen #46, #80 y #99. De todos modos el TS ya nos ha mostrado de qué valen las leyes y sus provisiones cuando hay lo que hay.
#99 No me voy a poner a buscar sentencias que a ti te apetezcan para que le saques punta a cualquier gilipollez. Especialmente porque ya has sacado la gilipollez de casación/recurso y esperaras que se ponga una en el que el TS sea la primera instancia, cosa que pasa en muy pocos casos, así que si te pasara otro ejemplo como este >www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-

Seguro que no te vale.

Irrelevante. La doctrina del TC es bastante clara al respecto
#68 esto lo has sacado de chatgpt?
#96 No, el enlace es de la página del tribunal constitucional, cuando quieras lo lees.
#68 Parece que lo que buscan los progresistas es que así como con la ley del solo sí es sí logró se acortaran las penas de muchos delincuentes ahora quieren que los de la manada queden libres.
#68 Adelantaron el fallo de la sentencia, pero al menos la sentencia existía. En el caso que se nos indica parece que no está ni redactada. De todas maneras esa misma sentencia del TC que ha puesto anula sendas sentencias de la Audiencia de Sevilla y del TS, incluida la adelantada, por lo que cabe preguntarse sobre la técnica jurídica de esos tribunales, que pierden tiempo en adelantar sentencias, pero no son meticulosos ne no provocar indefensión a aquellos que juzgan.

Lo cierto es que…   » ver todo el comentario
#59 en la nota pone que las partes han sido notificadas, desconozco la forma pero no ha sido por la nota misma
#42 se hizo para la manada, supongo que si el TC lo tumba también tumbará la condena a la manada. A muchos de por aquí parece gustarles esa idea.
#14

Constitución española de 1978.
Título VI. Del Poder Judicial

Artículo 120
Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento.

El procedimiento será predominantemente oral, sobre todo en materia criminal.

Las sentencias serán siempre motivadas y se pronunciarán en audiencia pública


Ya sin entrar en plazos e inmediatez que exige la ley
#46 Y cuando salga la sentencia será así-
#49 Ya, pero es que el fallo es parte de la sentencia. Si hay sentencia tiene que tener hechos probados y fundamentos de derecho y publicarse INMEDIATAMENTE.
#53 Invent tuyo. De nuevo, esta no es la primera que se hace, ni será la última. Hay jurisprudencia que lo avala.

De hecho, hablando de la CE, el propio tribunal constitucional ha adelantado fallos sin sentencia también.
#54 Tengo curiosidad por saber a que te refieres con jurisprudencia. ¿Estás diciendo que ya existen casos anteriores en los cuales se ha dictaminado que es perfectamente legal o más bien que ya ocurrió en casos anteriores y nadie protestó? Son dos cosas distintas.
#74 En el comentario 68 tienes sentencia del TC donde se describe como práctica habitual y algun ejemplo >www.meneame.net/story/jurista-canario-recomienda-fiscal-general-recusa
#77 OK. Gracias
#14 Tu sabes de leyes más que nadie.

Que se haya hecho otras veces ni quiere decir que sea legal; solo que nadie lo ha utilizado.
#55 Que se haya hecho otras veces significa que no se ha hecho (utilizado).

Gran razonamiento por parte del bulero que sólo sabe inventarse cosas, especialmente sentencias inexistentes

>www.meneame.net/story/cinco-jueces-supremo-rechazan-rebajar-pena-viola
>www.meneame.net/story/rebajan-pena-hombre-violo-cuatro-veces-menor-14-
>www.meneame.net/story/feijoo-grafico-reves-usa-caida-pib-per-capita-de

Cuando salgas del ridículo y reconozcas tus bulos, como el de las sentencias sobre la ley transitoria del Supremo que no existen, avisa.

Aunque nadie espera que dejes de ser un bulero.
#69 Repite conmigo: los tuyos con su brazo judicial podrido están intentando un golpe de estado

Y no es la primera vez.

Y lo sabes porque no eres un tipo sin información.

Espero que esto sea el clavo en la tumba electoral de las derechas.
#14 Explica lo de que «Está perfectamente habilitado por la ley». Diría que el jurista del que se habla en el artículo no está de acuerdo con eso.
#14 Si eso que dices es verdad te solicito que por favor cites que artículo de que ley habilita a un tribunal las siguientes cosas:

* Emitir un fallo sin motivar el razonamiento.
* En que ocasiones se ha hecho esto (y que ha pasado después).

Y que razones como puede tener efecto una sentencia no notificada a las partes sino emitida en una nota de prensa.

* La sentencia no puede ser nunca firme, porque no se notifica a las partes. Una nota de prensa no elude el requisito de su publicación.
* No corre el tiempo que hay para recurrirla, ni de hecho se puede recurrir, porque al no haber motivación no hay nada que se pueda alegar.
* La sentencia no se puede hacer cumplir, porque no es firme.
#14 Pero es la primera vez que no se hace según sus intereses
#2 Si solo fuera ese el descarriado y abducido.
#2 Es la gracia de que la derecha controle el relato, le pasan el ideario a los minions y profit.

Y lo mejor de todo, es que como controlan el relato, te cuentan que el relato lo controla el PSOE, y que es todo muy chungo y que ahora estan desatados y se viene golpe de estado. Si es que te tienes que reir
#44 ¿Que la TVE la controle el PSOE no te dice nada?
¿Que el fascismo sea todo lo que hay entre UPyD y el PP no te dice nada sobre la capacidad de la PSOE para crear relatos?

Un poquito de por favor...
Imaginaos un médico que te dice "tiene usted cáncer" y que mañana mira la biopsia.
#3 Ah, y para nada cabe sospechar que unos jueces conservadores, elegidos por el PP, anuncien de viva voz, de esa sorprendente manera la sentencia, coincidiendo, casualmente, con el 50 aniversario de la muerte del dictador Franco.

Vaya, vaya, vaya...
#8 un día complicado en Almería, además.
#8 Tanto como cabe sospechar que los dos jueces se ideología pesoista son los únicos que han votado que no hay nada de malo en el fge.
#11 Vaya, insinuas, por lo q veo, q la sentencia ha sido politica.

Al final estas deacuerdo, ves? xD

No es un argumento q podais usar los de derechas, sinceramente. Va en contra de vuestra ideologia oq:

1- Es verdad
2- Apoya la version de q ha sido condenado injustamente por jueces derechistas.
#22 Vaya, insinuas, por lo q veo, q la sentencia ha sido politica.

No. Digo, no insinúo, que si hay lugar a sospechas porque unos jueces votan CULPABLE, también debe de haber lugar a sospecha para los que no votan NO CULPABLE. ¿ O no es así ?

No es un argumento q podais usar los de derechas, sinceramente. Va en contra de vuestra ideologia oq:

No proyectes.
No es la ideología lo que me lleva a pensar que el FGE ha sido condenado justamente. Es la objetividad (algo que en esta…   » ver todo el comentario
#32 No. Digo, no insinúo, que si hay lugar a sospechas porque unos jueces votan CULPABLE, también debe de haber lugar a sospecha para los que no votan NO CULPABLE. ¿ O no es así ?

Pues eso
#22 Y exculpado injustamente por jueces progresistas.
Y como los progresistas nunca han querido despolitizar el TS, pues a disfrutar lo montado.
#3 Como analogía ... una puta mierda. La verdad.
#10 Si no das más argumento lo tuyo, como comentario, una puta mierda la verdad.

Comprendo que se te acumula el trabajo.
#13 Su analogía es una mierda, porque se interpreta que el médico da su diagnóstico antes de diagnosticar, no antes de entregarte el informe detallado.

De nada.

PD: No es trabajo. Echarme unas risas a costa de los hooligans de la psoe es un placer.
#15 es que no hay resultados sin argumentación, que es lo que explica el canario.


#19 quieto parao que aquí nadie te ha dado la razón xD
#20 Ya ha habido argumentación. El tribunal colegiado se ha reunido, han analizado el caso, han argumentado entre ellos y han votado el fallo. Así es como funciona siempre.

Lo que falta es, digamos, pasar a limpio el borrador de esa deliberación en una sentencia formal, la parte burocrática. Y como eso puede llevar un tiempo pero el juicio ya estaba hecho, han adelantado el fallo para evitar posibles filtraciones. Fin.
#25 pues el jurista canario no está de acuerdo. Puedes discutir con él.
#28 El jurista canario no parece tener ni puta idea de como funciona un tribunal colegiado, lo que he descrito, y cuenta milongas de cambiar de opinión a mitad de camino.

Tampoco conoce el CP y suelta chorradas de cambio de tipo cuando el que se ha cogido es el de revelación de secretos y es 100% compatible.

Es una opinión irrelevante. Buscáis cualquier gilipollez a la que agarrar. Siempre va a haber algun colgao que de la razón a un bando u otro a cambio de pelas.
#31 No, no se ha cogido el de revelación de secretos sino el de revelación de datos reservados. Son distintos. Compruébalo.
#28 Pues me parece muy bien que piense lo que quiera el jurista. Cuando llegue a magistrado del TS podrá poner en práctica sus avanzadas ideas sobre el derecho.
#20 Tampoco podrías darme algo que no tienes.
#3 El símil más bien es que el médico ha visto que tu biopsia ha resultado cancerígena y subirá los resultados detallados para que los descargues a la aplicación en unos días.
#3 El médico ya vió la biopsia (el juicio) y te dice que tiene cáncer.
Después realizará el informe médico explicandote en que consiste lo que ha visto y lo que dicen las pruebas para que lo entiendas.

Pero el fallo, es que tienes cáncer.
#47 sí y se llama judicatura.
#3 No has puesto el mejor ejemplo, a mi me diagnosticaron Chron sin poder ver el informe, el cual estaba disponible 2 dias después y con mi enfermedad estomacal ha pasado muuuuchas veces ir al medico sin poder consultar el analisis y que sea el medico el que me lo tenga que explicar porque aún no esta para consultar. Indicándome que ellos lo tienen antes disponible antes que sea subido.
La verdad es que es extremadamente rara la celeridad en el proceso.

Y la lentitud en la gurtel, el presidente consorte de la CAM los papeles del PP, etc...
#21 No hay nada extraño si tienes en cuenta todos los factores.

Para empezar, el TS es un tribunal más especializado, con más recursos y menos carga de trabajo que un tribunal ordinario, las cosas salen antes. Por eso había quien recomendaba a Ábalos renunciar a su acta para que en vez del TS lo juzgue la AN y tarde una década.

También hay que tener en cuenta la complejidad del caso, un caso de corrupción con folios que llenan cientos de archivadores, complejo lenguaje técnico, miles de…   » ver todo el comentario
Lo de siempre en este puto país. O son unos inútiles o unos corruptos, ninguna de las dos cosas habla bien de ellos .
#4 O son unos inútiles o unos corruptos

Ambas cosas no son incompatibles entre sí.
#5 Pues sí, es verdad. Hay una tercera opción, que sean unos corruptos y además unos inútiles.
Artículo 417.1 Codigo penal — Revelación de secretos por autoridad o funcionario

“La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, y, en su caso, con la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.”

Pues alguien no tiene ni puta idea del codigo penal, y no solo el ex Fiscal General


@admin ¿vamos a seguir mucho con la matraca esta con 300 noticias sesgadas al día?. lo digo porque esto empieza a apestar a fascismo o linea ideológica que echa para atrás.
#7 eso! Llama al admin! y si no al Supremo!
Estos pesaos! Dejad de dar la turra y leed la sentencia! :troll:
#7 Mira el punto 2 de esa misma ley, la parte que dice que si la información fuera de un particular, como es el caso, conlleva penas de cárcel: ¿por qué no se lo han aplicado, cuando sería lo suyo?

Además, incluso en el punto 1, el que has expuesto, hay una parte crucial: "…y que no deban ser divulgados,…" ¿Es motivo de divulgación que la parte afectada haya acusado a la fiscalía de un delito, y que la fiscalía use esos mismos, que ya eran conocidos y publicados, para defenderse?…   » ver todo el comentario
#52 Indefensión de qué, si el juicio ya fue.
 3000 personas, mínimo 3000 personas tenían acceso.
#7 Spoiler: el tribunal tiene que decir como justifica que aplica ese artículo habiendo 600 personas con acceso a la misma información y con 6 testigos de descargo, y no lo ha hecho.

Seguid llorando por las esquinas que se saque la verdad al aire y quede en evidencia el golpismo judicial que estáis intentando tapar. Con suerte esta panda de golpistas acabarán todos en el talego pronto porque son tan idiotas que no saben ni disimular

De nada
#36 Pues vaya, no lo parece en absoluto. En realidad parece es que está rabioso y ladres y muerdas contra todo, jaja.
#38 lo importante es lo que tú imagines sobre gente de internet :-*
#39 O sea, que, según tú mismo no eres más que un constructo imaginario, o lo que comúnmente se conoce como "troll" :hug:
#48 Que sí, que ofreces una conversación super interesante y constructiva y para nada eres tú el que intenta aportar gilipollez e insulto.

Enga, adiós.
#38 dale cancha, pobrecito. Tiene que ser difícil justificar lo injustificable.
No sé si conocéis Maite, la IA jurídica. Le he pasado la entradilla de la noticia y concluye esto:

En mi opinión, la afirmación es acertada y se alinea con los principios constitucionales y la doctrina jurisprudencial. La anticipación del fallo sin una fundamentación jurídica completa y previa no es una simple irregularidad, sino un vicio estructural que ataca el núcleo del deber de motivar, compromete la imparcialidad objetiva del tribunal y genera indefensión. Por tanto, la solución más garantista y coherente con nuestro ordenamiento jurídico es la nulidad de lo actuado y la celebración de un nuevo juicio ante un tribunal distinto.
#94 Pregúntale por esos principios y doctrina concretos. A ver qué dice.
El tribunal supremo es la reina de corazones de este país nuestro.
"Primero la sentencia, el veredicto después!!!"
Bueno.. eso daría pie a que otras cosas, también pudiera hacerse ... abriendo un melón que sería una autentica pasada....
Es una Utopía pero alguien algún día debería de investigar los patrimonios y cuentas bancarias de ciertos jueces que ya todos conocemos de sobra.
JAJAJAJAJAJAJAJA PERO SI LO HACEN TODOS LOS TRIBUNALES CONTINUAMENTE. Recientemente el del caso Cerdán en su recurso de amparo al Constitucional.

Vaya basura de periodismo, con ejemplos de hace días en toda la cresta.

Y la izquierda en este país, en masa con el pensamiento más conspiranoico y terraplanista posible cuando no les dan la razón.

Yo me estoy partiendo el culo con esto. Al nivel de los delirios del Institut Nova Història.

Seguid, seguid. :popcorn:
El otro día un ex juez del tribunal supremo ya dijo que debían recusar ya que no era normal que los mismos jueces que aceptaron el procedimiento fueran a la vez los que lo juzgan.
#91 están en manos de la red criminal del pp, no hay más. Actúan basándose en criterios políticos y el criterio es tumbar el gobierno para volver y perpetuarse en un estado corrupto y criminal, que era lo que querían pero el payaso de Rajoy no daba ni para cartel de la gurtel
a ver si es este como el unico dentista que no recomienda colgate, eh, que todo puede ser
No soy jurista pero me da la sensación que la sentencia estaba dictada antes de iniciar el juicio , pero había que hacerlo como si en el las cosas pudieran decidirse.
Al final el chorizo defraudador que se ha comprado el ático por los servicios prestados gracias al trabajo de demandar y ellos poder enmiendar al fiscal con el brazo corrupto del pp se librara de la condena y todo. La red criminal del PP en estado puro.
Eso solo pasa cuando la condena ya estaba escrita.

Es como si a un examen vas a dar solo el resultado sin la justificación, te suspenden, no es válido porqué se supone que ya vienes con los resultados de casa.

Si España no existiera, se tendría que inventar.
#12 Desde luego q es lo q parece.
AL final se librará por algún defecto de forma o algún decretazo de Pumpido o cualquier otra mierda. La justicia es igual para todos... pero unos son más iguales que otros (en este caso el PSOE pero el PP y otros igual). La Casta (incluidos los de Podemos que se han acoplado rápido) :wall:
Si lo juzga otro tribunal, q no sean jueces españoles, please!
Leyendo el 'artículo' parece que el 'jurista' no tiene ni puta idea de como funciona un tribunal colegiado, ni se ha leído el tipo penal por el que se condena, vaya nivel.
#26 Y tú si la tienes claro. Ya se nota xD
#34 A mí me da para no cagarme encima y buscar el texto del artículo del CP para leer lo que dice en Google.

Con eso parece que gano a muchos sí.
Desde mi ignorancia no sé si es habitual adelantar el fallo y los votos particulares antes de tener redactada la sentencia. Algunos dicen que sí y otros dicen que no.

El único argumento que he escuchado a favor de adelantarlo es que era preferible comunicar el resultado de forma oficial en lugar de que se filtre y lo cuente una radio o un digital. Pero creo que se habría armado el mismo follón.

Sobre el fondo no me pronuncio hasta que lea los argumentos y los votos particulares.
#6 Si se hubiera filtrado habría que imputar a alguien del supremo, no?
#41 Desconozco si una sentencia se considera "secreto" o "dato reservado" hasta que no se hace pública o se comunica a las partes.
Ya manifesté mi ignorancia. Yo aquí vengo a aprender y lo que sé de Derecho lo he aprendido en Menéame, lo cual no dice mucho en mi favor.
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